El derecho humano a trabajar en condiciones seguras y saludables
23 octubre 2019
“Aunque hemos tenido 50 años de reconocimiento mundial, adelantos inimaginables en ciencia, medicina y tecnología, y esfuerzos específicos en determinados países y contextos, el derecho de todos los empleados a trabajar en condiciones seguras y saludables sigue siendo más un privilegio que un derecho humano universal”, declaró Baskut Tuncak, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre derechos humanos y sustancias y desechos peligrosos.
Tuncak señaló a los Estados que, si bien la disponibilidad de condiciones laborales seguras y saludables es un derecho humano reconocido universalmente, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) calcula que 2,7 millones de trabajadores mueren cada año por exposición a condiciones laborales inseguras.
En 2007, Hwang Yumi murió en el taxi de su padre mientras ambos se dirigían al hospital. El fallecimiento ocurrió cinco años después de que la joven comenzara a trabajar en una manufactura de productos de consumo, donde probablemente estuvo en contacto diario con sustancias tóxicas, sin su consentimiento. Yumi falleció 20 meses después de que le hubieran dignosticado una leucemia, a los 23 años de edad.
Desde que perdió a su hija, el padre de Yumi ha hecho cuanto ha podido para velar por que no haya más víctimas. En el contexto de su misión de evitar la repetición de los abusos, Hwang ha rechazado en varias ocasiones cuantiosas ofertas de indemnización formuladas por la empresa. Tras una campaña de 11 años en pro de la justicia y la rendición de cuentas coordinada por Hwang y otros activistas de derechos humanos, la empresa accedió a otorgar una compensación y medidas de protección, a fin de cumplir con el derecho de más de 200 empleados a recibir un remedio eficaz. En opinión de Tuncak, aunque el fallo judicial es una decisión positiva, este caso solo atañe a una empresa de una sola industria en un solo país.
“Sin duda, los trabajadores figuran entre las personas más vulnerables al contacto con sustancias tóxicas. Son los que primero se exponen y los que más se exponen”, dijo Tuncak. “Entre los trabajadores, hay quienes son aún más vulnerables y que tienen menos probabilidades de recibir una protección adecuada, tales como los empleados de determinados sectores, los que viven en situación de pobreza y los que se encuentran en edad reproductiva, cuyos hijos sufren las consecuencias de la exposición a esas sustancias”.
En este sentido, el experto mencionó el caso de Yvette, una mujer que trabajó diariamente con una sustancia no identificada, a la que ella había puesto el mote de “mugre verde”, en el sector de alta tecnología de un país industrializado, y a la que su patrono nunca informó del peligro notorio para la salud que representaba el contacto con esa mezcla química. Cuando su hijo cumplió los cuatro años de edad, todavía era incapaz de caminar o hablar, porque su desarrollo nervioso había sufrido las consecuencias irreversibles del contacto con esa sustancia tóxica. El hijo de Yvette, que ya tiene más de 30 años, sigue viviendo con discapacidades que hubieran podido prevenirse.
El último informe de Tuncak es el resultado de 25 años de investigaciones, en cumplimiento del mandato sobre derechos humanos y sustancias tóxicas, que recoge los 15 principios que los Estados deben respetar para poner fin al contacto de los trabajadores con las materias peligrosas. Estas normas se derivan de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, los Convenios de la OIT y los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente y las sustancias tóxicas.
Las recomendaciones del informe se mencionan en una resolución que el Consejo de Derechos Humanos aprobó al término de su 42º periodo de sesiones. La resolución insta a los Estados, las empresas y otros agentes sociales a que apliquen los 15 principios de Tuncak en sus marcos jurídicos y políticos, así como en sus programas e iniciativas, con miras a reforzar la coherencia entre los derechos humanos y la normativa de salud y seguridad laboral. En la resolución se reconoce además que los Estados tienen el deber de prevenir la exposición a sustancias tóxicas y las empresas, a su vez, tienen la responsabilidad concomitante.
Los siete principios iniciales de Tuncak se centran en la prevención. “Cada trabajador tiene derecho a que se le proteja de las sustancias tóxicas en el desempeño de su tarea. Como muestra el caso de Yvette, ese amparo tiene efectos multiplicadores: protege también a sus familiares, a la comunidad y al medio ambiente”, señaló el experto. “En la ejecución de estos deberes y responsabilidades, la eliminación del peligro reviste la máxima importancia y también es fundamental proteger la integridad de la ciencia que sustenta las decisiones”.
Los principios que van del octavo al undécimo se basan en la interconexión entre el derecho humano a la salud y la seguridad laborales y el derecho de los trabajadores a la información, la participación y la celebración de asambleas. Tuncak hizo hincapié en que “cada trabajador tiene derecho a saber, lo que incluye el conocimiento de las posibles consecuencias del contacto con sustancias peligrosas, las medidas adoptadas para prevenirlo y sus derechos en lo relativo a ese contacto”. Y añade que “la postura de los trabajadores se refuerza con la masividad. El derecho a las condiciones laborales seguras y saludables es inseparable de la libertad de asociación, el derecho a organizarse y el derecho a la negociación colectiva”.
Los últimos cuatro principios se refieren al derecho de los trabajadores a acceder a recursos jurídicos eficaces. “Los trabajadores, sus familias y sus comunidades deben tener acceso inmediato a recursos jurídicos adecuados y eficaces, que deben estar disponibles desde el momento de su contacto con las sustancias peligrosas”. Pero el Relator Especial señaló a continuación que, para muchas víctimas, las repercusiones de su exposición a dichas sustancias eran irreparables e irreversibles. “La prevención de contactos ulteriores con esas sustancias constituye un elemento fundamental de la garantía de no repetición”, afirmó.
Además, Tuncak expresó su preocupación ante el hecho de que los patronos todavía se negaran a reconocer que el trabajo seguro y saludable es un derecho humano y que, 50 años después de su aprobación universal por las Naciones Unidas, ese derecho no forme parte de los principios y derechos laborales fundamentales proclamados por la OIT.
23 de octubre de 2019