Combatir la intolerancia contra las personas por motivos de religión o creencias
ACNUDH y las minorías
Desde marzo de 2011, la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos han adoptado resoluciones sobre la lucha contra la intolerancia, los estereotipos negativos, la estigmatización, la discriminación, la incitación a la violencia y la violencia contra las personas, basadas en la religión o las creencias. En la resolución 75/187 del 16 de diciembre de 2020, la Asamblea General:
- Exhorta a todos los Estados a que adopten las siguientes medidas, como pide el Secretario General de la Organización de Cooperación Islámica, para fomentar un entorno nacional de tolerancia religiosa, paz y respeto:
- Fomentar la creación de redes de colaboración para construir un entendimiento mutuo, promoviendo el diálogo e inspirando una acción constructiva hacia objetivos políticos compartidos y la búsqueda de resultados tangibles, como la prestación de servicios a proyectos en los ámbitos de la educación, la salud, la prevención de conflictos, el empleo, la integración y la educación en medios de comunicación;
- Crear un mecanismo adecuado dentro de los gobiernos para, entre otras cosas, identificar y abordar posibles áreas de tensión entre miembros de diferentes comunidades religiosas y ayudar a la prevención de conflictos y a la mediación;
- Fomentar la formación de los funcionarios públicos en estrategias eficaces de divulgación;
- Fomentar los esfuerzos de los líderes para debatir en sus comunidades las causas de la discriminación y desarrollar estrategias para contrarrestarlas;
- Hablar contra la intolerancia, incluida la apología del odio religioso que constituye una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia;
- Adopción de medidas para penalizar la incitación a la violencia inminente basada en la religión o las creencias;
- Comprender la necesidad de luchar contra la denigración y los estereotipos religiosos negativos de las personas, así como contra la incitación al odio religioso, elaborando estrategias y armonizando las acciones a nivel local, nacional, regional e internacional mediante, entre otras cosas, la educación y la sensibilización;
- Reconociendo que el debate de ideas abierto, constructivo y respetuoso, así como el diálogo interreligioso, interconfesional e intercultural, a nivel local, nacional, regional e internacional, pueden desempeñar un papel positivo en la lucha contra el odio religioso, la incitación y la violencia;
- También pide a todos los Estados:
- Adoptar medidas eficaces para garantizar que los funcionarios públicos, en el ejercicio de sus funciones, no discriminen a las personas por motivos de religión o creencias;
- Fomentar la libertad religiosa y el pluralismo promoviendo la capacidad de los miembros de todas las comunidades religiosas para manifestar su religión y contribuir abiertamente y en igualdad de condiciones a la sociedad;
- Fomentar la representación y la participación significativa de las personas, independientemente de su religión o creencias, en todos los sectores de la sociedad;
- Hacer un gran esfuerzo para contrarrestar la elaboración de perfiles religiosos, que se entiende como el uso injusto de la religión como criterio en la realización de interrogatorios, registros y otros procedimientos de investigación de las fuerzas del orden;
- Pide además a todos los Estados que adopten medidas y políticas para promover el pleno respeto y la protección de los lugares de culto y los sitios religiosos, los cementerios y los santuarios, y que adopten medidas de protección en los casos en que sean vulnerables al vandalismo o la destrucción;
- Pide que se intensifiquen los esfuerzos internacionales para fomentar un diálogo global para la promoción de una cultura de tolerancia y paz a todos los niveles, basada en el respeto de los derechos humanos y la diversidad de religiones y creencias.
El Secretario General ha presentado informes anuales a la Asamblea General que incluyen información proporcionada por la Alta Comisionada sobre las medidas adoptadas por los Estados para combatir la intolerancia, los estereotipos negativos, la estigmatización, la discriminación, la incitación a la violencia y la violencia contra las personas, por motivos de religión o de creencias. Además, la Alta Comisionada para los Derechos Humanos ha preparado y presentado al Consejo de Derechos Humanos informes de seguimiento exhaustivos con conclusiones elaboradas sobre la base de la información proporcionada por los Estados sobre los esfuerzos y las medidas adoptadas para la aplicación del plan de acción descrito anteriormente, y opiniones sobre posibles medidas de seguimiento para seguir mejorando la aplicación de dicho plan.
Informe publicado en | Símbolo | Por mandato de |
enero de 2021 | A/HRC/46/67 | Resolución del Consejo de Derechos Humanos 43/34 de 22 de junio de 2020 |
septiembre de 2020 | A/75/369 | Resolución de la Asamblea General 74/164 de 18 de diciembre de 2019 |
febrero de 2020 | A/HRC/43/72 | Resolución del Consejo de Derechos Humanos 40/25 de 22 de marzo de 2019 |
julio de 2019 | A/74/229 | Resolución de la Asamblea General 73/164 de 17 de diciembre de 2018 |
enero de 2019 | A/HRC/40/44 | Resolución del Consejo de Derechos Humanos 37/38 de 23 de marzo de 2018 |
julio de 2018 | A/73/153 | Resolución de la Asamblea General 72/176 de 19 de diciembre de 2017 |
enero de 2018 | A/HRC/37/44 | Resolución del Consejo de Derechos Humanos 34/32 de 24 de marzo de 2017 |
septiembre de 2017 | A/72/381 | Resolución de la Asamblea General 71/195 de 19 de diciembre de 2016 |
marzo de 2017 | A/HRC/34/35 | Resolución del Consejo de Derechos Humanos 31/26 de 24 de marzo de 2016 and resolution 28/29 de 27 de marzo de 2015 |
agosto de 2016 | A/71/369 | Resolución de la Asamblea General 70/157 de 17 de diciembre de 2015 |
octubre de 2015 | A/70/415 | Resolución de la Asamblea General 69/174 de 18 de diciembre de 2014 |
enero de 2015 | A/HRC/28/47 | Resolución del Consejo de Derechos Humanos 25/34 de 28 de marzo de 2014 |
agosto de 2014 | A/69/336 | Resolución de la Asamblea General 68/169 de 18 de diciembre de 2013 |
abril de 2014 | A/HRC/25/34 | Resolución del Consejo de Derechos Humanos 22/31 de 22 de marzo de 2013 |
octubre de 2013 | A/68/546 | Resolución de la Asamblea General 67/178 de 20 de diciembre de 2012 |
Resolución del Consejo de Derechos Humanos 19/25 de 23 de marzo de 2012 | ||
agosto de 2012 | A/67/296 | Resolución de la Asamblea General 66/167 de 19 de diciembre de 2011 |
Resolución del Consejo de Derechos Humanos 16/18 de 24 de marzo de 2011 |
De acuerdo con la resolución del Consejo de Derechos Humanos 46/27, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos envió notas verbales a todas las misiones permanentes en Ginebra y Nueva York el 23 de julio de 2021 (también en Français y Español), invitándoles a enviar sus contribuciones al próximo informe del Secretario General antes del 23 de septiembre de 2021. Un convocatoria de aportaciones, incluyendo las opiniones sobre posibles medidas de seguimiento, también se distribuyó a las instituciones nacionales de derechos humanos y a las organizaciones de la sociedad civil.