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Dónde trabajamos

El Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las Víctimas de la Tortura proporciona financiación de emergencia a fin de suministrar asistencia a las víctimas de la tortura en circunstancias excepcionales.

Quién puede solicitar una subvención

Por regla general, sólo se admiten a trámite en circunstancias excepcionales las solicitudes formuladas por entidades de la sociedad civil que se ocupan directamente de los supervivientes de la tortura, con el fin de prestarles asistencia jurídica, médica, psicológica, social o humanitaria.

No se admiten a trámite las solicitudes formuladas por entidades gubernamentales, parlamentarias o administrativas, como tampoco las presentadas por partidos políticos o movimientos de liberación nacional.

Cuándo debe presentarse la solicitud

Las solicitudes de subvenciones de emergencia pueden presentarse en cualquier momento del año, siempre que cumplan con los criterios enunciados más adelante.

Llamamientos especiales

El Fondo también puede emitir llamamientos especiales para solicitudes de subvenciones de emergencia a fin de responder a un aumento súbito de las necesidades de las víctimas en una crisis específica y durante un periodo determinado. Entre otros ejemplos de esos llamamientos especiales cabe citar los formulados durante la pandemia de COVID-19 (2020), la crisis de los regugiados rohingya (2018), la guerra civil de Siria (2015), la crisis de Malí (2013) y el periodo posterior a la Primavera Árabe (2012).

Importe y duración

El Fondo otorga subvenciones de emergencia por un importe máximo de 100.000 dólares y por una duración máxima de 12 meses (sin posibilidad de prórroga ni renovación).

Idiomas

Las solicitudes pueden presentarse en English | Français | Español. 

Criterios para otorgar subvenciones de emergencia

El Fondo considera que una solicitud de ayuda de emergencia es elegible únicamente si responde a los siguientes criterios:

  • Un cambio súbito de circunstancias que ha causado
  • un aumento extraordinario (y súbito) de las necesidades de asistencia de los supervivientes de la tortura, lo que exige
  • una respuesta inmediata.

La concesión de subsidios de emergencia responde, por ejemplo, a situaciones como éstas:

Una crisis de derechos humanos:

  • revuelta o sublevación política
  • juicio histórico (en el que los supervivientes pudieran necesitar asistencia adicional)
  • cambios negativos en las políticas o las condiciones de los centros de reclusión

Una crisis humanitaria:

  • conflicto armado
  • llegada súbita de refugiados, solicitantes de asilo, desplazados internos o migrantes

Situación individual:

  • necesidad urgente de asistencia para los supervivientes de la tortura (la solicitud debe ser presentada por una organización en nombre de la víctima y con su consentimiento).

Las subvenciones de emergencia no responden, por ejemplo, a las situaciones siguientes:

  • esquemas de tortura sistémica existentes
  • dificultades financieras de la organización solicitante

Cómo formular la solicitud

Las organizaciones interesadas en solicitar una subvención de emergencia deben ponerse en contacto con la Secretaría del Fondo y proporcionar respuestas escuetas a las preguntas relativas a la evaluación preliminar de elegibilidad (English | Français | Español)

Tras la evaluación preliminar de elegibilidad para una subvención de emergencia, la Secretaría del Fondo puede invitar a la organización a que presente una solicitud de emergencia completa. A la organización que recibe la invitación se le exige que se inscriba y presente una solicitud íntegra por conducto del Sistema de gestión de subvenciones en línea GMS del ACNUDH. Sírvase informar de su inscripción a la Secretaría del Fondo* por correo electrónico.

*Secretaría: ester.hermosilla@un.org and philippe.liondjo@un.org

Documentos de referencia

Para información más detallada sobre cómo solicitar una subvención de emergencia, las organizaciones interesadas pueden consultar las siguientes publicaciones: