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El SPT puede visitar cualquier lugar bajo la jurisdicción de un Estado parte donde haya personas privadas de libertad. Esto incluye, pero no se limita a:

  • comisarías de policía;
  • prisiones (militares y civiles);
  • centros de detención (por ejemplo, centros de detención preventiva, centros de detención de inmigrantes, establecimientos de justicia juvenil, etc.);
  • la salud mental; y
  • instituciones de asistencia social.

Recomienda que se tomen medidas para mejorar el trato a los detenidos, incluidas las condiciones de detención.

Las visitas son realizadas por al menos dos miembros del SPT. Estos miembros pueden estar acompañados, si es necesario, por expertos de demostrada experiencia profesional y conocimientos en la materia. Estos expertos se seleccionan de una lista de expertos preparada a partir de las propuestas de los Estados parte, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Centro de las Naciones Unidas para la Prevención Internacional del Delito. Cada Estado Parte puede proponer hasta cinco expertos nacionales como miembros de la lista.

Dependiendo del tipo de visita y de las circunstancias locales del país visitado, el tamaño de las delegaciones puede variar, así como la duración de la visita, que suele durar unos 10 días.

Informes de visitas

Tipos de visita

Para que el SPT pueda cumplir plenamente su mandato en el marco del OPCAT, el SPT ha ideado hasta ahora cuatro tipos de visitas. Estos son:

  1. Visitas a países del SPT;
  2. Visitas de seguimiento de los países del SPT;
  3. Visitas de asesoramiento de los MNP; y
  4. Visitas de asesoramiento sobre el PCAT.
Visitas a países del SPT

En primer lugar, el SPT notifica por escrito al Estado parte interesado las fechas previstas para la visita. El SPT también notifica al Estado parte por escrito los nombres de los miembros del SPT que participarán en la delegación visitante, los nombres de los expertos externos que asistirán a la delegación, así como los nombres de los miembros de la Secretaría del SPT que apoyarán a la delegación. El SPT solicita que se le proporcione información antes de la visita, tal y como se detalla en la lista de información oficial solicitada a los Estados parte.

Al realizar estas visitas, el SPT se basa en:

La delegación del SPT realiza la visita según el principio de cooperación y mantiene una estricta confidencialidad sobre su trabajo y sus conclusiones.

Durante la visita, la delegación del SPT se reúne con altos funcionarios del Ministerio responsable de la aplicación de la ley (policía) y con altos funcionarios de los Ministerios responsables de la custodia de las personas en detención preventiva, prisión, detención militar, detención de inmigrantes, instituciones psiquiátricas o de atención social, o cualquier otro lugar de privación de libertad. Las reuniones se programan en consulta con el o los funcionarios de enlace de la visita.

La delegación del SPT también se reunirá con el/los MNP, si ya se ha(n) constituido, y discutirá todos los aspectos del establecimiento y funcionamiento del/los MNP. Si el proceso de creación del/los MNP aún está en marcha, la delegación se reúne con las personas implicadas en su creación. El SPT considera que el desarrollo de los MNP es un proceso continuo que el SPT seguirá supervisando.

El SPT también se reúne con instituciones nacionales de derechos humanos (INDH) y organizaciones no gubernamentales (ONG), así como con otras personas que tienen información relevante para el mandato del SPT.

El Subcomité visita diversos lugares de privación de libertad y habla en confianza con las personas retenidas allí y con el personal y otras personas que participan en el trabajo relacionado con dichos lugares.

Al final de la visita, la delegación del SPT tiene una reunión final con altos funcionarios de los ministerios y organismos pertinentes. La reunión es una oportunidad para que la delegación del SPT presente sus observaciones preliminares y para una discusión confidencial sobre la visita, incluyendo cuestiones relacionadas con el/los mecanismo(s) nacional(es) de prevención y con el tratamiento de las personas privadas de libertad en los lugares visitados. Esta reunión es una oportunidad para identificar cuestiones y situaciones que requieren una acción inmediata, así como otros elementos de la ley y la práctica que requieren una mejora para reforzar las salvaguardias de las personas privadas de libertad contra los malos tratos. Es posible que las autoridades deseen proporcionar información inmediata sobre algunas cuestiones.

El SPT emite un breve comunicado de prensa por escrito en el que se indica que se ha realizado una visita del SPT al Estado Parte en cuestión, con una lista de los miembros del SPT de la delegación visitante y de las personas que los acompañan. El comunicado de prensa indica que el SPT se reunió con altos funcionarios de los ministerios enumerados, con representantes de los MNP o posibles MNP, con las INDH, las ONG y otros, y que el SPT visitó los lugares de detención enumerados.

DESPUÉS DE LA VISITA DE SPT

Después de la visita, pero antes de la adopción del informe de la misma, se invitará a las autoridades a proporcionar información sobre la evolución desde la visita en relación con algunas de las cuestiones planteadas durante las conversaciones finales.

Posteriormente, el SPT redacta un informe confidencial sobre la visita y lo adopta para transmitirlo al Estado parte. Se pide al Estado parte que responda a las recomendaciones formuladas en el informe y a cualquier solicitud de información adicional según un calendario especificado en la carta de transmisión que acompaña al informe. El informe de la visita del SPT es confidencial hasta que el Estado parte solicite su publicación, junto con cualquier comentario que el Estado parte desee hacer.

El SPT se compromete a mantener relaciones de trabajo cooperativas y productivas con los Estados partes.

Visitas de seguimiento de los países del SPT

El Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) también puede realizar breves visitas de seguimiento.

Estas visitas de seguimiento pueden llevarse a cabo después de las visitas del SPT al país y proporcionan al SPT la oportunidad de conocer los avances y ver cómo se han aplicado sus recomendaciones. Durante estas visitas, el SPT se reunirá con las autoridades nacionales, el Mecanismo Nacional de Prevención y los representantes de la sociedad civil, además de visitar los lugares donde se encuentran las personas privadas de libertad.

Tras la visita, se elabora un informe de seguimiento de la misma. El informe se transmite de forma confidencial al Gobierno y constituye la base de un diálogo entre el SPT y el Estado en cuestión. El informe de la visita de seguimiento se hará público si el Estado lo autoriza.

Visitas de asesoramiento de los MNP

De acuerdo con su mandato establecido en el artículo 11(b) del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (OPCAT), el SPT realiza visitas de asesoramiento a los Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP).

Durante sus visitas de asesoramiento a los MNP, el SPT busca apoyar y reforzar el mandato del MNP asistiendo al MNP y al Estado Parte mediante la prestación de asesoramiento y asistencia técnica en relación con su funcionamiento efectivo y mediante actividades prácticas de desarrollo de capacidades.

Por lo general, las visitas de asesoramiento a los MNP permiten al SPT centrarse en el marco jurídico y práctico en el que trabaja el MNP y le permiten relacionarse directamente tanto con el MNP como con otras instituciones nacionales y la sociedad civil para conocer mejor su trabajo en la práctica. Dichas visitas suelen incluir reuniones con una amplia gama de grupos gubernamentales y de la sociedad civil, así como con el propio MNP, y pueden incluir también visitas a lugares de detención en compañía del MNP. El objetivo es ayudar a fortalecer el MNP y, por lo tanto, reforzar la protección de las personas privadas de libertad contra la tortura y otros malos tratos. Por lo tanto, cada visita centrada en el MNP está orientada al contexto y se diseña de manera que se maximice su impacto en el trabajo del órgano nacional.

En aquellas situaciones en las que el Estado visitado aún no haya designado a su MNP, tal y como exige el OPCAT, el SPT se reunirá con las autoridades del Estado, las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH), la sociedad civil y otras entidades, con el fin de explorar y remediar este incumplimiento de las obligaciones internacionales.

Al realizar estas visitas, el SPT se basa en :

  • Directrices de los MNP (CAT/OP/12/5)
  • Aproximación al concepto de prevención (CAT/OP/12/6)
  • Mecanismo de autoevaluación analítica para los MNP (CAT/OP/1)
  • Sus otros documentos publicados relevantes para el establecimiento y funcionamiento efectivo de los MNP.

Tras las visitas de asesoramiento del MNP, el SPT elabora dos informes de visita, uno para el MNP y otro para el Estado Parte, ambos confidenciales, a menos que el destinatario determine lo contrario, y que constituyen la base de un diálogo constructivo permanente, de conformidad con los principios establecidos del Protocolo Facultativo.

Visitas de asesoramiento del OPCAT

Las visitas de asesoramiento del OPCAT están concebidas para ayudar a los Estados parte a cumplir plenamente las obligaciones establecidas en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (OPCAT). Se trata de visitas breves, centradas en conversaciones de alto nivel con altos funcionarios de los ministerios y organismos pertinentes, así como con representantes de la sociedad civil y cualquier otra entidad relevante.