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Acerca de la pena de muerte

La práctica de la pena de muerte contradice el derecho a la vida y el derecho a no ser sometido a a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Es cada vez mayor el consenso acerca de la abolición universal de la pena de muerte. Unos 170 países han abolido o introducido una suspensión de la pena de muerte en la legislación o en la práctica. Pese a esta tendencia abolicionista, la pena de muerte aún se emplea en un número reducido de países, en gran parte por el mito de que disuade de cometer delitos. Algunos estados también permiten la práctica de la pena de muerte para delitos que no sean de extrema gravedad y que impliquen un asesinato deliberado, entre otros, los delitos por drogas o acusaciones de terrorismo. Queda mucho por hacer. La abolición mundial resulta necesaria para la mejora de la dignidad humana y el desarrollo progresivo de los derechos humanos.

Nuestra labor

La Oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, con su mandato de fomento y protección de todos los derechos humanos, aboga por la abolición universal de la pena de muerte. Nuestro proyecto se basa en el carácter fundamental del derecho a la vida, el riesgo inaceptable de ejecutar a gente inocente, y la falta de pruebas de que la pena de muerte disuade de cometer delitos.

De conformidad con las resoluciones de la Asamblea General, respaldamos a los Estados Miembros, a la sociedad civil, a los Procedimientos Especiales de las Naciones Unidas, al Comité de Derechos Humanos y a otros interesados que defienden una suspensión de la pena de muerte y en última instancia, su abolición a escala mundial.

¿Quién más participa?

Comité de Derechos Humanos (CCPR)

El Comité de Derechos Humanos es el organismo de expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por sus Estados Partes.

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