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El ACNUDH y el derecho a una vivienda adecuada

A mother carries a toddler on her backpack.
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El derecho a una vivienda adecuada es un derecho humano reconocido en la legislación internacional sobre derechos humanos como parte del derecho a un nivel de vida adecuado. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU ha subrayado que el derecho a una vivienda adecuada debe considerarse como el derecho a vivir en algún lugar con seguridad, paz y dignidad.

A pesar del lugar central que ocupa este derecho en el sistema jurídico mundial, más de mil millones de personas no tienen una vivienda adecuada. Millones de personas en todo el mundo viven en condiciones que ponen en peligro su vida o su salud, en barrios marginales y asentamientos informales superpoblados, o en otras condiciones que no respetan sus derechos humanos ni su dignidad. 

Aspectos clave del derecho a una vivienda adecuada

El derecho a una vivienda adecuada contiene los siguientes elementos clave:

  • Seguridad jurídica de la tenencia: Independientemente del tipo de tenencia, todas las personas deben poseer un grado de seguridad de la tenencia que garantice la protección legal contra el desalojo forzoso, el acoso y otras amenazas.
  • Asequibilidad: Los costes financieros personales o familiares asociados a la vivienda no deben amenazar o comprometer la consecución y satisfacción de otras necesidades básicas (por ejemplo, alimentación, educación, acceso a la atención sanitaria).
  • Habitabilidad: Un alojamiento adecuado debe contemplar elementos como el espacio adecuado, la protección contra el frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otras amenazas para la salud, los riesgos estructurales y los vectores de enfermedades.
  • Disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructuras: La vivienda no es adecuada si sus ocupantes no disponen de agua potable, saneamiento adecuado, energía para cocinar, calefacción e iluminación, instalaciones sanitarias y de lavado, medios de almacenamiento de alimentos, eliminación de residuos, etc.
  • Accesibilidad: la vivienda no es adecuada si no se tienen en cuenta las necesidades específicas de los grupos desfavorecidos y marginados (como los pobres, las personas que sufren discriminación; las personas con discapacidad, las víctimas de desastres naturales).
  • Ubicación: Una vivienda adecuada debe permitir el acceso a opciones de empleo, servicios de atención sanitaria, escuelas, guarderías y otras instalaciones sociales, y no debe construirse en lugares contaminados ni en la proximidad inmediata de fuentes de contaminación.
  • Adecuación cultural: Una vivienda adecuada debe respetar y tener en cuenta la expresión de la identidad cultural y las formas de vida.

Nuestro trabajo sobre la vivienda adecuada

El ACNUDH ofrece orientación a los organismos de las Naciones Unidas, los Estados, las autoridades, los organismos intergubernamentales, las ONG y otras partes interesadas para que respeten y hagan respetar sus obligaciones en virtud del derecho internacional, incluidos los derechos humanos y el derecho humanitario, en relación con el derecho a una vivienda adecuada. Aclaramos lo que significa el derecho a una vivienda adecuada para individuos y grupos específicos, como las mujeres, los niños y los pueblos indígenas, y apoyamos los esfuerzos de los Estados para cumplir con las obligaciones correspondientes. Además, apoyamos a los órganos de tratados de la ONU, los procedimientos especiales de la ONU, los mecanismos regionales de derechos humanos y otros mecanismos que trabajan para promover y proteger el derecho a una vivienda adecuada para todos.