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El Subcomité sobre la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (SPT, por sus siglas en inglés), es un nuevo tipo de órgano de tratado en el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas. El SPT dispone de un mandato preventivo, centrado en un enfoque innovador, sostenido y anticipatorio de la prevención de la tortura y los malos tratos. El Subcomité empezó a funcionar en febrero de 2007.

El SPT se creó en virtud de las cláusulas de un tratado, el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT). El OPCAT fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 2002 y entró en vigor en junio de 2006.

El SPT está compuesto de 25 expertos imparciales e independientes con distintos antecedentes profesionales y procedentes de diversas regiones del mundo. Los miembros del SPT son elegidos por los Estados Partes en el OPCAT para ejercer un mandato de cuatro años y pueden ser reelegidos una sola vez.

El SPT tiene dos funciones operativas principales:

  1. Podrá realizar visitas a los Estados Partes, durante las cuales podrá visitar cualquier lugar en el que pueda haber personas privadas de libertad.
  2. Tiene una función consultiva que consiste en prestar asistencia y asesoramiento a los Estados partes sobre el establecimiento de los Mecanismos Nacionales de Prevención (“NPM”), que el OPCAT exige que establezcan, y también proporcionando asesoramiento y asistencia tanto al MNP como al Estado Parte en relación con el funcionamiento del mismo.

El SPT coopera, para la prevención de la tortura en general, con los órganos y mecanismos pertinentes de las Naciones Unidas, así como con las instituciones u organizaciones internacionales, regionales y nacionales.

El SPT elabora un informe anual público el informe sobre sus actividades que presenta al Comité contra la Tortura y a la Asamblea General de la ONU en Nueva York.

Además de su trabajo de campo, el SPT también se reúne tres veces al año por una semana de duración, las sesiones en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra.

El trabajo del Comité

El SPT examina el modo en que se trata a los detenidos mientras están en prisión, así como las condiciones de detención. Los miembros del SPT hablan en privado con las personas detenidas, sin la presencia de personal penitenciario o de otro tipo ni de representantes gubernamentales.

Durante sus visitas a los países, los miembros del SPT también hablan con funcionarios del gobierno, personal de custodia, abogados y médicos, y pueden recomendar cambios inmediatos destinados a mejorar la situación de los detenidos. Su trabajo se rige por una estricta confidencialidad y no revelan con quién han hablado ni lo que les han dicho. Las personas que proporcionan información al SPT no deben ser objeto de sanciones o represalias por haber proporcionado información al SPT.

El SPT se guía por los principios de confidencialidad, imparcialidad, no selectividad, universalidad y objetividad. El SPT lleva a cabo su trabajo con un espíritu de cooperación. Su objetivo es comprometerse con los Estados parte a través de un proceso de diálogo constructivo y de colaboración, más que de condena.