Acerca del mandato
Experto Independiente sobre la deuda externa
- Condiciones del mandato
- Relevant resolutions and decisions of the Human Rights Council
- Evolución del mandato
- Resoluciones y decisiones de la Comisión de Derechos Humanos
Las condiciones del mandato del Experto Independiente establecidas por el Consejo de Derechos Humanos resolución 43/10, que le piden que preste especial atención a:
(a) Las consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales;
(b) Los efectos de la deuda externa y de otras obligaciones financieras internacionales conexas en la capacidad de los Estados para elaborar y aplicar sus políticas y programas, incluidos los presupuestos nacionales que responden a requisitos vitales para la promoción de la realización de los derechos sociales;
(c) Medidas adoptadas por los gobiernos, el sector privado y las instituciones financieras internacionales para mitigar esos efectos en los países en desarrollo, especialmente en los países más pobres y muy endeudados;
(d) Los nuevos acontecimientos, las medidas y las iniciativas tomadas por las instituciones financieras internacionales, otros órganos de las Naciones Unidas y organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales con respecto a las políticas de ajuste estructural y los derechos humanos;
(e) Los efectos de la deuda pública, la reforma económica y las políticas de consolidación financiera en la realización de los objetivos de desarrollo sostenible;
(f) Repercusiones de las corrientes financieras ilícitas en el disfrute de los derechos humanos;
(g) El proceso encargado del seguimiento de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, con miras a señalar a su atención la cuestión de las consecuencias del ajuste estructural y de la deuda externa para el goce de los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales y culturales;
(h) Intensificación de las consultas con todos los interesados pertinentes en el cumplimiento del mandato.
Resoluciones y decisiones pertinentes del Consejo de Derechos Humanos
Sesión |
Símbolo |
Título |
46° sesión
2021 |
A/HRC/RES/46/8 | Consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
46° sesión
2021 |
A/HRC/RES/46/11 | Las repercusiones negativas en el goce de los derechos humanos de la no repatriación a los países de procedencia de los fondos de origen ilícito, y la importancia de mejorar la cooperación internacional |
43° sesión
2020 |
A/HRC/RES/43/10 | Mandato del Experto Independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
40° sesión
2019 |
A/HRC/RES/40/8 | Las consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
37° sesión
2018 |
A/HRC/RES/37/11 | Las consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
34° sesión
2017 |
A/HRC/RES/34/3 | Mandato del Experto Independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
31° sesión
2016 |
A/HRC/RES/31/22 | Repercusiones negativas en el goce de los derechos humanos de la no repatriación a los países de procedencia de los fondos de origen ilícito, e importancia de mejorar la cooperación internacional |
31° sesión
2016 |
A/HRC/RES/31/11 | Las consecuencias de la deuda externa y otras obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
28° sesión
2015 |
A/HRC/RES/28/5 | Repercusiones negativas en el goce de los derechos humanos de la no repatriación a los países de procedencia de los fondos de origen ilícito, e importancia de mejorar la cooperación internacional |
28° sesión
2015 |
A/HRC/RES/28/8 | Consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
27° sesión
2014 |
A/HRC/RES/27/30 | Consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales: las actividades de los fondos buitre |
25° sesión
2014 |
A/HRC/RES/25/16 | Mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
25° sesión
2014 |
A/HRC/RES/25/9 | Repercusiones negativas en el goce de los derechos humanos de la no repatriación a los países de procedencia de los fondos de origen ilícito, e importancia de mejorar la cooperación internacional |
23° sesión |
A/HRC/RES/23/11 | Consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
22° sesión |
A/HRC/RES/22/12 | Repercusiones negativas en el goce de los derechos humanos de la no repatriación a los países de procedencia de los fondos de origen ilícito, e importancia de mejorar la cooperación internacional |
20° sesión
2012 |
A/HRC/RES/20/10 | Mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y de las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
17° sesión
2011 |
A/HRC/RES/17/7 | Mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y de las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
16° sesión |
A/HRC/RES/16/14 | Mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y de las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
14° sesión |
A/HRC/RES/14/4 | Mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y de las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
12° sesión |
A/HRC/DEC/12/119 | Mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y de las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
11° sesión |
A/HRC/RES/11/5 | Mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y de las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
7° sesión |
Mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y de las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
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5° sesión |
Construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos |
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2° sesión |
Mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y de las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales |
Evolución del mandato
El mandato del Experto independiente ha tenido varios cambios a lo largo de los años. En un comienzo, la Comisión de Derechos Humanos estableció dos mandatos diferentes: el mandato del Experto independiente sobre las políticas de ajuste estructural, en 1997, y el mandato del Relator Especial sobre las consecuencias de la deuda externa para el goce efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales, en 1998.
Ambos mandatos se suspendieron en 2000, cuando se estableció el mandato del Experto independiente sobre las consecuencias de las políticas de ajuste estructural y la deuda externa para el goce efectivo de todos los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales y culturales. En 2005, la Comisión decidió sustituir en el título del mandato la frase referente a “las consecuencias de las políticas de ajuste estructural” por la de “consecuencias de las políticas de reforma económica” y éste pasó a llamarse “Experto independiente sobre las consecuencias de las políticas de reforma económica y la deuda externa para el goce efectivo de todos los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales y culturales”.
Desde marzo de 2008 hasta el presente:
- El título del mandato se reformuló como “Experto independiente sobre las consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales”;
- Se pidió al Experto independiente que presentara informes anuales al Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General;
- En 2010, el Consejo pidió al Experto independiente que presentara un proyecto de directrices generales para que las siguieran los Estados y las instituciones financieras privadas y públicas, nacionales e internacionales, en la adopción de decisiones y la ejecución de programas de pago de la deuda y de reforma estructural, incluidos los adoptados a causa de la deuda externa.
- Tras la celebración de consultas regionales, una reunión de expertos y una consulta pública, el documento sobre los Principios rectores sobre la deuda externa y los derechos humanos se presentó al Consejo de Derechos Humanos en 2012 y fue aprobado en junio de ese mismo año (véase HRC/RES/20/10).
- En junio de 2012, el Consejo de Derechos Humanos pidió al Experto independiente que elaborara un comentario a los principios rectores.
Entre 2000 y 2005:
- La Comisión suspendió el mandato del Experto independiente en las políticas de ajuste estructural y el mandato del Relator Especial sobre las consecuencias de la deuda externa para el goce efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales, y estableció el mandato del “Experto independiente sobre las consecuencias de las políticas de ajuste estructural y la deuda externa para el goce efectivo de todos los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales y culturales”;
- Se le pidió al Experto independiente que informara anualmente a la Comisión de Derechos Humanos.
Entre 1997 y 2000:
- La Comisión estableció el mandato del Experto independiente en las políticas de ajuste estructural en 1997;
- Se pidió al Experto independiente que presentara un estudio consolidado sobre las consecuencias de las políticas de ajuste estructural para los derechos económicos, sociales y culturales, y que elaborara un proyecto de directrices normativas básicas sobre las políticas de ajuste estructural;
- La Comisión estableció el mandato del Relator Especial sobre las consecuencias de la deuda externa para el goce efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales en 1998;
- Se pidió al Relator Especial que informara anualmente a la Comisión de Derechos Humanos.
Resoluciones y decisiones de la Comisión de Derechos Humanos
Entre 1997 y 2005, la Comisión recordó el mandato del Experto Independiente en varias resoluciones.
Sesión |
Símbolo |
Título |
61° sesión |
Consecuencias de las políticas de ajuste estructural y de la deuda externa para el pleno ejercicio de los derechos humanos, especialmente los derechos económicos, sociales y culturales |
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60° sesión |
Consecuencias de las políticas de ajuste estructural y de la deuda externa para el goce efectivo de los derechos humanos y, especialmente, de los derechos económicos, sociales y culturales |
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59° sesión |
Consecuencias de las políticas de ajuste estructural y de la deuda externa para el goce efectivo de los derechos humanos y, especialmente, de los derechos económicos, sociales y culturales |
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58° sesión |
Consecuencias de las políticas de ajuste estructural y de la deuda externa para el goce efectivo de los derechos humanos y, especialmente, de los derechos económicos, sociales y culturales |
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57° sesión |
Consecuencias de las políticas de ajuste estructural y de la deuda externa para el goce efectivo de los derechos humanos y, especialmente, de los derechos económicos, sociales y culturales |
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56° sesión |
Consecuencias de las políticas de ajuste estructural y de la deuda externa para el goce efectivo de los derechos humanos y, especialmente, de los derechos económicos, sociales y culturales |
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55° sesión |
Consecuencias de los programas de ajuste estructural para el goce efectivo de los derechos humanos |
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55° sesión |
Consecuencias de las políticas de ajuste económico originadas por la deuda externa en el goce efectivo de los derechos humanos y, especialmente, en la aplicación de la Declaración sobre el derecho al desarrollo |
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54° sesión |
Consecuencias de los programas de ajuste estructural para el goce efectivo de los derechos humanos |
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54° sesión |
Consecuencias de las políticas de ajuste económico originadas por la deuda externa en el goce efectivo de los derechos humanos y, especialmente, en la aplicación de la Declaración sobre el derecho al desarrollo |
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53° sesión |
Consecuencias de los programas de ajuste estructural para el goce efectivo de los derechos humanos |
En junio de 2006, la Comisión de Derechos Humanos fue sustituida por el Consejo de Derechos Humanos de conformidad con la Asamblea General resolution 60/251. El 18 de junio de 2007, el Consejo de Derechos Humanos aprobó resolución 5/1 que amplió el mandato. El Consejo también aprobó la resolución 5/2, que contiene un Código de Conducta para los titulares de mandatos de los procedimientos especiales.