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Nombre IMM: Comisión para la Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad, Ministerio de Justicia

Tipo IMM: Organismo de igualdad

Fecha de ratificación de la CDPD: 28 de septiembre de 2012

Marco jurídico del IMM: Resolución del Gobierno nº 5100 del 10 de septiembre de 2012

Israel ratificó la CDPD el 28 de septiembre de 2012. La Comisión para la Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad se creó en el Ministerio de Justicia israelí en agosto de 2000. La Comisión se encarga de aplicar la Ley de Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad de 1998 y otras leyes relativas a las personas con discapacidad. Tras la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad por el gobierno israelí en septiembre de 2012, la Comisión fue nombrada por resolución gubernamental nº 5100 de 10 de septiembre de 2012 como punto focal y órgano de coordinación en relación con la promoción, protección y monitoreo de la aplicación de la Convención, de conformidad con el artículo 33 de la Convención.

El IMM es un organismo de igualdad y forma parte del Ministerio de Justicia. El Ministerio de Justicia es uno de los principales ministerios administrativos del gobierno de Israel. Su función es impartir justicia y servir al público en el ámbito judicial de acuerdo con la política gubernamental, protegiendo al mismo tiempo el Estado de Derecho, los derechos humanos y los valores fundamentales de Israel como Estado judío y democrático en el que todos son iguales ante la ley. El Ministerio se encarga de una amplia gama de asuntos jurídicos y profesionales.

Con el fin de promover la aplicación de la Ley de Igualdad de Derechos, y de conformidad con el artículo 33 de la Convención, que exige la designación de uno o más centros de coordinación dentro del gobierno para la promoción y monitoreo de la Convención, el Gobierno israelí designó a la Comisión como entidad responsable de incorporar y supervisar la aplicación de la Convención. La Comisión se creó en virtud de la Ley de Igualdad de Derechos dentro del Ministerio de Justicia como organismo nacional dedicado a garantizar y promover la igualdad de derechos de todas las personas con discapacidad. La Comisión se fundó en 2000 y se encarga de promover y hacer cumplir la Ley de Igualdad de Derechos, así como otras leyes que afectan a las personas con discapacidad, con el fin de promover la igualdad y abolir la discriminación, promover la inclusión y la participación activa de las personas con discapacidad en la sociedad israelí. La Comisión es un órgano independiente dentro del Ministerio de Justicia, dispone de presupuesto, oficinas y personal independientes y tiene una competencia cuasi jurisdiccional.

La Comisión tiene tres sucursales regionales en Jerusalén, Tel Aviv-Jaffa y Haifa. La Comisión proporciona información y asesoramiento jurídico, trabaja para aumentar la concientización, publica directrices, promueve cambios legislativos y políticos, realiza inspecciones, recopila datos y organiza cursos, formación profesional y conferencias sobre los derechos de las personas con discapacidad. Además, y como componente vital de sus operaciones, la Comisión ejerce sus competencias estatutarias de ejecución. De esta manera, la Comisión presenta demandas exigiendo la no discriminación y la accesibilidad en relación con el empleo, los lugares públicos y los servicios. La Comisión también tiene autoridad específica para inspeccionar la accesibilidad de los lugares y servicios públicos y emitir órdenes de accesibilidad, como se indica más adelante. Además, la Comisión tiene la función de recibir quejas relativas a la discriminación en virtud de la Ley.

A raíz de las denuncias, la Comisión puede presentar demandas civiles y penales ante los tribunales pertinentes. La Comisión también presenta documentos de posición en varios casos judiciales en curso. Los procedimientos pueden dar lugar a una serie de soluciones, incluida la indemnización del denunciante a cargo de la parte discriminatoria.

El IMM también tiene encomendadas las siguientes funciones:

  • Promover los derechos de las personas con discapacidad, entre otras cosas mediante la educación, la divulgación, los medios de comunicación, la formación y el desarrollo de capacidades. La Comisión considera que la sensibilización es una de sus principales prioridades. La visión de la Comisión es promover la igualdad de derechos de las personas con discapacidad no sólo mediante el uso de herramientas jurídicas, sino también a través de herramientas sociales como los medios de comunicación social, campañas y seminarios de formación. Las actividades de la Comisión con este fin incluyen, entre otras: aumentar la concientización a través de los medios de comunicación israelíes, mantener una campaña anual de concientización pública, llevar a cabo actividades de concientización, conferencias y seminarios
  • Proteger los derechos de las personas con discapacidad, entre otras cosas recibiendo, investigando y resolviendo quejas, o mediando en conflictos y supervisando actividades y reportando. La Comisión recibe unas siete mil quejas y consultas al año, proporciona información y orientación, media en los conflictos y actúa para resolver las quejas, investiga los casos pertinentes y presenta demandas civiles y penales, así como demandas colectivas
  • Supervisar la aplicación de la CDPD. La comisión realiza inspecciones sobre accesibilidad y representación adecuada en el empleo y actúa a través de su autoridad legal cuando es necesario. Actúa para proteger los derechos de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida, las políticas y la legislación. También realiza visitas sin previo aviso en servicios de vida fuera del hogar y hospitales psiquiátricos. La comisión recopila datos estadísticos sobre las personas con discapacidad en Israel, así como información pertinente de las oficinas gubernamentales.

La Comisión actúa en todos los ámbitos que se encuentran bajo su responsabilidad con arreglo a un plan anual y ha emprendido las siguientes actividades:

  • Evaluar el cumplimiento político, legislativo y administrativo con la CDPD. La Comisión participa en la legislación y las políticas destinadas a promover el cumplimiento de la CDPD
  • Ofrecer asesoramiento jurídico y político para garantizar el cumplimiento de la CDPD y otras obligaciones internacionales pertinentes del Estado en materia de derechos humanos. La Comisión trabaja con todas las oficinas gubernamentales para promover políticas que cumplan la CDPD y realizar los ajustes políticos y jurídicos necesarios.
  • Iniciar o realizar estudios de investigación sobre los derechos de las personas con discapacidad: la Comisión publica datos estadísticos anuales, realiza estudios de investigación (como personas con discapacidad durante la crisis COVID-19, índice de accesibilidad, participación social de las personas con discapacidad)
  • Recibir y examinar quejas o revisar el resultado de las quejas recibidas por la INDH: la Comisión recibe miles de quejas al año y actúa para resolverlas.
  • Realizar investigaciones sobre los derechos de las personas con discapacidad. Se realizan inspecciones e investigaciones sobre accesibilidad, empleo, discriminación en los servicios y cuestiones generales relacionadas con los derechos de las personas con discapacidad.
  • Participar en la preparación de los informes periódicos del Estado Parte al Comité de la CDPD.
  • Cooperar con otros mecanismos nacionales, según proceda, como el Parlamento, el Mecanismo Nacional de Prevención (MNP), las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH) y los Organismos de Igualdad, con el fin de reforzar el monitoreo de los derechos humanos y la elaboración de informes a escala nacional. La Comisión colabora estrechamente con numerosas entidades del sector público, en concreto con el Parlamento y el Contralor del Estado en cuestiones relevantes.
  • Coordinarse con el punto o puntos focales designados en el gobierno en virtud del artículo 33.1 para asuntos relacionados con la aplicación de la Convención. Como centro de coordinación para todas las cuestiones relativas a los derechos de las personas con discapacidad, la Comisión trabaja con todos los ministerios y organismos gubernamentales en cuestiones relacionadas con la aplicación de la Convención.
  • Servir de enlace con los Mecanismos nacionales de implementación, presentación de informes y seguimiento sobre cuestiones relativas a la aplicación de la CDPD. La Comisión trabaja con el Departamento de Derecho Internacional y con el Ministerio de Asuntos Exteriores, incluidas las misiones ante la ONU, y proporciona datos para la información y el seguimiento.

Los miembros del IMM son personas con discapacidad y representantes de organizaciones de personas con discapacidad. La Comisión cuenta con un Comité Asesor. La Ley exige que la mayoría de los miembros del Comité Asesor sean personas con discapacidad. Además, las mujeres con discapacidad y las organizaciones que las representan participan en la composición y las funciones directivas de la Comisión. El gobierno nombra al Comisionado. El personal de la Comisión son funcionarios y están contratados de acuerdo con todas las leyes y reglamentos de la función pública. El Comité Asesor se nombra una vez cada tres años; sus 18 miembros son representantes de ONG o grupos de incidencia, expertos académicos, expertos jurídicos y representantes públicos.

Entre las actividades de seguimiento en las que han participado las personas con discapacidad o las organizaciones que las representan figuran:

  • Seguimiento de las políticas públicas y la legislación relativa a las personas con discapacidad
  • Supervisar la situación de las personas con discapacidad en instituciones como centros de atención residencial y otros lugares de institucionalización.
  • Participar en iniciativas conjuntas entre el Mecanismo Nacional de Prevención o el Mecanismo de Monitoreo Independiente para supervisar los lugares de detención, incluidas las prisiones, las comisarías de policía y las instituciones de salud mental.

Las personas con discapacidad asisten al proceso de toma de decisiones del mecanismo de monitoreo independiente y tienen voz en todas las deliberaciones. Las personas con discapacidad, como expertos designados en materia de discapacidad, son invitadas y/o contratadas para apoyar programas específicos en el mecanismo de Monitoreo independiente. Las personas con discapacidad que vigilan sus derechos pueden presentar conclusiones o denuncias de violaciones de derechos humanos al mecanismo de monitoreo independiente.

Nota: Si desea rectificar o proporcionar más información sobre su IMM, póngase en contacto con ohchr-CRPDIMM@un.org

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