Skip to main content

En la Reunión de los Estados Partes se pueden celebrar elecciones para sustituir a los miembros al final de su mandato, o para elegir nuevos miembros por dimisión o fallecimiento. Cada Estado parte puede proponer a una persona de entre sus nacionales para que se presente a las elecciones de la Reunión de los Estados partes. Los miembros son elegidos por un período de cuatro años y pueden ser reelegidos una vez.

Los Estados Partes votan en secreto a partir de una lista de candidatos, teniendo en cuenta la distribución geográfica, la experiencia jurídica pertinente y la representación de género de los candidatos.

Más información sobre elecciones a los Órganos de Tratados.