Skip to main content
 

El 10 de abril de 2015, el Consejo de Derechos Humanos aprobó la resolución A/HRC/RES/28/6 sin someterla a votación. En virtud de esta resolución, se estableció por un periodo de tres años el mandato de un Experto Independiente sobre el disfrute de los derechos humanos de las personas con albinismo, con los siguientes cometidos:

  • Entablar un diálogo con los Estados y otros interesados pertinentes, incluidos los organismos, programas y fondos de las Naciones Unidas, los mecanismos regionales de derechos humanos, las instituciones nacionales de derechos humanos, el sector privado y los donantes, y celebrar consultas con ellos;
  • Identificar, intercambiar y promover las buenas prácticas en relación con la efectividad de los derechos de las personas con albinismo y la participación de estas en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás;
  • Impulsar los avances, y hacer frente a los desafíos y los obstáculos, para hacer efectivo el disfrute de los derechos humanos de las personas con albinismo en todas las regiones del mundo, presentar informes sobre ello y formular recomendaciones al respecto al Consejo de Derechos Humanos;
  • Recabar, solicitar y recibir información y comunicaciones de los Estados y otras fuentes pertinentes, incluidas las personas con albinismo, las organizaciones que las representan y otras organizaciones de la sociedad civil, e intercambiarlas con ellos, sobre vulneraciones de los derechos de las personas con albinismo;
  • Organizar, facilitar y apoyar la prestación de servicios de asesoramiento, asistencia técnica, fomento de la capacidad y cooperación internacional en apoyo de las iniciativas nacionales para hacer efectivos los derechos de las personas con albinismo y prevenir la violencia;
  • Crear conciencia sobre los derechos de las personas con albinismo y combatir los estereotipos, los prejuicios y las prácticas y creencias tradicionales nocivas que limitan el disfrute de los derechos humanos de esas personas y su participación en la sociedad en pie de igualdad con las demás;
  • Promover la toma de conciencia de las aportaciones positivas de las personas con albinismo e informar a estas personas de sus derechos;
  • Presentar informes al Consejo de Derechos Humanos, a partir de su 31º período de sesiones, y a la Asamblea General;

En la resolución también se recomendó al Experto Independiente que integrase una perspectiva de género en todas las actividades del mandato y que prestara especial atención a los problemas y las necesidades de las mujeres y las niñas para hacer frente a las formas múltiples, interrelacionadas y agravadas de discriminación con que se encuentran las niñas y mujeres con albinismo.

El mandato del Experto Independiente fue prorrogado por la resolución 46/12 del Consejo de Derechos Humanos, aprobada sin votación el 21 de marzo de 2021.