Fortalecimiento de los órganos de tratados
Órganos de los Tratados
Los órganos de tratados constituyen un pilar fundamental del sistema internacional de protección de los derechos humanos. El sistema de órganos de tratados ha crecido considerablemente desde la creación del primer órgano de tratados en 1969 y ha duplicado su tamaño en la última década. Este crecimiento ha mejorado enormemente la protección de los derechos humanos.
Sin embargo, el crecimiento del sistema del órgano de tratados no está exento de desafíos. Algunos de estos retos son:
- Una creciente acumulación de informes estatales, comunicaciones individuales y acciones urgentes (este volumen ha aumentado un 80% en los últimos dos años);
- Cumplimiento insuficiente por parte de los Estados parte de sus obligaciones de información (más del 80% de los Estados no cumplen);
- Métodos de trabajo divergentes entre los órganos de los tratados.
Resultados
Desde la adopción de la resolución 68/268 y el trabajo de fortalecimiento que la siguió, el sistema de órganos de tratados ha visto un compromiso creciente por parte de los Estados. Las ratificaciones de tratados y sus protocolos facultativos han aumentado de forma constante en una media del 6,5% en los últimos cinco años, mientras que los informes de los Estados han pasado de un índice de presentación del 13% al 19%.
Gracias a los esfuerzos de los órganos de los tratados, se ha avanzado mucho en la ampliación del procedimiento simplificado de presentación de informes y en la coordinación entre los órganos de los tratados. Su visión compartida ya está dando resultados concretos en términos de accesibilidad y previsibilidad.
En 2022, los principales logros de los órganos de tratados fueron desde el acuerdo de los Presidentes sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados hasta la adopción de 133 observaciones finales y 285 dictámenes sobre comunicaciones individuales.
Debates en curso sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados
A los efectos de abordar las cuestiones difíciles, es fundamental reforzar los contactos horizontales entre los órganos de los tratados y actualizar y armonizar constantemente sus métodos de trabajo. Ello facilitará la obtención de resultados concretos y coherentes y, a la larga, aumentará el impacto combinado del sistema.
Los órganos de tratados han trabajado recientemente en un proceso de coordinación, que concluyó en 2020 con un informe y recomendaciones. Ver página del informe.
Informes del Secretario General de la ONU sobre la situación del sistema de órganos de tratados de derechos humanos
- Quinto informe bienal del Secretario General
- Cuarto informe bienal del Secretario General
- Tercer informe bienal del Secretario General
- Segundo informe bienal del Secretario General
- Primer informe bienal del Secretario General
Resolución 68/268 comprende dos mecanismos de revisión:
- Informe bienal del Secretario General de la ONU sobre el estado del sistema de órganos de tratados;
- Una revisión general de la eficacia de las medidas adoptadas en virtud de la resolución 68/268 a más tardar en 2020.
Resolución 73/162 adoptada el 17 de diciembre de 2018:
- Pide que el Secretario General de la ONU presente su tercer informe bienal en enero de 2020 antes de la revisión de 2020 del sistema de órganos de tratados.
Resolución 75/174 adoptada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 2020:
- Pide al Secretario General que presente a la Asamblea General, en su septuagésimo séptimo período de sesiones, un informe sobre la situación del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos
Historia del proceso de fortalecimiento de los órganos de tratados
Desde 1988, la ONU ha emprendido cuatro grandes iniciativas para mejorar la eficacia del sistema de órganos de tratados:
- Informes del Experto Independiente Philip Alston (1988-1996)
- La propuesta del Secretario General de la ONU de un informe único (2002 - 2006)
- Propuesta de la Alta Comisionada Arbour de un órgano permanente unificado (2006)
- El proceso de fortalecimiento de los órganos de tratados, que dio lugar a la resolución 68/268 de la Asamblea General (2009-2014) y el primer informe bienal, seguido de la resolución 73/162 y el segundo y tercero informes bienales
- Proceso de coordinación (2020)