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La Declaración sobre los defensores de los derechos humanos, aprobada por la Asamblea General en su resolución 53/144, se basa en los derechos humanos consagrados en instrumentos internacionales jurídicamente vinculantes y los incorpora.

La Declaración reafirma los derechos que son fundamentales para la defensa de los derechos humanos, incluidos, entre otros, la libertad de asociación, la libertad de reunión pacífica, la libertad de opinión y expresión, y el derecho a acceder a la información, a prestar asistencia letrada y a desarrollar y debatir nuevas ideas en la esfera de los derechos humanos. (Vea A/63/288, anexo, parráfo 2).

Así pues, la Declaración exige que los Estados

  • Reconocer el valor y la importante contribución de los defensores de los derechos humanos a la paz, el desarrollo sostenible y los derechos humanos;
  • Respetar a los defensores de los derechos humanos sobre una base no discriminatoria, protegerlos contra toda acción arbitraria como consecuencia del ejercicio legítimo de los derechos a los que se hace referencia en la Declaración, y garantizar el acceso a recursos efectivos en caso de violaciones e investigaciones rápidas e imparciales de las presuntas violaciones;
  • Reforzar su labor creando un entorno propicio, mediante medidas legislativas, administrativas y de otra índole, promoviendo la comprensión pública de los derechos humanos, creando instituciones nacionales independientes para la promoción y protección de los derechos humanos y fomentando la enseñanza de los derechos humanos.

La Relatora Especial sobre los Defensores de los Derechos Humanos proporciona La comprensión de esta Declaración....

La Declaración está disponible en los seis idiomas oficiales de la ONU, así como en otros 42.

Ver todas las traducciones de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos*

Lea la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos en su totalidad.