Skip to main content

Experto de las Naciones Unidas pide una reforma que ponga fin a la explotación laboral en las prisiones

02 octubre 2024

Reclusas del penal de LoWu fabrican batas aislantes que protegen de las enfermedades infecciosas, en Sheung Shui, Nuevos Territorios, Hong Kong, el 3 de mayo de 2013 © EPA/ALEX HOFFORD
© EPA/ALEX HOFFORD

“Las normas del derecho internacional humanitario reconocen el derecho de los reclusos a desempeñar un trabajo decente”, declaró el Relator Especial sobre las formas contemporáneas de esclavitud, Tomoya Obokata, durante la presentación de su último informe al Consejo de Derechos Humanos que tuvo lugar recientemente en Ginebra.

El informe de Obokata hace hincapié en las diversas modalidades de explotación, a veces inadvertidas, que se practican en el mundo entero sobre las personas encarceladas, muchas de ellas sometidas a condiciones laborales inaceptables y a trabajos forzados.

Aunque el derecho internacional autoriza el trabajo durante la reclusión, Obokata señaló que esas actividades deben cumplir con requisitos estrictos. Entre estas condiciones figuran la de que exista una sentencia de un tribunal que se ajuste a las normas del derecho internacional del trabajo y de los derechos humanos, la supervisión del trabajo a cargo de las autoridades públicas y las salvaguardas para quienes laboren para las empresas privadas y las firmas comerciales. 

Obokata afirmó también que a menudo las personas encarceladas se enfrentan a largas horas de trabajo sin recesos ni días de descanso, así como un acceso limitado a la atención sanitaria, las medidas de seguridad o los beneficios de la seguridad social.

“Por lo general, los reclusos carecen de oportunidades para realizar trabajos interesantes y los salarios son insuficientes; de ahí que las personas encarceladas no alcancen a cubrir sus necesidades, ni a mantener a sus seres queridos ni ahorrar para el futuro”, dijo el Relator Especial.

El experto señaló además que el trabajo suele usarse como medio de coerción política o como castigo a quienes expresan opiniones disidentes, e insistió en que en ambos casos se trata de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos. La explotación sexual, el acoso y la violencia son otras tantas preocupaciones que afectan a los reclusos en distintas partes del mundo.

A fin de abordar estos retos, Obokata pidió que se apliquen reformas urgentes, entre otras que se proporcione educación y formación profesional en las instituciones penitenciarias, a fin de contribuir a la rehabilitación.

El experto hizo hincapié en la importancia de abordar la discriminación y estigmatización de los ex reclusos, fenómenos que limitan su acceso a la educación, la obtención de un empleo decente, una vivienda asequible y otros servicios  públicos, lo que a su vez aumenta el riesgo de reincidencia o de explotación ulterior.

“Las formas de discriminación interconectadas también han de reconocerse claramente y deben abordarse con eficacia en el caso de determinados colectivos, tales como los pueblos indígenas, las minorías, las personas de orientación sexual o identidad de género distinta, los jóvenes, los ancianos y las personas con discapacidades, que siguen sujetas a diversas modalidades de discriminación en lo relativo a la rehabilitación y la reintegración”, añadió.

El Relator Especial instó a los Estados a que refuercen las medidas de supervisión, rendición de cuentas y acceso a la justicia para las personas encarceladas, y a que se aseguren de que dichas personas están protegidas de toda forma de explotación.

“Me resultó alentador conocer algunos ejemplos positivos puestos en marcha por diversos Estados, entre otros el requisito del consentimiento informado, el derecho de acceder a los beneficios de la seguridad social, la existencia de contratos escritos en los que se especifica la ideoneidad de las condiciones laborales y el apoyo económico a las familias de los reclusos”, declaró Obokata.

Asimismo, el Relator exhortó a los gobiernos a incrementar su colaboración con otras partes interesadas, a fin de mejorar la rehabilitación y reintegración de los presos, y reducir su vulnerabilidad a la reincidencia y a las formas contemporáneas de esclavitud, una vez que hayan recuperado la libertad. 

VER ESTA PÁGINA EN: