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Declaraciones Procedimientos Especiales

Intervención Diego García-Sayán, Relator Especial sobre la Independencia de Magistrados y Abogados en la 73 sesión de la Asamblea General

25 octubre 2018

Señor Presidente,
Distinguidos delegados y delegadas,
Damas y caballeros,

Es para mí un honor estar hoy aquí para presentar ante la Asamblea General mi segundo informe como Relator Especial sobre la Independencia de Magistrados y Abogados.

La independencia de jueces y abogados es fundamental para asegurar el respeto de los derechos humanos, es uno de los pilares de una sociedad democrática y está reconocida en los principales instrumentos internacionales de derechos humanos.

Desde la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos hace 70 años, esta ha sido una de las principales prioridades por parte de la comunidad internacional. Tanto el Consejo de Derechos Humanos como la Asamblea General han destacado reiteradamente la necesidad de un sistema judicial independiente e imparcial que pueda asegurar el imperio de la ley, la democracia y el respeto a los derechos humanos.

La independencia de jueces y abogados concierne a jueces y abogados, por supuesto. Pero ante todo concierne a la sociedad toda. Es la sociedad en su conjunto la principal interesada y beneficiada con que exista un sistema judicial independiente y abogados que puedan ejercer con independencia su profesión de manera que las decisiones judiciales se tomen en base a la ley y con imparcialidad.
 
Tener una judicatura y abogacía independiente, así, puede ser el factor determinante en la protección de un periodista, de una defensora del medio ambiente o de un activista LGBTQ cuya actividad, y hasta la propia vida, pueden depender de que funcione -o no- una justicia imparcial e independiente.

Señor Presidente y distinguidas delegaciones,

La amenaza global presente a la independencia e integridad judicial en el mundo no está sólo en las tentaciones del poder político a controlarlo todo y privar la maquinaria pública de contrapesos. Está en el crimen organizado y la corrupción. En mi informe ante esta misma Asamblea el año pasado puse énfasis en las amenazas a la independencia judicial provenientes del crimen organizado y la corrupción. Destaqué, en particular, la urgencia de fortalecer tanto la prevención como las respuestas globales a la corrupción y su penetración en los sistemas judiciales.

El derecho internacional, y en particular la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, destaca el papel de la cooperación internacional y, en particular de la cooperación entre jueces y fiscales, como una de las principales herramientas para enfrentar la corrupción, en particular la que se ha globalizado a través de distintas modalidades de criminalidad organizada. Sin que las capacidades institucionales nacionales operando de manera aislada puedan ser desdeñadas, es evidente que resulta más eficiente combatir una actividad criminal sistemática y de ramificaciones internacionales si la comunidad internacional es capaz de articular políticas y estrategias coordinadas.

Por eso reitero esta invitación a la comunidad internacional a reforzar las capacidades nacionales en este terreno y a fortalecer la cooperación y coordinación internacional frente a un fenómeno globalizado para lo cual sistemas judiciales independientes e imparciales son indispensables.

Señor Presidente y distinguidas delegaciones

El informe que hoy presento ante ustedes se refiere a los colegios de abogados y asociaciones profesionales de abogados, cuyos miembros son componentes ineludibles de los sistemas judiciales. Se analiza, en esa perspectiva, el papel que están llamados a jugar los colegios de abogados en la salvaguarda de la independencia y la integridad de la profesión jurídica.

Los estándares internacionales en la materia establecen no solamente la libertad de asociación de los abogados sino la importancia de contar con colegios de abogados independientes y autónomos. Estas asociaciones profesionales deben desempeñar un papel decisivo en la sociedad que permita el ejercicio libre e independiente de la profesión jurídica y le garantice el acceso a la justicia y la protección de los derechos humanos.

Dentro de estos estándares tienen especial relevancia los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, adoptados en 1990, pues ayudan a los Estados a promover y garantizar la función adecuada de la abogacía.
                       
En este informe se pone de manifiesto el serio problema que supone la injerencia en la independencia de estos estamentos. Las amenazas pueden adoptar diferentes formas. Van desde normas que impidan su existencia o restrinjan su afiliación, la coerción y amenaza disciplinaria contra miembros de los colegios de abogados hasta la disolución de las asociaciones de abogados y el encarcelamiento de sus integrantes.

Por esto, he prestado una atención especial a los criterios que deben regir el establecimiento, composición y funciones de los colegios de abogados. Aprovecho la oportunidad para hacer un llamado a los Estados exhortándolos a que se hagan responsables de que las funciones y responsabilidades de los colegios o asociaciones de abogados estén jurídicamente protegidas, evitando que agentes externos a estas organizaciones socaven el principio de independencia e integridad de la profesión jurídica. 

Señor Presidente y distinguidas delegaciones,

En el informe que hoy presento se traza un panorama general de los colegios de abogados en el mundo, se describe el panorama de los principios generales que los guían, las diferentes modalidades de creación, su composición y sus funciones. Más allá de las particularidades nacionales, en función de la variedad de sistemas legales y judiciales, la tesis central es que la profesión jurídica, a través de espacios como los colegios de abogados, puede contribuir de forma decisiva a defender el Estado de Derecho, promover los derechos humanos y garantizar el acceso a la justicia.

Los colegios de abogados pueden cooperar, por ejemplo, con instituciones estatales en la organización y prestación de servicios de asistencia jurídica a las personas de escasos recursos o en situación de vulnerabilidad.  En muchos países, son los colegios quienes ofrecen los planes de asistencia jurídica, ya sea de forma autónoma o en alianza con el Estado. En 2013, mi predecesor, Gabriela Knaul, presentó un informe al Consejo de Derechos Humanos que destaca el papel que los colegios de abogados en garantizar el acceso a la justicia para todas personas que no tienen recursos económicos suficientes.

 Asimismo, el documento que presentamos hoy ante ustedes pone de relieve la importante función que cumplen los colegios al impartir educación y capacitación jurídicas a los abogados, presentando ejemplos de cómo contribuyen a los debates públicos sobre reformas legales, la administración de justicia y la promoción y protección de los derechos humanos y el estado de derecho.

El informe concluye con una serie de buenas prácticas y recomendaciones tendentes a garantizar la independencia y la eficacia de los colegios de abogados. Destacan la creación, composición y funciones que deben reunir estos órganos, la protección de los abogados a título individual, la admisión en la profesión jurídica, la elaboración de normas profesionales y las funciones disciplinarias de los órganos de gobierno de los abogados.

Lo medular, sin embargo, es que se respete la independencia de los colegios y asociaciones de abogados. La protección de los integrantes de los colegios o asociaciones de abogados debe constituir la base del mandato de estas agrupaciones. El informe ha dejado patente la necesidad de que las autoridades estatales respeten este cometido sin ningún tipo de intimidación, obstáculo, acoso o injerencia indebida.

En ese orden de ideas, los ataques y la represión estatal a los abogados y sus organizaciones representan una seria violación a la libertad de la profesión de abogados, que se traduce muchas veces en violación del derecho al debido proceso y otras violaciones de los derechos humanos de sus clientes. Se mencionan en este informe algunos ejemplos de actos condenables que afectan a abogados y sus asociaciones profesionales.

El cierre de asociaciones profesionales de abogados por las autoridades es un hecho preocupante o que se vean obligadas a operar bajo la amenaza constante de que las autoridades ordenen su cierre. En Turquía, por ejemplo, 34 asociaciones de abogados han sido clausuradas mediante decreto. Todos sus bienes han sido confiscados sin indemnización alguna a partir de la declaración del estado de emergencia en junio de 2016. Presidentes, miembros directivos y miembros ordinarios de esas asociaciones han sido procesados y condenados a largas penas de prisión. Esta represión tiene que cesar.
 
Señor Presidente y distinguidas delegaciones,

La independencia de jueces, fiscales y abogados, pese a los principios internacionales que la protegen, sigue siendo objeto de amenazas y ataques en diferentes partes del mundo. Distintas formas de interferencia –desde el poder político o sujetos privados– siguen afectando aspectos medulares de la convivencia democrática y representan desafíos importantes para la comunidad internacional, los derechos humanos y el Estado de Derecho.

En el centro de las afectaciones a la independencia de la justicia está la tentación recurrente de ejercer el poder sin tener que rendir cuentas o responder por sus actos. Contrapesos, como organizaciones independientes de abogados, constituyen en esas condiciones un obstáculo que incomoda. Eso no constituye un accidente puntual sino un fenómeno que se repite sistemáticamente, independiente de tendencias políticas o contextos sociales y culturales.

Podemos encontrar, así, desde jueces o fiscales despedidos de sus puestos de trabajo o encarcelados por la acción autoritaria, hasta con presiones o seducción por el poder, para influir en sus actuaciones. No podemos dejar pasar en ese panorama la creciente amenaza que supone la politización de la judicatura que, en busca de imponer sus criterios, persiguen distintas formas de debilitamiento y de inacción de la justicia.

Estamos siendo testigos de situaciones que llevan en muchos países a concentrar el poder en las ramas ejecutiva o legislativa, poniendo en peligro el equilibrio y separación de poderes. Estas actuaciones no solamente menoscaban los principios democráticos y el Estado de Derecho, sino que envían un mensaje equivocado a la ciudadanía que ve como las más altas instancias judiciales del país se renuevan teniendo en cuenta intereses y presiones políticas y no en base a los criterios de capacidad, competencia e idoneidad.

Señor Presidente y distinguidas delegaciones,

Las diarias comunicaciones que recibimos sobre ataques contra miembros de la judicatura y abogados deben ser consideradas en toda su amplitud. Se han convertido en una amenaza global que afecta, de distinta forma, a todas las sociedades.

Esta Relatoría, ha sido testigo como a lo largo de los últimos tiempos se ha producido un incremento de actuaciones susceptibles de afectar la independencia de magistrados y abogados. En concreto, además de la politización a la que acabo de referirme, constatamos un incremento de las denuncias por interferencia política en casos judiciales.

Una vez más cabe recordar al poder político su obligación no solo de abstenerse de intervenir en el ámbito judicial, sino que, en la medida de lo posible debería medir muy bien sus palabras a la hora de hacer juicios de valor sobre decisiones judiciales, ya que puede ser interpretado como un intento de influir en la decisión final de jueces y magistrados.

Un contexto como este le da permanente vigencia a los fundamentales “Principios Básicos relativos a la Independencia de la Judicatura” adoptados por Naciones Unidas  en 1985.  A ellos siguieron los “Principios Básicos sobre la Función de los Abogados” y la Directrices sobre la función de los fiscales, adoptados en 1990, y los “Principios de Bangalore sobre la conducta judicial” de 2002. Este conjunto de instrumentos sirve de valiosa guía conceptual para definir estrategias y estimular desarrollos positivos en los distintos países. A estas alturas, sin embargo, esto es insuficiente.

Sería importante avanzar más y articular estos instrumentos mejor entre sí. Los fundamentales “Principios Básicos” de 1985 requieren ser actualizados por la comunidad internacional. Ya he hecho referencia en anteriores informes a aspectos cruciales de la realidad institucional de los sistemas judiciales, como los consejos judiciales, que no fueron tratados en los “Principios Básicos”. Tampoco fue tratada la fundamental amenaza a la independencia judicial proveniente de la corrupción y el crimen organizado.

Estos Principios deben ser actualizados para incluir estándares que permita asegurar y proteger la independencia de la judicatura y de los abogados en un contexto como el actual. Asuntos hoy gravitantes como la corrupción, la macrocriminalidad, protección de la información y la privacidad son algunos de los diferentes temas cuyo contenido debe ser desarrollado y precisado.  

A la luz de la evolución ocurrida desde esa ocasión, en los más de 30 años transcurridos, se hace necesario dar nuevos y creativos pasos. Para consolidar lo avanzado, pero, también, para estar en mejores condiciones de responder a las nuevas realidades y amenazas. Hago una invitación a los Estados a tomar iniciativas en este terreno impulsando los debates, la presentación de propuestas y la puesta en marcha de una dinámica de trabajo dentro de la organización en esa dirección. La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos desde Ginebra y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) desde Viena podrían ser espacios impulsores fundamentales para este diálogo creativo. Si así se hiciera, será una prioridad de mi mandato contribuir a esos desarrollos, sin descuidar mis otras obligaciones.

Para concluir, señor Presidente, siendo compleja la situación, agradezco la disposición los Estados por invitarme y escuchar las preocupaciones que he planteado en relación con la independencia de Magistrados y Abogados junto con otras instituciones internacionales y regionales. Su participación continua en un diálogo bidireccional es, en medio de la complejidad del contexto, testimonio de su fidelidad a principios internacionales fundamentales.

Espero con interés el diálogo interactivo y haré todo lo posible para responder a cualquier pregunta.  

Gracias por su atención.

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