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Los casos de desaparición pueden presentarse al WGEID a través de los familiares de los propios desaparecidos o de organizaciones que actúen en su nombre (con el consentimiento previo de los familiares). Quienquiera que presente el caso al Grupo debe estar en condiciones de mantener la comunicación con este y de responder con rapidez a las solicitudes de información o de aclaraciones.

El Grupo de trabajo examina y transmite los casos individuales

Con arreglo a su procedimiento de urgencia, el WGEID transmite todos los casos ocurridos en los tres meses que preceden al informe al Ministerio de Asuntos Exteriores del país interesado (en el plazo de uno o dos días), por conducto del Representante Permanente ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra.

Cuando se trata de casos de más de tres meses de antigüedad (los más frecuentes), el Grupo de trabajo puede autorizar la transmisión al gobierno interesado, pedirle que lleve a cabo una investigación y que le comunique los resultados.

El WGEID acepta casos de cualquier país del mundo. Además, no es necesario agotar los recursos internos antes de presentar el caso al Grupo de trabajo. Por último, la presión internacional puede ser un factor decisivo para solucionar un caso de desaparición o de represalia contra quienes se ocupan de él.

Confidencialidad y protección ante las represalias

El WGEID mantiene siempre la confidencialidad de sus fuentes y los nombres de las personas involucradas no se dan a conocer, a fin de garantizar su protección. En caso de represalias, el Grupo de trabajo puede enviar de inmediato una carta de intervención al gobierno interesado. Pero es importante que las fuentes comprendan que el WGEID no puede proporcionarles medidas de protección física.

La función de las ONG

Las organizaciones de la sociedad civil desempeñan una función decisiva en el buen funcionamiento del mandato del Grupo de trabajo. Estas entidades pueden sensibilizar a la población acerca del WGEID y de sus diversos procedimientos. Las ONG suelen ayudar a los familiares de las personas desaparecidas en la presentación del caso al WGEID y en el seguimiento y las actualizaciones posteriores. También pueden transmitir al Grupo de trabajo denuncias de carácter general relativas a la vulneración de las cláusulas de la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. De igual modo, las ONG son interlocutoras fundamentales durante las visitas al país, ya que coordinan las reuniones del WGEID con los familiares de las víctimas.

Cómo notificar al WGEID de una desaparición

La información que se envía al WGEID debe presentarse por escrito (de preferencia a través del correo electrónico u ordinario), usando el formulario que figura a continuación. Las comunicaciones pueden redactarse en English, Español y Français.

Formulario para presentar una comunicación relativa a una víctima de desaparición forzada:
English | Français | Español | русский | Ukrainian Українська (Word)

Sírvase notar que cuando se presenta información relativa a un caso de desaparición forzada, es preciso aportar siempre los datos siguientes:

  1. nombre y apellidos de la víctima;
  2. día, mes y año de la desaparición;
  3. lugar de la desaparición;
  4. Estado o autoridades paraestatales a las que se considera responsables;
  5. información acerca de cualquier búsqueda que se haya realizado, y
  6. identidad de la persona que presenta la comunicación.

Correo electrónico: hrc-wg-eid@un.org
Fax: +41 22 917 9006 (sírvase indicar: “A la atención del WGEID”).
Correo ordinario: Grupo de trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias (WGEID)
Oficina del ACNUDH
Palacio de las Naciones,
8-14 Avenue de la Paix
CH-1211 Geneva 10, Switzerland

La mayoría de los casos y las respuestas se examinan en el periodo de sesiones que sigue a la recepción del envío, siempre que la comunicación llegue con la suficiente antelación (al menos un mes antes del comienzo).

Cualquier caso puede permanecer bajo examen en el WGEID hasta su resolución (lo que puede abarcar un periodo de varios años).

Casos equivalentes a desaparición forzada atribuidos a agentes no estatales

Desde hace varios años, el Grupo de Trabajo recibe información sobre casos cada vez más frecuentes de secuestros llevados a cabo por agentes no estatales, que pueden equivaler a actos de desaparición forzada. A la luz de su mandato humanitario y del hecho de que las víctimas de estos actos no disponen de ningún recurso para hacer frente a su difícil situación, desde 2019 el Grupo de Trabajo también documenta casos equivalentes a desapariciones forzadas o involuntarias presuntamente perpetrados por agentes no estatales que ejercen un control efectivo y/o funciones similares a las del gobierno sobre un territorio.

Al aplicar esta práctica, el Grupo de Trabajo subraya que los casos transmitidos a agentes no estatales no implican en modo alguno la expresión de opinión alguna sobre la condición jurídica de ningún territorio, ciudad o zona, ni de sus autoridades.

Formulario para presentar una comunicación sobre una víctima de un acto equivalente a una desaparición forzada: English | Français | Español (Word)

Los casos recibidos en este contexto no se contabilizarán en las estadísticas del Estado en cuestión. Sin embargo, se incluirá una mención a estos casos en los informes intersesionales y anuales del Grupo de Trabajo, sin revelar datos relativos a la identidad de la persona desaparecida.

Los casos transmitidos a agentes no estatales no implican en modo alguno la expresión de opinión alguna sobre la condición jurídica de ningún territorio, ciudad o zona, ni de sus autoridades.