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El Comité de Derechos Humanos está integrado por 18 expertos independientes quienes son personas de alta autoridad moral y reconocida versación en materia de derechos humanos.

Los miembros son elegidos por un período de cuatro años por los Estados Partes de conformidad con los artículos 28 a 39 del Pacto. Los miembros sirven en su capacidad personal y pueden ser reelectos si son nominados. Se celebran elecciones periódicas programadas para sustituir a los miembros del Comité cuando sus mandatos expiran.

Las elecciones parciales se celebran en reuniones extraordinarias de los Estados Partes para cubrir una vacante imprevista ocasionada por la renuncia o fallecimiento de un miembro del Comité de Derechos Humanos. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos es único entre los tratados internacionales de derechos humanos por disponer la celebración de elecciones para cubrir vacantes imprevistas.

Miembros actuales

Nombre del miembroPaísEl plazo expira el 31 de diciembre
Sra. Tania María
ABDO ROCHOLL
(Presidenta)
Paraguay2024
Sr. Farid AHMADOV
(Renunció)
Azerbaiyán2026
Sra. Wafaa Ashraf Moharram BASSIMEgipto2024
Sr. Rodrigo A. CARAZOCosta Rica2026
Sra. Yvonne DONDERSPaíses Bajos2026
Sr. Mahjoub EL HAIBAMarruecos2024
Sr. Laurence R. HELFEREstados Unidos de América2026
Sr. Carlos GÓMEZ MARTÍNEZEspaña2024
Sr. Bacre Waly NDIAYESenegal2026
Sra. Marcia V.J. KRANCanadá2024
Sr. Hernán QUEZADA CABRERAChile2026
Sr. José Manuel SANTOS PAIS
(Vicepresidente)
Portugal2024
Sr. Changrok SOH
(Vicepresidente)
República de Corea2024
Sra. Tijana ŠURLAN
(Relatora)
Serbia2026
Sra. Kobauyah TCHAMDJA KPATCHA
(Vicepresidente)
Togo2024
Sr. Koji TERAYAJapón2026
Sra. Hélène TIGROUDJAFrancia2026
Sr. Imeru Tamerat YIGEZUEthiopia2024

Mesa del Comité

Los miembros eligen a la Mesa del Comité por un mandato de dos años. La mesa está compuesta por:

  • el Presidente del Comité, con la responsabilidad general de dirigir la labor del Comité;
  • tres Vicepresidentes;
  • el Relator, que prepara el informe anual del Comité para la Asamblea General.

Además, el Comité nombra a los siguientes relatores especiales para desempeñar funciones específicas:

  • El Relator Especial sobre nuevas comunicaciones, entre cuyas funciones figuran el registro de las denuncias nuevas presentadas con arreglo al Protocolo Facultativo y cuestiones preliminares tales como las solicitudes de medidas provisionales de protección que pueden ser necesarias para evitar daños irreparables en los casos presentados al Comité;
  • El Relator Especial y el Relator Especial Adjunto para el seguimiento de los dictámenes, que supervisa la aplicación de las decisiones del Comité sobre el fundamento de los casos individuales;
  • El Relator Especial y el Relator Especial Adjunto para el seguimiento de las observaciones finales, que se encarga del procedimiento de seguimiento del Comité con respecto a los informes individuales del Estado Parte examinados por el Comité; y
  • El Relator sobre las represalias, que recibe y evalúa denuncias de actos de intimidación y represalias.

Asimismo, hay funcionarios que actúan de enlace con otros Comités y mecanismos regionales de derechos humanos. Consulte la lista completa en el informe anual más reciente.