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El mandato de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos fue establecido en el año 2000 por la Comisión de Derechos Humanos (E/CN/2000/61).  Posteriormente fue extendido por el Consejo de Derechos Humanos en 2011 (A/HRC/RES/16/5), 2014 (A/HRC/RES/25/18), 2017 (A/HRC/RES/34/5) y más recientemente en Marzo 2020 por otros tres años (HRC decisión 43/115) y resolución 43/16 en 2020.

El mandato de la Relatora Especial consiste en:

  • Promover la aplicación efectiva e íntegra de la Declaración de la ONU sobre los defensores de derechos humanos, por medio de la cooperación y diálogo constructivo con los gobiernos y otros actores interesados; Estudiar las tendencias, la evolución y los retos en relación con el ejercicio del derecho de toda persona a promover y proteger los derechos humanos;
  • Recomendar estrategias eficaces para proteger mejor a los defensores de los derechos humanos y dar seguimiento a esas recomendaciones;
  • Recabar, recibir, examinar y responder a examinar información sobre la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos;
  • Integrar una perspectiva de género en toda la labor relativa a su mandato, prestando especial atención a la situación de las defensoras de los derechos humanos;
  • Trabajar en estrecha coordinación con otras entidades de la ONU, tanto en la Sede como en los países, y en particular con otros procedimientos especiales del Consejo;
  • Informar periódicamente al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General;

Métodos de trabajo

En el desempeño de estas funciones, la Relatora Especial:

  • Presenta informes anuales al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y sobre las tendencias, la evolución y los retos pertinentes relacionados con el derecho a promover y proteger los derechos humanos. (ver informes anuales);
  • Realiza visitas a los países por invitación del Gobierno, para examinar la situación de los defensores y defensoras de los derechos humanos y el derecho a defender derechos. La Relatora Especial presenta un informe de la visita al Consejo de Derechos Humanos en el que expone sus observaciones, conclusiones y recomendaciones. (ver Visitas los países);
  • Actúa en función de la información que se le remite sobre presuntas violaciones y/o abusos de los derechos humanos de defensores de los derechos humanos, enviando solicitudes urgentes y comunicaciones a los Estados concernientes y a otros actores pertinentes para aclarar esta información o y/o llevarla a su atención. (véase Presentación de denuncias)
  • Se relaciona con los defensores de los derechos humanos y la sociedad civil, los Estados y otros actores clave como las empresas, las organizaciones intergubernamentales regionales y los miembros de las instituciones nacionales de derechos humanos, etc., a través de reuniones presenciales y virtuales, asistiendo a eventos, talleres y conferencias nacionales, regionales e internacionales sobre derechos humanos relevantes para el mandato y durante los periodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General.

En la resolución en relación al mandato, el Consejo de Derechos Humanos urge a todos los gobiernos a cooperar con la Relatora Especial y a proveer toda la información requerida. Los gobiernos también son exhortados a implementar y a dar seguimiento a sus recomendaciones.