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Las normas generales derivadas del derecho internacional de los derechos humanos regulan el uso de la fuerza en las tareas de hacer cumplir la ley de la manera siguiente:
En el ejercicio de sus funciones, los agentes encargados de hacer cumplir la ley deben, en la medida de lo posible, usar medios no violentos antes de recurrir al uso de la fuerza y las armas de fuego. En los casos en que esos medios no violentos sean ineficaces o no tengan posibilidad alguna de lograr los resultados que se buscan, el uso de la fuerza estará permitido solo cuando:

  • Esté autorizado por la ley, 
  • Sea necesario para lograr un objetivo legítimo relativo al cumplimiento de la ley, 
  • y cuando el uso de la fuerza sea proporcional para cumplir con su función de protección. Este requisito de proporcionalidad significa que la fuerza empleada ha de ser la mínima necesaria y que debe ser proporcional al interés a proteger.
  • Por ultimo, el uso de la fuerza debe respetar la prohibición de toda discriminación.

Las presuntas vulneraciones de estas normas deben ser objeto de investigaciones independientes y eficaces. Cuando proceda, los responsables deberán comparecer ante los tribunales de justicia.

Los Estados deben adoptar todas las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos. Esto puede implicar decisiones tales como la aprobación de los marcos jurídicos apropiados para regular el uso de la fuerza, la elaboración y aplicación de directrices sobre las prácticas y la capacitación del personal encargado de hacer cumplir la ley y la puesta en marcha de las reformas institucionales necesarias para garantizar la existencia de mecanismos de transparencia eficaces que permitan prevenir la impunidad en los casos de abusos.