Relator Especial sobre la libertad de reunión pacífica y de asociación
Objetivo del mandato
Las Naciones Unidas reconocen la importancia del derecho a la libertad de reunión pacífica y asociación para el pleno disfrute de los derechos civiles y políticos, así como de los derechos económicos, sociales y culturales. Este mandato se estableció para:
- Recopilar y compartir información sobre tendencias y problemas globales, regionales y locales relacionados con la reunión pacífica y la asociación
- Hacer recomendaciones sobre cómo garantizar la promoción y protección de dichos derechos
- Denunciar las violaciones, la discriminación, las amenazas o el uso de la violencia, el acoso, la persecución, la intimidación o las represalias hacia personas que ejercen esos derechos
Acerca del mandato
En octubre de 2010, el Consejo de Derechos Humanos adoptó la resolución 15/21 que estableció el mandato del Relator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación por un periodo inicial de tres años.
El Consejo prorrogó el mandato del Relator Especial por primera vez en septiembre de 2013 (resolución 24/5) y una segunda vez en junio de 2016 (resolución 32/32). El mandato se renovó por última vez en julio de 2019 (resolución 41/12) por un periodo de tres años.
El titular del mandato desempeña su cargo durante un periodo inicial de tres años, renovable una sola vez.
Actual titular del mandato
Gina Romero fue nombrada Relatora Especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación en abril de 2024. Durante los últimos 20 años, se ha dedicado a la promoción y defensa de los derechos humanos, la gobernanza, el espacio cívico y a la participación política y cívica, centrándose especialmente en los grupos marginados, temas de género y juventud. Es experta en diálogo, mediación y creación y gestión de redes.
Véase la biografía completa de Gina Romero
Llamamiento a contribuciones
Documentos básicos
Principios generales sobre la protección del espacio cívico y el derecho a acceder a los recursos
Este documento resume tres principios generales en virtud de las normas y estándares internacionales de derechos humanos con respecto a la capacidad de la sociedad civil para solicitar, recibir y usar dichos recursos. Proporciona argumentos que apoyan los aspectos específicos de cada principio, así como la base jurídica de los argumentos.
PDF: English.
Lista de verificación: 10 principios para la adecuada gestión de las reuniones
Una lista de verificación para supervisar paso a paso la aplicación de las recomendaciones prácticas para la gestión de reuniones que figuran en el informe (A/HRC/31/66) del Relator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, y del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias.
PDF: English.
Últimos informes temáticos
Recientes informes por país
Información de contacto
Sra. Gina Romero
Mandato del Relator Especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación
Palacio de las Naciones, CH-1211 Geneva 10
Suiza
Fax: + 41 22 917 9006
Correo electrónico: hrc-sr-freeassembly@un.org
Ex Relatores Especiales
Sr. Clément Nyaletsossi VOULE (Togo)
1 de mayo 2018 - 30 de abril 2024
Sra Annalisa Ciampi* (Italia)
1 de mayo 2017 - 30 de noviembre 2017
Sr. Maina Kiai (Kenia)
1 de mayo 2011 - 30 de abril 2017