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Normas y directrices jurídicas

Principios rectores para la búsqueda de personas desaparecidas

Publicado

28 agosto 2019

Símbolo ONU

CED/C/7

Enfoque

Desapariciones forzadas e involuntarias

Publicado el 8 de mayo de 2019, reeditado el 28 de agosto de 2019

Antecedentes

Los principios rectores de la búsqueda de personas desaparecidas se basan en la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y otros instrumentos internacionales pertinentes. También tienen en cuenta la experiencia de otros organismos internacionales y de diversos países del mundo. Identifican mecanismos, procedimientos y métodos para llevar a cabo el deber legal de buscar a las personas desaparecidas.

Estos principios rectores pretenden consolidar las buenas prácticas en la búsqueda efectiva de personas desaparecidas, derivadas de la obligación de búsqueda de los Estados. Se han desarrollado sobre la base de la experiencia acumulada por el Comité durante sus primeros ocho años, en particular en sus observaciones finales (artículo 29) y acciones urgentes (artículo 30). Los principios rectores se elaboraron en diálogo y amplia consulta con numerosas organizaciones de víctimas, la sociedad civil, expertos, organizaciones intergubernamentales y Estados.

Resumen

Principios rectores para la búsqueda de personas desaparecidas

  1. La búsqueda de una persona desaparecida debe realizarse bajo la presunción de que está viva;
  2. La búsqueda debe respetar la dignidad humana;
  3. La búsqueda debe regirse por una política pública;
  4. La búsqueda debe seguir un enfoque diferencial;
  5. La búsqueda debe respetar el derecho a la participación;
  6. La búsqueda debe comenzar sin demora;
  7. La búsqueda es una obligación continua;
  8. La búsqueda debe realizarse sobre la base de una estrategia global;
  9. La búsqueda debe tener en cuenta la especial vulnerabilidad de los inmigrantes;
  10. La búsqueda debe organizarse eficazmente;
  11. La búsqueda debe utilizar la información de forma adecuada;
  12. La búsqueda debe ser coordinada;
  13. El registro y la investigación penal deben estar interrelacionados;
  14. La búsqueda debe llevarse a cabo de forma segura;
  15. La búsqueda debe ser independiente e imparcial;
  16. La búsqueda debe regirse por protocolos públicos.