El final de las leyes que obligan a la víctima a casarse con su violador está cada vez más cerca
25 agosto 2017
Fue un momento culminante para los activistas de los derechos de las mujeres y los niños en Túnez, para quienes el artículo 227bis del Código Penal tunecino, conocido como el “artículo de la vergüenza”, tenía que ser derogado.
En diciembre de 2016, el tribunal de primera instancia de Kef, una pequeña localidad al noroeste de Túnez, ordenó a una muchacha de 13 años a casarse con el hombre que la había violado y dejado embarazada.
“Cuando se trata de una niña de 13 años, no se puede hablar de consentimiento; se trata, sin ningún tipo de duda, de un caso de violación”, afirmó Houda Abboudi, que dirige los servicios de protección de la infancia en Kef. “La sentencia del tribunal no tuvo en cuenta los intereses de esta menor quien, por si fuera poco, tendrá que casarse con su violador, en lo que constituye una clara violación de su integridad mental y física”, añade.
El artículo 227bis no reconocía que las relaciones sexuales con menores fueran una violación, como establecen las normas internacionales, sino que admitía el concepto de “agresión sexual con consentimiento”, que permitía al adulto casarse con la menor con la que había mantenido relaciones sexuales sin violencia y, de paso, evitar la inculpación.
A principios de este mes Túnez, Jordania y Líbano avanzaron un paso más en la defensa de los derechos de las mujeres al derogar las normas legales que permitían que los violadores que se casaban con sus víctimas evitasen la imputación.
Este gesto sigue la tendencia marcada por Egipto, en 1999, y Marruecos, en 2014, que modificaron las leyes que permitían que los violadores y secuestradores eludiesen el procesamiento penal al casarse con sus víctimas. Marruecos abolió una cláusula del artículo 475 del Código Penal que permitía evitar el juicio el juicio si la menor consentía en casarse con su agresor.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, ha aplaudido estas reformas y señaló que “las leyes que [castigan] a la víctima de una violación obligándola a casarse con quien ha cometido un gravísimo crimen contra ella son algo que no tiene cabida en el mundo actual”.
Los logros registrados en estos países son el resultado de años de campañas por parte de los activistas de derechos humanos y los grupos de defensa de los derechos de la mujer, a quienes les gustaría que estas reformas no se detuviesen aquí.
Las ONG locales han advertido que los efectos perversos del artículo 522 derogado del Código Penal libanés se mantienen en el artículo 505, que permite el estupro si la menor tiene al menos 15 años y se casa con su agresor. También han destacado que es necesario abolir el artículo 518, relativo la seducción de una menor con la promesa de matrimonio, ya que, de manera implícita, niega la posibilidad de la violación marital.
El proceso de adopción de la nueva ley tunecina que protege a las mujeres de la violencia de género se inició en 2012 con la recuperación de la “Estrategia nacional contra la violencia ejercida contra la mujer a lo largo de toda su vida”, iniciada en 2008.
Desde entonces, la Oficina del ACNUDH en Túnez ha colaborado con el proceso fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil en los foros dedicados a la redacción de la nueva legislación y proporcionando asesoría técnica. La Oficina, junto con Rachida Manjoo, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer, también ha prestado su colaboración organizando una sesión de trabajo para miembros del comité de redacción de la nueva ley.
Por fin, un año después de su presentación a la Asamblea Nacional, la ley ha sido aprobada y entrará en vigor en enero de 2018, abriendo la vía para que las mujeres -entre otros colectivos- busquen el amparo de la ley frente a cónyuges y parientes violentos.
La reforma legislativa jordana se ha centrado en la derogación del artículo 308, que permitía perdonar a los violadores si desposaban a sus víctimas y permanecían casados al menos tres años. La derogación se aprobó en el Senado del país en agosto pasado.
El Alto Comisionado Zeid hizo un llamamiento a los gobiernos y los ciudadanos de Jordania, Líbano y Túnez -y de otros países de la región- para que “aprovechen este impulso positivo y obren en favor de la derogación inmediata de otras leyes que condonan la violencia sexual contra las mujeres y las niñas y perpetúan la discriminación contra ellas, en lo que supone una clara violación del derecho internacional de los derechos humanos.”
En Julio de 2017, el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer adoptó una nueva recomendación la Recomendación General No. 35, que ayudará a luchar contra la normalización y la banalización de la violación en muchos sistemas jurídicos del mundo. En concreto, el Comité insta a los Estados a que supriman todos los instrumentos legales que consagran, amparan, favorecen, justifican o toleran cualesquiera formas de violencia contra las mujeres. El comité también insta a los Estados a que luchen contra las actitudes sociales que, de manera infundada, responsabilizan a las mujeres de “su propia seguridad y de la violencia que padecen.
25 de agosto de 2017
Recomendación General No. 35 del CEDAW (PDF)
El Alto Comisionado Zeid acoge favorablemente la derogación de las leyes sobre violación en Jordania, Líbano y Túnez
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