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El Relator Especial toma medidas sobre las violaciones cometidas contra las víctimas de la trata de personas y sobre las situaciones en las que no se han protegido sus derechos humanos, incluyendo la garantía de una reparación adecuada de las violaciones sufridas y la prestación de la asistencia médica, psicológica, social y de otro tipo necesaria. El Relator Especial también actuará en los casos en que las leyes y/o políticas puedan tener un impacto negativo sobre los derechos humanos de las víctimas de la trata, en los países de origen, tránsito y destino, así como en los casos en que los esfuerzos para combatir o prevenir la trata puedan tener un impacto sobre los derechos humanos de las personas afectadas, ya sean migrantes, solicitantes de asilo o todos los ciudadanos del país o países afectados. El Relator Especial también actuará en los casos de trata dentro del mismo país (trata interna).

El Relator Especial enviará llamamientos urgentes siempre que reciba información que indique que, en el contexto de la trata, una persona o un grupo de personas se enfrentan a una violación inminente o continua de los derechos humanos. Los llamamientos urgentes son de carácter humanitario. A través de ellos, el Relator Especial advierte urgentemente al gobierno en cuestión sobre una situación específica y le pide que le informe sobre las medidas adoptadas para garantizar el pleno respeto de los derechos humanos de las personas afectadas.

En caso de que el Relator Especial reciba información sobre violaciones de los derechos humanos en el contexto de la trata de personas ocurridas en el pasado, transmitirá sus preocupaciones y un resumen de esta información al gobierno o gobiernos en cuestión para su aclaración.

El Relator Especial desea alentar a todos los actores e individuos pertinentes a que le presenten cualquier información fiable que puedan poseer con respecto a situaciones de trata y violaciones de los derechos humanos pertinentes. Con este fin, el Relator Especial ha elaborado esta hoja informativa para facilitar la presentación de información. Posteriormente, el Relator Especial puede decidir plantear situaciones a los gobiernos para solicitar sus comentarios y observaciones al respecto.

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