Convocatoria de aportaciones: Informe sobre el colonialismo, la orientación sexual e la identidad de género
Publicado por
Experto Independiente sobre la orientación sexual e identidad de género
Publicado
25 julio 2023
Publicado por
Experto Independiente sobre la orientación sexual e identidad de género
Publicado
25 julio 2023
Publicado por Procedimientos Especiales
Tema
Orientación sexual e identidad de género
Número del símbolo
A/78/227
Resumen
En el presente informe, el Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, Víctor Madrigal-Borloz, examina las repercusiones del colonialismo y la descolonización en la formación continua y la perpetuación de costumbres sociales perjudiciales relacionadas con la orientación sexual y la identidad de género, así como el vínculo de ellas con el disfrute de los derechos humanos.
El Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género (IE SOGI), Sr. Víctor Madrigal-Borloz, dedicará su informe a la 78º sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas a estudiar las repercusiones históricas y actuales del colonialismo en el disfrute de los derechos humanos por parte de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans y de género diverso (LGBT).
Este informe examinará la regulación colonial pasada y presente de la orientación sexual y la identidad de género a través de leyes, políticas y prácticas, y cómo dicha regulación sigue afectando a las vidas de las personas LGBT, incluso a través de capas de influencia cultural y costumbres sociales sobre los conceptos de género y sexualidad. Este informe también explorará los fundamentos jurídicos y los medios disponibles para tener en cuenta los legados del colonialismo en el disfrute de los derechos humanos por parte de todas las personas, incluidas las personas y comunidades LGBT. Por último, el informe dará cuenta de las diferentes medidas jurídicas o políticas que se han adoptado para reconocer y ofrecer reparación y resarcimiento por los impactos del colonialismo en la regulación de la orientación sexual y la identidad de género a escala regional o nacional.
El 14 de diciembre de 1960, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la resolución 1514 (XV), sobre la Concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, en la que reconocía que “[l]a sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales”. En la Declaración y el Programa de Acción de Durban, las Naciones Unidas reconocieron además que “el colonialismo ha llevado al racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, y que los africanos y los afrodescendientes, las personas de origen asiático y los pueblos indígenas fueron víctimas del colonialismo y continúan siéndolo de sus consecuencias” y hacen un llamamiento a todos los Estados interesados “a fin de que adopten medidas adecuadas y eficaces para hacer cesar e invertir las consecuencias duraderas” de las prácticas coloniales.
El mandato ha reunido información que sugiere claramente que, en diversos grados, los proyectos coloniales incluían la regulación de la sexualidad y el género. En todo el mundo se crearon, aplicaron o hicieron cumplir leyes, políticas y prácticas con el objetivo de extender el control social colonial a los ámbitos de la sexualidad, los afectos, la familia, el género y la identidad de género. Éstas han tenido una influencia duradera en los sistemas jurídicos y el tejido social de los territorios colonizados hasta nuestros días. El colonialismo ha producido una compleja red de conexiones entre las leyes del pasado, los legados jurídicos y culturales coloniales del presente y la violencia y la discriminación contemporáneas por motivos de orientación sexual y identidad de género. Las leyes, políticas y prácticas coloniales también han configurado la aceptación (y el rechazo) social de las diversas orientaciones sexuales e identidades de género.
Las diversas orientaciones sexuales e identidades de género existen, y han existido, en todas las partes del mundo y en todas las épocas de la historia. Los procesos de colonización se han asociado durante mucho tiempo a la supresión de concepciones o expresiones de orientación sexual e identidad de género que eran fundamentalmente diferentes de las de la potencia colonizadora. Estas prácticas se consideraban a menudo "desviadas" o "bárbaras" y se condenaban en términos muy influidos por las religiones institucionalizadas de las potencias colonizadoras. Los legados de la subyugación de los pueblos colonizados a través de la violencia sexual también se han reflejado en la supresión de la expresión cultural y sexual precolonial a través de la legislación y la aplicación de la ley.
Las leyes han desempeñado un papel central en estos procesos. Durante los años de colonización, se introdujeron nuevos sistemas jurídicos que a menudo se mantuvieron tras el fin formal del dominio colonial. Los códigos legales prohibían expresamente las formas de orientación sexual e identidad de género, las prácticas sexuales y también las prácticas y expresiones culturales que acompañaban a estas formas de expresión. Muchos códigos jurídicos contemporáneos que no protegen contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual y identidad de género reproducen los antecedentes coloniales o han estado muy influidos por ellos. Aunque en algunos casos estos códigos han sido derogados o reformados, en otros han pasado a ser reivindicados como parte del patrimonio nacional de las antiguas colonias. Las leyes han permitido prácticas coloniales profundamente contrarias a los derechos de las personas LGBT; sin embargo, los marcos jurídicos también pueden contemplar el respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos humanos de las personas LGBT.
El Experto Independiente invita a todos los Estados interesados, organizaciones de la sociedad civil, académico/as, organizaciones internacionales, instituciones nacionales de derechos humanos, activistas, corporaciones y otros, a proporcionar aportaciones por escrito a las siguientes preguntas para su informe temático. Se aceptan aportaciones en relación con prácticas particulares en Estados o territorios, así como aportaciones más generales relativas a regiones o a la comunidad internacional en su conjunto.
Las siguientes preguntas pretenden orientar la formulación de las aportaciones. Sólo es necesario abordar aquellas para las que se dispone de pruebas.
Chile: note verbale | annex-1 | annex-2 | annex-3 | annex-4
Mexico: note verbale | input
South Africa: note verbale | input
Brazilian Lesbian Articulation
Colours Caribbean: input-1 | input-2 | annex-1 | annex-2 | annex-3 | annex-4
Eastern European Coalition for LGBT+ Equality
Erkindik Qanaty (Wings of Freedom): input-1 | input-2
Human Rights Platform and Queer Cyprus Association
Human Rights Watch: input-1 | input-2
ILGA World Joint Submission: input-1 | input-2
International Commision of Jurists: input-1 | input-2 | input-3
International Federation for Therapeutic and Counselling Choice
IPPF Center of Excellence on Sexual and Gender Diversity: input | annex-2 | annex-1
Kaleidoscope Trust: input-1 | input-2
Nyasa Rainbow Alliance: input-1 | input-2 | input-3
Outright International: input-1 | input-2
Red de Litigantes LGBTI+ de las Américas
Reuniting of African Descendants (ROAD)
Key Population Advocacy Consortium
Laurent Francis Ngoumou: input-1 | input-2
Ochieng Oginga: input-1 | input-2 | input-3 | input-4
Queen's University Belfast: input | annex-1 | annex-2 | annex-3
Sarkar: input-1 | input-2 | input-3 | input-4 | input-5 | input-6
Six LGBTQIA2S+ Human Rights Defenders
University of Pretoria: input-1 | input-2 | input-3 | input-4 | input-5