Estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños
En octubre de 2006, el Experto Independiente para el Estudio del Secretario General sobre la Violencia contra los Niños, Paulo Sergio Pinheiro de Brasil, presentó su informe final a la Asamblea General de la ONU. El Estudio analiza la violencia contra los niños en cinco entornos: el hogar y la familia; las escuelas y los entornos educativos; las instituciones de atención y justicia; el lugar de trabajo; y la comunidad. El Estudio contiene 12 recomendaciones generales y una serie de recomendaciones específicas para cada entorno que representan un marco global para la acción de seguimiento.
El proceso del Estudio también dio lugar a un Informe Mundial sobre la Violencia contra los Niños más detallado.
El 19 de octubre de 2007, el Experto Independiente presentó su informe sobre el progreso sobre la aplicación de las recomendaciones del Estudio a la Asamblea General.
La resolución de la Asamblea General A/RES/62/141 estableció el puesto de Representante Especial del Secretario General sobre la violencia contra los niños. La resolución alienta a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH), al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), a la Organización Mundial de la Salud (OMS) y a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a cooperar.
El estudio se guió por la Convención sobre los Derechos del Niño que hace hincapié en los derechos de los niños a la integridad física y personal, y señala las obligaciones de los Estados Partes de protegerlos de "todas las formas de violencia física o mental", incluidas la explotación sexual y otras formas de explotación, el secuestro, los conflictos armados y los tratos o castigos inhumanos o degradantes. También obliga al Estado a promulgar medidas preventivas y a garantizar que todos los niños víctimas de la violencia reciban el apoyo y la asistencia que necesitan.
La Asamblea General de la ONU solicitó el estudio en 2001 por recomendación de la Comité de los Derechos del Niño. Al supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Comité celebró dos días de debate general sobre la cuestión de la violencia contra los niños en la familia y en la escuela (2001) y la violencia estatal contra los niños (2000). La solicitud de un estudio internacional sobre la cuestión de la violencia contra los niños fue el resultado de estos días de debate.
El proceso de estudio fue apoyado conjuntamente por el ACNUDH, el UNICEF y la OMS.
Documentos de referencia
- Documento conceptual
- Carta de solicitud del CRC
- Resolución de la Asamblea General
- Resolución de la Comisión de Derechos Humanos
Informes
- Informe de situación (CDH) 2004 E/CN.4/2004/68
- Informe de situación (CHR) 2005 E/CN.4/2005/75
- Nota de la Secretaría (CDH) 2006 E/CN.4/2006/63
- Nota de la Secretaría (CDH) 2007 A/HRC/4/70
- Informe de situación (AG) 2005 A/60/282
- Nota de la secretaría (GA) 2008 A/63/203
- Seguimiento del estudio
Medios de comunicación
- Declaración ante la CDH (60º período de sesiones)
- Declaración ante la AG (60ª sesión)
- Conferencia de prensa (60ª sesión de la AG)
- Declaración ante la AG (61ª sesión)
- Declaración ante la AG (62ª sesión)
- Declaración del Alto Comisionado Adjunto para los Derechos Humanos sobre el estudio del Secretario General sobre la violencia contra los niños
Respuestas de los gobiernos
Respuestas oficiales recibidas de los Estados Miembros y de los Estados, entidades y organizaciones con estatus de observador permanente de la ONU:
- Albania
- Argelia
- Andorra
- Angola
- Argentina
- Armenia
- Australia
- Austria
- Azerbaiyán
- Bahrein
- Bangladesh
- Belarús
- Bélgica
- Belice
- Benín
- Bolivia
- Bosnia y Herzegovina
- Brasil
- Bulgaria
- Burkina Faso
- Burundi
- Canadá (en francés)
- Canadá (en inglés)
- República Centroafricana
- Chad
- Chile
- China
- Colombia
- Comoros
- Congo
- Costa Rica
- Croacia
- Chipre
- República Checa
- República Democrática del Congo
- Dinamarca
- Dominica
- República Dominicana
- Egipto
- El Salvador
- Estonia
- Etiopía
- Fiji
- Finlandia
- Gambia
- Georgia
- Alemania
- Ghana
- Grenada
- Guatemala
- Guinea-Bissau
- Guinea
- Guyana
- Haiti
- Hungría
- Islandia
- India
- Indonesia
- Italia
- Jamaica
- Japón
- Jordania
- Kazajstán
- Kenya
- Kuwait
- Kirguistán
- Letonia
- Liechtenstein
- Lituania
- Luxemburgo
- Madagascar
- Malawi
- Malasia
- Mauritania
- Mauricio
- México
- Mónaco
- Mongolia
- Montenegro
- Marruecos
- Nepal
- Países Bajos
- Nueva Zelanda
- Nicaragua
- Níger
- Nigeria
- Noruega
- Territorio Palestino Ocupado
- Panamá
- Papúa Nueva Guinea
- Paraguay
- Perú
- Filipinas
- Portugal
- Qatar
- República de Corea
- República de Moldavia
- Rumanía
- Federación de Rusia
- Rwanda
- Santa Lucía
- Samoa
- Serbia
- Seychelles
- Sierra Leona
- Singapur
- Eslovaquia
- Eslovenia
- Sudáfrica
- España
- Sri Lanka
- Swazilandia
- Suecia
- Suiza
- República Árabe Siria
- Tayikistán
- Tailandia
- Timor-Leste
- Togo
- Tonga
- Turquía
- Uganda
- Ucrania
- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
- República Unida de Tanzania
- Estados Unidos de América
- Uruguay
- Uzbekistán
- Vanuatu
- Viet Nam
- Yemen
- Camerún
- Eritrea
- Honduras
- Líbano
- Malí
- Mozambique
- Polonia
- Suriname
- Venezuela