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Los titulares de mandatos realizan visitas a países para evaluar la situación de derechos humanos a nivel nacional: a petición de un titular de mandato, el Gobierno enviará una invitación para realizar una misión de estudio. Algunos países han cursado invitaciones permanentes, lo que significa que están, en principio, preparados para recibir una visita de cualquier titular de mandato temático.

Durante estas misiones, los expertos evalúan la situación general de los derechos humanos en un país concreto, así como la situación específica institucional, legal, judicial, administrativa y de hecho en virtud de sus mandatos respectivos. Los Relatores se reunirán con autoridades nacionales y locales, incluyendo con miembros del poder judicial y del parlamento; miembros de la institución nacional sobre derechos humanos, si procediera; con organizaciones no gubernamentales, con organizaciones de la sociedad civil y con víctimas de violaciones de derechos humanos; con las Naciones Unidas y otras agencias intergubernamentales; y con la prensa cuando diera una conferencia de prensa al final de su misión.

Las conclusiones y recomendaciones de las visitas a los países por parte de procedimientos especiales se publican en informes de misión dirigidos al Consejo de Derechos Humanos (Toda la información de procedimientos especiales relativa a países se puede encontrar también en el Índice Universal de los Derechos Humanos.

Términos de referencia para las visitas a países de los procedimientos especiales

Las Atribuciones para visitas a países por parte de titulares de mandatos cuando visiten Estados y territorios, aprobadas por procedimientos especiales en 1998 y actualizadas en 2016, tienen el objetivo de guiar a los Gobiernos en la realización de la visita. Estas Atribuciones reflejan la necesidad de libertad de movimiento, libertad para investigar, para contactar con autoridades centrales y locales de todas las ramas de Gobierno, para realizar contactos confidenciales y sin supervisión con la sociedad civil, incluyendo con organizaciones no gubernamentales, instituciones privadas, medios de comunicación, testigos y otros particulares, además de pleno acceso a todos los lugares de detención e interrogación tal como se considere necesario para el cumplimiento del mandato en cuestión, garantías por parte del Gobierno de que ninguna persona que establezca contacto con los titulares de mandato sufrirá amenazas, acoso o castigo por ello además de disposiciones de seguridad adecuadas sin restringir la libertad de movimiento e investigación mencionada más arriba.

El mandato completo está disponible en este enlace.