Skip to main content

Las víctimas tienen derecho a la reparación. Esto se refiere a las medidas para reparar las violaciones de los derechos humanos proporcionando una serie de beneficios materiales y simbólicos a las víctimas o a sus familias, así como a las comunidades afectadas. La reparación debe ser adecuada, efectiva y rápida, y debe ser proporcional a la gravedad de las violaciones y al daño sufrido.

La Alta Comisionada, con motivo del 15º aniversario de los Principios y Directrices Básicos sobre el Derecho de las Víctimas de Violaciones Graves de las Normas Internacionales de Derechos Humanos y de Violaciones Graves del Derecho Internacional Humanitario a Interponer Recursos y Obtener Reparaciones, destacó la “poder catalizador que un verdadero remedio y reparación puede tener en la vida cotidiana de las víctimas, las familias, las comunidades y sociedades enteras.”

Las medidas de reparación incluyen:

  • Restitución, que debe devolver a la víctima a su situación original antes de que se produjera la violación, por ejemplo, la restitución de la libertad, el restablecimiento del empleo, la devolución de los bienes, el regreso al lugar de residencia.
  • Compensación, que debe preverse para cualquier daño económicamente evaluable, pérdida de ingresos, pérdida de bienes, pérdida de oportunidades económicas, daños morales.
  • Rehabilitación, que debe incluir atención médica y psicológica, servicios jurídicos y sociales.
  • Satisfacción, que debe incluir el cese de las violaciones continuas, la búsqueda de la verdad, la búsqueda de la persona desaparecida o de sus restos, la recuperación, el nuevo entierro de los restos, las disculpas públicas, las sanciones judiciales y administrativas, los memoriales y las conmemoraciones.

Más información

VER ESTA PÁGINA EN: