Skip to main content

En esta página, el Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación comparte los comentarios que el mandato proporciona a los Estados sobre las leyes, reglamentos y políticas nacionales. El mandato proporciona regularmente comentarios sobre la adecuación de los desarrollos normativos y políticos a las normas internacionales sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación.

Vea a continuación una lista de cartas relativas a las normas nacionales enviadas desde 2018 por el relator especial de la ONU y las respuestas del Gobierno a estas comunicaciones.  

Comunicaciones recientes

El Salvador

  • 30 de noviembre de 2021 - relativa al proyecto de "Ley de Agentes Extranjeros", que presenta graves y fundamentales problemas de compatibilidad con las obligaciones de El Salvador en virtud del derecho internacional. Si bien es cierto que los Estados tienen un interés legítimo en impedir la injerencia de terceros Estados en sus asuntos internos, cualquier medida de este tipo debe ser en sí misma compatible con el derecho internacional en general y con las normas de derechos humanos en particular. – OL SLV 8.2021

Togo

  • 13 de agosto de 2021 - relativo al proyecto de ley sobre la libertad de asociación en Togo, que suscita preocupación por las disposiciones sobre el procedimiento de registro de las asociaciones, así como sobre su disolución, sobre las asociaciones extranjeras e internacionales, los tipos de asociaciones autorizadas, la financiación de las asociaciones y las sanciones previstas en caso de incumplimiento de dichas disposiciones. – OL TGO 3.2021

Dinamarca

  • 7 de junio de 2021 - en relación con el proyecto de ley "Seguridad para todos los daneses", que, en caso de ser aprobado como ley, suscitaba preocupación por sus graves repercusiones en el espacio cívico y, en particular, en el derecho a la libertad de reunión pacífica, en particular por la facultad que se otorga a las autoridades de prohibir con carácter general la reunión en una zona geográfica, cuando el comportamiento de las personas genere inseguridad para las personas que viven o se desplazan por ella.. – OL DNK 3.2021

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

  • 25 de mayo de 2021 - relativa a la propuesta de Ley de Policía, Delincuencia, Sentencias y Tribunales presentada por el gobierno del Reino Unido en marzo de 2021 y, en concreto, a las secciones de la Parte 3 de la Ley tituladas "Orden público y acampadas no autorizadas". El proyecto de ley introduciría importantes cambios en la forma en que se vigilan las protestas en Inglaterra y Gales y suscita preocupación por el hecho de que el proyecto de ley no tenga debidamente en cuenta el deber positivo de las autoridades estatales de respetar, facilitar y proteger las protestas pacíficas. OL GBR 7.2021

Grecia

  • 31 de marzo de 2021 - sobre la Ley 4686/2020 y la Decisión Ministerial Conjunta 10616/2020, que introdujeron nuevos requisitos y condiciones legales onerosos para el registro de organizaciones sin ánimo de lucro que trabajan con migrantes y refugiados. Esta ley y la Decisión Ministerial Conjunta suscitaron preocupación por la posibilidad de que obstaculizaran gravemente el trabajo de las ONG independientes, especialmente de las organizaciones más pequeñas que no disponen de medios económicos para cumplir todos los requisitos de presentación de informes. – OL GRC 1.2021

Tailandia

  • 26 de marzo de 2021: en relación con el proyecto de ley sobre la promoción y el desarrollo de las organizaciones de la sociedad civil y el proyecto de ley sobre el funcionamiento de las ONG, que suscitaron preocupación por la amplia supervisión ministerial, las onerosas obligaciones financieras y de presentación de informes, las restricciones a la financiación extranjera y las sanciones desproporcionadas por infringir determinadas disposiciones. Las leyes afectan al ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y a la libertad de asociación, garantizados por el derecho internacional de los derechos humanos. – OL THA 2.2021

Honduras

  • 24 de diciembre de 2020 - comenta el Código Penal, que entró en vigor el 25 de junio de 2020, y expresa su preocupación por el establecimiento de una responsabilidad penal para los sindicatos en relación con las infracciones cometidas en su nombre o por su cuenta por determinados miembros. Tal criminalización viola la esencia de los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, así como a la libertad de opinión y de expresión. OL HND 4.2020

Irlanda

  • 10 de diciembre de 2020 - en relación con el artículo 22 de la Ley Electoral de 1997, que en la práctica restringe el ejercicio efectivo del derecho a la libertad de asociación de las organizaciones de la sociedad civil y tiene un fuerte impacto en su capacidad de recaudación de fondos. Las restricciones de la Ley Electoral a la financiación de las actividades de la sociedad civil infringen el derecho a la libertad de asociación, que incluye el derecho a buscar, obtener y utilizar recursos financieros, incluso de fuentes internacionales. OL IRL 2/2020

Bulgaria

  • 2 de octubre de 2020 - en relación con el proyecto de ley recientemente introducido sobre las enmiendas a la Ley de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, que, si se aprueba como ley, puede obstaculizar el trabajo de las organizaciones independientes sin fines de lucro (ONG), incluidas las que promueven y protegen los derechos humanos, y estigmatizar a las que reciben financiación del extranjero.. – OL BGR 3/2020

Ucrania

  • 17 julio 2020 - en relación con el proyecto de ley "Sobre las enmiendas a determinados actos legislativos de Ucrania (en relación con algunas cuestiones de la actividad sindical" Reg. nº 2681), que incluye varias disposiciones que, si se aprueban, podrían ser incompatibles con las obligaciones de Ucrania en virtud del derecho y las normas internacionales de derechos humanos y debilitarían las competencias de los sindicatos, incluido el derecho de huelga. - OL UKR 2/2020

Filipinas

  • 29 junio 2020 - Observaciones sobre la legislación pendiente "La Ley Antiterrorista de 2020" (la Ley), que suscita graves preocupaciones, especialmente en lo que respecta a la designación de personas y organizaciones humanitarias y de la sociedad civil como "terroristas", en el contexto de la actual discriminación dirigida contra las minorías religiosas y de otro tipo, los defensores de los derechos humanos y los opositores políticos. – JOL PHL 4/2020

República Unida de Tanzania

  • 24 junio 2020 - en relación con las enmiendas a la Ley de Aplicación de Derechos y Deberes Básicos (1994), aprobadas por el Parlamento de Tanzania el 10 de junio de 2020 mediante la Ley de Leyes Escritas (Enmiendas Diversas) (nº 3) de 2020 y a la espera de la promulgación presidencial. Las enmiendas suscitan preocupación porque limitan la capacidad de la sociedad civil y de los individuos para defender los derechos de las personas, grupos y comunidades vulnerables, ya que les exige que demuestren cómo se han visto afectados personalmente por el asunto que se presenta ante el tribunal, cuya ausencia conduce a la inadmisibilidad del caso. – OL TZA 2/2020

China

  • 19 junio 2020 - en relación con los cambios propuestos en el sistema jurídico de la Región Administrativa Especial de Hong Kong y los mecanismos de aplicación propuestos en el Proyecto de Ley de Seguridad Nacional, que no incluye garantías de que las medidas serán plenamente conformes con la legislación internacional sobre derechos humanos, en particular con las obligaciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). La falta de una definición precisa en la Decisión de la Asamblea Popular Nacional sobre qué tipos de conductas se consideran que ponen en grave peligro la seguridad nacional puede dar lugar a la limitación o a la violación de las libertades fundamentales. – JOL CHN 13/2020

Uruguay

India

  • 06 mayo 2020 - relativa a la Ley de Enmienda de Actividades Ilegales (Prevención) de 2019 (la Ley enmendada), a la actual legislación antiterrorista, la Ley de Prevención de Actividades Ilegales de 1967 (la Ley), que establece procedimientos específicos para hacer frente a las actividades terroristas. Contiene la designación de personas como "terroristas" en el contexto de la discriminación actual contra las minorías religiosas y de otro tipo, los defensores de los derechos humanos y los disidentes políticos. – JOL IND 7/2020

Kirguistán

  • 06 mayo 2020 – En relación con el proyecto de ley de la República Kirguisa sobre la lucha contra el terrorismo, que sustituirá a la Ley de la República Kirguisa "sobre la lucha contra el terrorismo", adoptada el 8 de noviembre de 2006. El proyecto de ley suscita preocupación por el principio de confidencialidad sobre las herramientas, técnicas y tácticas de lucha contra el terrorismo y socava la responsabilidad legal y disuade de la transparencia a los actores militares, de inteligencia y de seguridad. – JOL KGZ 3/2020

China

  • 19 junio 2020 - en relación con los cambios propuestos en el sistema jurídico de la Región Administrativa Especial de Hong Kong y los mecanismos de aplicación propuestos en el Proyecto de Ley de Seguridad Nacional, que no incluye garantías de que las medidas serán plenamente conformes con la legislación internacional sobre derechos humanos, en particular con las obligaciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). La falta de una definición precisa en la Decisión de la Asamblea Popular Nacional sobre qué tipos de conductas se consideran que ponen en grave peligro la seguridad nacional puede dar lugar a la limitación o a la violación de las libertades fundamentales. – JOL CHN 13/2020
  • 23 abril 2020 – Recomendación de revisar la legislación antiterrorista para regular las protestas y la definición de "acto terrorista". Oferta de los siguientes comentarios sobre la Ordenanza de las Naciones Unidas (medidas antiterroristas), Cap. 575 ("Ley antiterrorista") y la Ordenanza sobre delitos, Cap. 200, Secciones 9 y 10 ("Ley de sedición"). En relación con el número de desafíos en materia de derechos humanos evidenciados en la legislación y alentando la revisión y reconsideración de ciertos aspectos clave para garantizar que las ordenanzas se ajusten a las obligaciones internacionales de China en materia de derechos humanos con respecto a la RAE de Hong Kong. – JOL CHIN 7/2020

Kazajistán

  • 21 abril 2020 – El proyecto de ley prevé restricciones que no se ajustan a las normas internacionales, como obligaciones excesivas para los organizadores y los participantes en las reuniones, procesos de autorización para determinadas reuniones y restricción del uso del espacio público. – OL KAZ 1/2020

Kirguistán

  • 09 marzo 2020 - sobre el proyecto de ley nº 6-28018/19 que introduce modificaciones en la Ley de Organizaciones No Comerciales (Ley de OCN) en la que se exige que "la organización no comercial que opere a expensas de subvenciones, fondos presupuestarios y otros recursos monetarios y materiales recibidos gratuitamente" publique anualmente "información sobre las fuentes de financiación y el gasto de los activos en el sitio web especializado del organismo registrador". El proyecto de ley también establece que "la forma y el procedimiento para el suministro de información son determinados por el Gobierno de la República Kirguisa". – OL KGZ 1/2020

Egipto

  • 28 febrero 2020 – relativa a las propuestas de modificación de la Ley de Entidades Terroristas (Ley 8 de 2015) y de la Ley Antiterrorista, (Ley 94 de 2015), que endurecen las penas por delitos relacionados con el terrorismo, amplían la definición de financiación del terrorismo e imponen la pena de muerte a los culpables de financiar grupos y actos terroristas. – OL EGY 4/2020

Guatemala

Chile

Junta Directiva de ICANN

  • 20 diciembre 2019 - sobre la propuesta de transferencia por parte de la Internet Society (ISOC) del Registro de Interés Público (PIR) a una empresa de capital privado. El acuerdo propuesto plantea serias dudas sobre la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil y otras personas y entidades de interés público para seguir disfrutando del espacio para el ejercicio de los derechos de libertad de expresión y asociación que ofrece el dominio .ORG gestionado por el PIR. – OL OTH 60/2019

Honduras

Australia

  • 03 diciembre 2019 - relativa a la Ley de Enmienda de Delitos Sumarios y Otra Legislación de 2019 que fue adoptada por el Parlamento de Queensland, que contiene una serie de disposiciones que otorgan a la policía nuevos poderes para registrar a las personas y sus vehículos sin una orden judicial cuando se sospecha que tienen en su poder un "dispositivo de sujeción peligroso" que se ha utilizado, o se va a utilizar, para interrumpir una actividad legal relevante. La ley también permite a la policía incautar o inutilizar cualquier dispositivo de este tipo. – OL AUS 8/2019 Respuesta del Gobierno: 04 febrero 2020

China

  • 01 noviembre 2019 – relativa a la Ley de Lucha contra el Terrorismo de la República Popular China (Ley de Lucha contra el Terrorismo) promulgada el 27 de diciembre de 2015 con efecto a partir del 1 de enero de 2016 y sus Medidas Regionales de Aplicación, las Medidas de Aplicación de la Ley de Lucha contra el Terrorismo de la República Popular China de la Región Autónoma de Xinjiang de 2016.  – OL CHN 18/2019 Respuesta del Gobierno: 16 diciembre 2019

Costa Rica

Venezuela (República Bolivariana de)

Togo

  • 11 septiembre 2019 – relativa a las condiciones de ejercicio de la libertad de reunión y manifestación pacífica y pública, aprobada el 7 de agosto de 2019 en la Asamblea Nacional. Se refiere a las denuncias de uso excesivo de la fuerza, a las restricciones del derecho a la libertad de reunión pacífica registradas el 11 de abril de 2019, a los casos de detenciones e intimidación de manifestantes y defensores de los derechos humanos. OL TGO 1/2019

Túnez

  • 11 septiembre 2019 – en relación con el proyecto de ley sobre reuniones pacíficas, que pretende modificar la ley vigente de 1969 (ley nº 196-4). El proyecto de ley no incluye mejoras en cuanto a las prohibiciones generales de las reuniones, las limitaciones indebidas en cuanto a la ubicación, ni en cuanto al momento y las modalidades de las manifestaciones y la criminalización de las reuniones y manifestaciones públicas espontáneas. OL TUN 5/2019

Túnez

  • 26 agosto 2019 – sobre el proyecto de ley nº 91-2018 que pretende modificar la legislación tunecina sobre el estado de excepción. Sin embargo, el uso del estado de emergencia en Túnez debe ser revisado para garantizar su conformidad con el derecho internacional. OL TUN 4/2019 Respuesta del Gobierno: 18 noviembre 2019

Varios países

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario.

Esta comunicación se envió a los siguientes países:

Antigua y Barbuda  OL ATG 1/2019

ArgentinaOL ARG 10/2019

BahamasOL BHS 2/2019

BarbadosOL BRB 1/2019

Belice OL BLZ 1/2019

Bolivia (Estado Plurinacional de) 15 julio 2019 – OL BOL 1/2019

BrasilOL BRA 11/2019

Chile OL CHL 3/2019

Colombia OL COL 7/2019

Costa RicaOL CRI 4/2019

CubaOL CUB 4/2019

Dominica OL DMA 1/2019

República Dominicana OL DOM 1/2019

EcuadorOL ECU 11/2019

El SalvadorOL SLV 3/2019

Granada OL GRD 1/2019

Guatemala OL GTM 7/2019

Haiti OL HTI 3/2019

Honduras OL HND 3/2019

Jamaica OL JAM 1/2019

MéxicoOL MEX 9/2019

Nicaragua OL NIC 2/2019

PanamáOL PAN 2/2019

Paraguay OL PRY 1/2019

PerúOL PER 3/2019

Saint Kitts y Nevis OL KNA 2/2019

Santa LucíaOL LCA 1/2019

San Vicente y las GranadinasOL VCT 1/2019

SurinameOL SUR 1/2019

Trinidad y TobagoOL TTO 1/2019

Uruguay OL URY 2/2019

Venezuela (República Bolivariana de)OL VEN 4/2019

Nepal

  • 15 julio 2019 - relativa a un proyecto de enmienda para revisar la actual Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) de 2012, que podría socavar gravemente la autoridad, la eficacia y la independencia de la CNDH y limitar la capacidad del pueblo nepalí para acceder a la justicia. – OL NPL 2/2019

República Democrática del Congo

  • 19 junio 2019 – sobre el proyecto de ley de protección y responsabilidad de los defensores de los derechos humanos, que podría tener el efecto contrario y restringir sus derechos y actividades. OL COD 4/2018

Etiopía

  • 19 junio 2019 – relativa a la Proclamación para la Prevención y Supresión del Terrorismo 2019 ("la Proclamación"), que plantea graves problemas en relación con una serie de derechos humanos. El preámbulo de la "Proclamación" establece una serie de entendimientos que enmarcan la legislación propuesta. Entre ellos se incluye la definición de terrorismo como una "grave amenaza para la paz y la seguridad" que afecta tanto a las personas como a los bienes, y la opinión de que el gobierno debe tomar "fuertes medidas preventivas y preparatorias centradas [en] la naturaleza del delito". – OL ETH 3/2019

Cuba

Brasil

  • 07 junio 2019 –relativo al Decreto presidencial n. 9759/2019, de 11 de abril de 2019, que según su título "extingue y establece lineamientos, reglas y limitaciones" para la administración de los órganos colegiados públicos federales, mediante una serie de disposiciones que revierten los mecanismos necesarios para el ejercicio de las libertades fundamentales y la participación de los actores de la sociedad civil en los asuntos públicos. Regula la disolución de una serie de órganos colegiados de cooperación interministerial y, sobre todo, de participación de la sociedad civil en el gobierno federal. - OL BRA 8/2019  Respuesta del Gobierno: 14 agosto 2019

Brasil

  • 25 marzo 2019 - Relativo al decreto n. 64.074/2019 que reglamenta la ley n. 15.556/2014, emitida por el Gobierno del Estado de São Paulo el 18 de enero de 2019, y publicada el 19 de enero de 2019, que contiene una serie de disposiciones que restringen el derecho a la libertad de reunión pacífica. Establece una serie de nuevos requisitos para la organización y regulación de las protestas en las que participen 300 o más personas. – OL BRA 3/2019 Respuesta del Gobierno: 29 marzo 2019 y 09 octubre 2019

Sierra Leona

  • 22 febrero 2019 - En relación con el Marco de Cooperación al Desarrollo (MCD) (2019-2023), que define los objetivos y principios generales en torno a la asociación para el desarrollo, así como los compromisos de los distintos socios que apoyan el proceso de desarrollo en el país, y que ha sido presentado recientemente al Consejo de Ministros. El MCD contiene una serie de disposiciones que interfieren con el derecho a la libertad de asociación y la libertad de expresión. – OL SLE 1/2019 Respuesta del Gobierno: 1 marzo 2019

Malawi

  • 24 diciembre 2018 - En relación con el Proyecto de Ley de Enmienda de las Organizaciones No Gubernamentales de 2018 (Proyecto de Enmienda), en el que, si se aprueba, puede eliminar el papel de las ONG existentes en la autoridad de supervisión, conceder una amplia discreción a la nueva autoridad reguladora para llevar a cabo inspecciones e imponer requisitos de presentación de informes a las ONG, y aumentar las penas y establecer sanciones penales, incluyendo hasta siete años de prisión, por no cumplir con la Ley de ONG. – OL MWI 2/2018

Ecuador

Mozambique

  • 18 septiembre 2018 – Respecto al decreto de medios de comunicación 40/2018, dictado por el Consejo de Ministros, que tiene por objeto establecer un régimen jurídico para la concesión de licencias y el registro de todo tipo de medios de comunicación (artículo 1) e introduce un sistema de tasas para ello, elaborado en el anexo del decreto, e impone tasas exorbitantes a los medios de comunicación locales y extranjeros que operan en el país. - OL MOZ 2/2018

Uganda

  • 11 septiembre 2018 - En relación con las enmiendas legislativas que introducen el impuesto Over-The-Top en las empresas de telecomunicaciones, en las que las empresas de telecomunicaciones de Uganda bloquean el acceso a las plataformas de medios sociales para todos los usuarios y les exigen el pago del impuesto Over-The-Top (OTT). Esto restringe gravemente el derecho a la libertad de opinión y de expresión, así como los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación en línea en Uganda. – OL UGA 3/2018

Egipto

  • 24 agosto 2018 - En relación con un proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes de Egipto que concedería amnistías a un cuadro designado de oficiales militares de alto rango, de los cuales los oficiales también estarán protegidos de la persecución internacional. – OL EGY 12/2018

China

  • 22 agosto 2018 - En relación con el uso de la Vigilancia Residencial en un Lugar Designado (RSDL) modificada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2012 artículo 73, en relación con las personas sospechosas de poner en peligro la seguridad del Estado, de las actividades terroristas o de la participación en el cohecho mayor y cuando el confinamiento en su propia casa puede "obstaculizar la investigación". – OL CHN 15/2018

Nepal

  • 11 julio 2018 - Con respecto a la Política Nacional de Integridad y Ética 2074 (Política). Puede tener graves efectos negativos en las actividades de las organizaciones y de la sociedad civil en general, ya que la Política tiene 13 puntos sobre las organizaciones no gubernamentales (ONG) y 25 asuntos relativos a las organizaciones no gubernamentales internacionales (ONGI) y relacionados con la comunidad diplomática, los órganos constitucionales, el mundo académico, el sector privado y las cooperativas. – OL NPL 1/2018

Camboya

  • 12 junio 2018 - En relación con el Código de Conducta para los medios de comunicación en el proceso electoral, emitido por el Comité Electoral Nacional el 12 de marzo de 2018, así como las declaraciones que vinculan el lenguaje del código con los llamamientos al boicot de las elecciones. Varias de las disposiciones de este Código, así como el objetivo y las disposiciones de la Proclamación Interministerial, pueden restringir de forma innecesaria y desproporcionada el derecho a la libertad de expresión y de opinión, incluida la independencia de los medios de comunicación, así como los derechos a la participación pública, a la libertad de reunión y a la libertad de asociación. – OL KHM 5/2018

Myanmar

  • 29 mayo 2018 - En relación con un proyecto de ley sobre Organizaciones No Gubernamentales Internacionales (ONGI) que, si se aprueba, puede tener graves consecuencias para la sociedad civil, en particular para las ONGI que operan en Myanmar. Restringe severamente el ámbito de actividades de las ONGI al circunscribir las actividades permitidas e impone importantes requisitos para que las ONG puedan operar en Myanmar. – OL MMR 1/2018 Respuesta del Gobierno: 06 agosto 2018

Guatemala

Polonia

  • 23 abril 2018 - Con respecto a la ley "Sobre soluciones específicas relacionadas con la organización de las sesiones de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en la República de Polonia", que parecen restringir significativamente el ejercicio de los derechos humanos por parte de los defensores de los derechos humanos ambientales y los miembros del público. – OL POL 3/2018 Respuesta del Gobierno: 23 mayo 2018

Todas las comunicaciones enviadas desde 2018 divididas por países

Antigua y Barbuda

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. OL ATG 1/2019

Argentina

Australia

  • 03 diciembre 2019 - relativa a la Ley de Enmienda de Delitos Sumarios y Otra Legislación de 2019 que fue aprobada por el Parlamento de Queensland, que contiene una serie de disposiciones que otorgan a la policía nuevos poderes para registrar a las personas y sus vehículos sin una orden judicial cuando se sospecha que tienen en su poder un "dispositivo de sujeción peligroso" que ha sido utilizado, o va a ser utilizado, para interrumpir una actividad legal relevante. La ley también permite a la policía incautar o inutilizar cualquier dispositivo de este tipo. – OL AUS 8/2019 Respuesta del Gobierno: 04 febrero 2020

Bahamas

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. - OL BHS 2/2019

Barbados

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. - OL BRB 1/2019

Belice

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. - OL BLZ 1/2019

Bolivia (Estado Plurinacional de)

Brasil

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. - OL BRA 11/2019
  • 07 junio 2019 –relativo al Decreto presidencial n. 9759/2019, de 11 de abril de 2019, que según su título "extingue y establece lineamientos, reglas y limitaciones" para la administración de los órganos colegiados públicos federales, mediante una serie de disposiciones que revierten los mecanismos necesarios para el ejercicio de las libertades fundamentales y la participación de los actores de la sociedad civil en los asuntos públicos. Regula la disolución de una serie de órganos colegiados de cooperación interministerial y, sobre todo, de participación de la sociedad civil en el gobierno federal. - OL BRA 8/2019  Respuesta del Gobierno: 14 agosto 2019
  • 25 marzo 2019 - Relativo al decreto n. 64.074/2019 que reglamenta la ley n. 15.556/2014, emitida por el Gobierno del Estado de São Paulo el 18 de enero de 2019, y publicada el 19 de enero de 2019, que contiene una serie de disposiciones que restringen el derecho a la libertad de reunión pacífica. Establece una serie de nuevos requisitos para la organización y regulación de las protestas en las que participen 300 o más personas. – OL BRA 3/2019 Respuesta del Gobierno: 29 marzo 2019 y 09 octubre 2019

Camboya

  • 12 junio 2018 - En relación con el Código de Conducta para los medios de comunicación en el proceso electoral, emitido por el Comité Electoral Nacional el 12 de marzo de 2018, así como las declaraciones que vinculan el lenguaje del código con los llamamientos al boicot de las elecciones. Varias de las disposiciones de este Código, así como el objetivo y las disposiciones de la Proclamación Interministerial, pueden restringir de forma innecesaria y desproporcionada el derecho a la libertad de expresión y de opinión, incluida la independencia de los medios de comunicación, así como los derechos a la participación pública, a la libertad de reunión y a la libertad de asociación. – OL KHM 5/2018

Chile

China

  • 23 abril 2020 – Recomendación de revisar la legislación antiterrorista para regular las protestas y la definición de "acto terrorista". Oferta de los siguientes comentarios sobre la Ordenanza de las Naciones Unidas (medidas antiterroristas), Cap. 575 ("Ley antiterrorista") y la Ordenanza sobre delitos, Cap. 200, Secciones 9 y 10 ("Ley de sedición"). En relación con el número de desafíos en materia de derechos humanos evidenciados en la legislación y alentando la revisión y reconsideración de ciertos aspectos clave para garantizar que las ordenanzas se ajusten a las obligaciones internacionales de China en materia de derechos humanos con respecto a la RAE de Hong Kong. - JOL CHN 7/2020
  • 01 noviembre 2019 – relativa a la Ley de Lucha contra el Terrorismo de la República Popular China (Ley de Lucha contra el Terrorismo) promulgada el 27 de diciembre de 2015 con efecto a partir del 1 de enero de 2016 y sus Medidas Regionales de Aplicación, las Medidas de Aplicación de la Ley de Lucha contra el Terrorismo de la República Popular China de la Región Autónoma de Xinjiang de 2016.  – OL CHN 18/2019 Respuesta del Gobierno: 16 diciembre 2019
  • 22 agosto 2018 - En relación con el uso de la Vigilancia Residencial en un Lugar Designado (RSDL) modificada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2012 artículo 73, en relación con las personas sospechosas de poner en peligro la seguridad del Estado, de las actividades terroristas o de la participación en el cohecho mayor y cuando el confinamiento en su propia casa puede "obstaculizar la investigación". – OL CHN 15/2018

Colombia

Costa Rica

Cuba

República Democrática del Congo

  • 19 junio 2019 – sobre el proyecto de ley relacionado con la protección y la responsabilidad de los defensores de los derechos humanos, que podría tener el efecto contrario y restringir sus derechos y actividades. OL COD 4/2018

Dominica

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. – OL DMA 1/2019

República Dominicana

Ecuador

Egipto

  • 28 febrero 2020 – relativa a las propuestas de modificación de la Ley de Entidades Terroristas (Ley 8 de 2015) y de la Ley Antiterrorista, (Ley 94 de 2015), que endurecen las penas por delitos relacionados con el terrorismo, amplían la definición de financiación del terrorismo e imponen la pena de muerte a los culpables de financiar grupos y actos terroristas. – OL EGY 4/2020
  • 24 agosto 2018 - En relación con un proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes de Egipto que concedería amnistías a un cuadro designado de oficiales militares de alto rango, de los cuales los oficiales también estarán protegidos de la persecución internacional. – OL EGY 12/2018

El Salvador

Etiopía

  • 19 junio 2019 – relativa a la Proclamación para la Prevención y Supresión del Terrorismo 2019 ("la Proclamación"), que plantea graves problemas en relación con una serie de derechos humanos. El preámbulo de la "Proclamación" establece una serie de entendimientos que enmarcan la legislación propuesta. Entre ellos se incluye la definición de terrorismo como una "grave amenaza para la paz y la seguridad" que afecta tanto a las personas como a los bienes, y la opinión de que el gobierno debe tomar "fuertes medidas preventivas y preparatorias centradas [en] la naturaleza del delito". – OL ETH 3/2019

Guatemala

Granada

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. – OL GRD 1/2019

Honduras

Haiti

Junta Directiva de ICANN

  • 20 diciembre 2019 - sobre la propuesta de transferencia del Registro de Interés Público (PIR) por parte de la Internet Society (ISOC) a una empresa de capital privado. El acuerdo propuesto plantea serias dudas sobre la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil y otras personas y entidades de interés público para seguir disfrutando del espacio para el ejercicio de los derechos de libertad de expresión y asociación que ofrece el dominio .ORG gestionado por el PIR. – OL OTH 60/2019

India

  • 06 mayo 2020 - relativa a la Ley de Enmienda de Actividades Ilegales (Prevención) de 2019 (la Ley enmendada), a la actual legislación antiterrorista, la Ley de Prevención de Actividades Ilegales de 1967 (la Ley), que establece procedimientos específicos para hacer frente a las actividades terroristas. Contiene la designación de personas como "terroristas" en el contexto de la discriminación actual contra las minorías religiosas y de otro tipo, los defensores de los derechos humanos y los disidentes políticos. – JOL IND 7/2020

Jamaica

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. – OL JAM 1/2019

Kazajistán

  • 21 abril 2020 – El proyecto de ley prevé restricciones que no se ajustan a las normas internacionales, como obligaciones excesivas para los organizadores y los participantes en las reuniones, procesos de autorización para determinadas reuniones y restricción del uso del espacio público. – OL KAZ 1/2020

Kirguistán

  • 06 mayo 2020 – En relación con el proyecto de ley de la República Kirguisa sobre la lucha contra el terrorismo, que sustituirá a la Ley de la República Kirguisa "sobre la lucha contra el terrorismo", adoptada el 8 de noviembre de 2006. El proyecto de ley suscita preocupación por el principio de confidencialidad sobre las herramientas, técnicas y tácticas de lucha contra el terrorismo y socava la responsabilidad legal y disuade de la transparencia a los actores militares, de inteligencia y de seguridad. – JOL KGZ 3/2020
  • 09 marzo 2020 - sobre el proyecto de ley nº 6-28018/19 que introduce modificaciones en la Ley de Organizaciones No Comerciales (Ley de OCN) en la que se exige que "la organización no comercial que opere a expensas de subvenciones, fondos presupuestarios y otros recursos monetarios y materiales recibidos gratuitamente" publique anualmente "información sobre las fuentes de financiación y el gasto de los activos en el sitio web especializado del organismo registrador". El proyecto de ley también establece que "la forma y el procedimiento para el suministro de información son determinados por el Gobierno de la República Kirguisa". – OL KGZ 1/2020

Malawi

  • 24 diciembre 2018 - En relación con el Proyecto de Ley de Enmienda de las Organizaciones No Gubernamentales de 2018 (Proyecto de Enmienda), en el que, si se aprueba, puede eliminar el papel de las ONG existentes en la autoridad de supervisión, conceder una amplia discreción a la nueva autoridad reguladora para llevar a cabo inspecciones e imponer requisitos de presentación de informes a las ONG, y aumentar las penas y establecer sanciones penales, incluyendo hasta siete años de prisión, por no cumplir con la Ley de ONG. – OL MWI 2/2018

México

Mozambique

  • 18 septiembre 2018 – Respecto al decreto de medios de comunicación 40/2018, dictado por el Consejo de Ministros, que tiene por objeto establecer un régimen jurídico para la concesión de licencias y el registro de todo tipo de medios de comunicación (artículo 1) e introduce un sistema de tasas para ello, elaborado en el anexo del decreto, e impone tasas exorbitantes a los medios de comunicación locales y extranjeros que operan en el país. - OL MOZ 2/2018

Myanmar

  • 29 mayo 2018 - En relación con un proyecto de ley sobre Organizaciones No Gubernamentales Internacionales (ONGI) que, si se aprueba, puede tener graves consecuencias para la sociedad civil, en particular para las ONGI que operan en Myanmar. Restringe severamente el ámbito de actividades de las ONGI al circunscribir las actividades permitidas e impone importantes requisitos para que las ONG puedan operar en Myanmar. – OL MMR 1/2018 Respuesta del Gobierno: 06 agosto 2018

Nepal

  • 15 julio 2019 - relativa a un proyecto de enmienda para revisar la actual Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) de 2012, que podría socavar gravemente la autoridad, la eficacia y la independencia de la CNDH y limitar la capacidad del pueblo nepalí para acceder a la justicia. – OL NPL 2/2019
  • 11 julio 2018 - En relación con la Política Nacional de Integridad y Ética 2074 (Política). Puede tener graves efectos negativos en las actividades de las organizaciones y de la sociedad civil en general, ya que la Política tiene 13 puntos sobre las organizaciones no gubernamentales (ONG) y 25 asuntos relativos a las organizaciones no gubernamentales internacionales (ONGI) y relacionados con la comunidad diplomática, los órganos constitucionales, el mundo académico, el sector privado y las cooperativas. – OL NPL 1/2018

Panamá

Paraguay

Perú

Filipinas

  • 29 junio 2020 - Observaciones sobre la legislación pendiente "La Ley Antiterrorista de 2020" (la Ley), que suscita graves preocupaciones, especialmente en lo que respecta a la designación de personas y organizaciones humanitarias y de la sociedad civil como "terroristas", en el contexto de la actual discriminación dirigida contra las minorías religiosas y de otro tipo, los defensores de los derechos humanos y los opositores políticos. – JOL PHL 4/2020

Polonia

  • 23 abril 2018 - Con respecto a la ley "Sobre soluciones específicas relacionadas con la organización de las sesiones de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en la República de Polonia", que parecen restringir significativamente el ejercicio de los derechos humanos por parte de los defensores de los derechos humanos ambientales y los miembros del público. – OL POL 3/2018 Respuesta del Gobierno: 23 mayo 2018

Saint Kitts y Nevis

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario.- OL KNA 2/2019

Santa Lucía

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. - OL LCA 1/2019

San Vicente y las Granadinas

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. - OL VCT 1/2019

Sierra Leona

  • 22 febrero 2019 - En relación con el Marco de Cooperación al Desarrollo (MCD) (2019-2023), que define los objetivos y principios generales en torno a la asociación para el desarrollo, así como los compromisos de los distintos socios que apoyan el proceso de desarrollo en el país, y que ha sido presentado recientemente al Consejo de Ministros. El MCD contiene una serie de disposiciones que interfieren con el derecho a la libertad de asociación y la libertad de expresión. – OL SLE 1/2019 Respuesta del Gobierno: 1 marzo 2019

Suriname

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. – OL SUR 1/2019

República Unida de Tanzania

  • 24 junio 2020 - en relación con las enmiendas a la Ley de Aplicación de Derechos y Deberes Básicos (1994), aprobadas por el Parlamento de Tanzania el 10 de junio de 2020 mediante la Ley de Leyes Escritas (Enmiendas Diversas) (nº 3) de 2020 y a la espera de la promulgación presidencial. Las enmiendas suscitan preocupación porque limitan la capacidad de la sociedad civil y de los individuos para defender los derechos de las personas, grupos y comunidades vulnerables, ya que les exige que demuestren cómo se han visto afectados personalmente por el asunto que se presenta ante el tribunal, cuya ausencia conduce a la inadmisibilidad del caso. – OL TZA 2/2020

Togo

  • 11 septiembre 2019 – relativa a las condiciones para el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica, aprobada el 7 de agosto de 2019 por la Asamblea Nacional. Se refiere a las denuncias de uso excesivo de la fuerza, a las restricciones del derecho a la libertad de manifestación pacífica registradas el 11 de abril de 2019, a los casos de detenciones e intimidación de manifestantes y defensores de los derechos humanos. OL TGO 1/2019

Túnez

  • 11 septiembre 2019 – en relación con el proyecto de ley sobre reuniones pacíficas que pretende modificar la ley vigente de 1969 (ley nº 196-4). El proyecto de ley no incluye mejoras relacionadas con la prohibición general de las reuniones, las limitaciones indebidas en cuanto a la ubicación, ni en cuanto al momento y las modalidades de las manifestaciones y la criminalización de las reuniones y manifestaciones públicas espontáneas. OL TUN 5/2019

Túnez

  • 26 agosto 2019 – sobre el proyecto de ley nº 91-2018 que pretende modificar la legislación tunecina sobre el estado de emergencia. Sin embargo, el uso del estado de emergencia en Túnez debe ser revisado para garantizar su conformidad con el derecho internacional. OL TUN 4/2019 Respuesta del Gobierno: 18 noviembre 2019

Trinidad y Tobago

  • 15 julio 2019 – Sobre el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación y la Justicia en Materia Ambiental en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) que no ha entrado en vigor por no haber adquirido el número mínimo de 11 ratificaciones. Este tratado regional histórico no sólo garantiza la buena gobernanza ambiental y los derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participación en los procesos de toma de decisiones y de recurso, sino que también es un catalizador para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Pone un fuerte énfasis en el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable. El Relator Especial insta al Gobierno a ratificar el Acuerdo de Escazú con carácter prioritario. – OL TTO 1/2019

Uganda

  • 11 septiembre 2018 - En relación con las enmiendas legislativas que introducen el impuesto Over-The-Top en las empresas de telecomunicaciones, en las que las empresas de telecomunicaciones de Uganda bloquean el acceso a las plataformas de medios sociales para todos los usuarios y les exigen el pago del impuesto Over-The-Top (OTT). Esto restringe gravemente el derecho a la libertad de opinión y de expresión, así como los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación en línea en Uganda. – OL UGA 3/2018

Ucrania

  • 17 julio 2020 - en relación con el proyecto de ley "Sobre las enmiendas a determinados actos legislativos de Ucrania (en relación con algunas cuestiones de la actividad sindical" Reg. nº 2681), que incluye varias disposiciones que, si se aprueban, podrían ser incompatibles con las obligaciones de Ucrania en virtud del derecho y las normas internacionales de derechos humanos y debilitarían las competencias de los sindicatos, incluido el derecho de huelga. - OL UKR 2/2020

Uruguay

Venezuela (República Bolivariana de)

VER ESTA PÁGINA EN: