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Declaraciones Procedimientos Especiales

Declaración de la Relatora Especial sobre la extrema pobreza y los derechos humanos en la 67 º período de sesiones de la Asamblea General

30 octubre 2012

30 de Octubre 2012

Señor Presidente, Excelencias, distinguidas delegadas y delegados, señoras y señores:

Tengo el honor de presentar mi quinto informe a la Asamblea General.

Cuando asumí este mandato hace cuatro años, la crisis financiera había remecido la economía global. Hoy, el mundo sigue sufriendo las consecuencias desastrosas de la crisis y de las medidas de austeridad adoptadas por muchos gobiernos. En muchos países, la pobreza es más profunda y la desigualdad más arraigada que hace un par de años. Los compromisos internacionales de no escatimar esfuerzos para liberar hombres, mujeres y niños de las condiciones abyectas y deshumanizadoras de la pobreza extrema parecen ser una cuestión de retórica y no una realidad.

Sin embargo, también he visto algunos progresos. En muchos países, personas pobres y no pobres por igual, se han movilizado en contra de los niveles inaceptables de desigualdad que existen hoy en día y la pobreza se ha establecido claramente como una cuestión de derechos humanos tanto en el discurso doméstico como internacional. En este sentido, hoy, me gustaría abrir esta declaración reconociendo y celebrando un paso pequeño pero significativo en la lucha para proteger los derechos de los pobres.

El 27 de septiembre de 2012, el Consejo de Derechos Humanos aprobó por consenso los Principios Rectores sobre la Extrema Pobreza y los Derechos Humanos en la resolución 21/11.

Los Principios Rectores constituyen las primeras directrices políticas globales que aplican las obligaciones de derechos humanos de los Estados a la situación específica de las personas que viven en la pobreza. Por supuesto, todos los derechos humanos se aplican a todas las personas. Sin embargo, las personas que viven en la pobreza son desproporcionadamente vulnerables a las violaciones de sus derechos humanos y la discriminación contra ellos es tan generalizada que a menudo la población que vive una en una situación más privilegiada no se da cuenta de los grandes esfuerzos que hacen para poder mejorar su situación. Los hacedores de políticas y los políticos a menudo ignoran los importantes obstáculos - relacionado con el estigma, la discriminación, las limitaciones financieras, las estructuras sociales y más – que quienes viven en pobreza enfrentan para acceder a los servicios públicos y disfrutar de sus derechos humanos.

Basados en las normas y estándares internacionales de derechos humanos, estos Principios servirán como una herramienta práctica para los responsables políticos, para aclarar obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos de quienes viven en pobreza y asegurar que las políticas públicas (incluidos los programas de superación de la pobreza) lleguen a ellos y respeten sus derechos.

La adopción de los principios rectores sobre la extrema pobreza y los derechos humanos marca el final de un largo proceso de consulta y elaboración que comenzó hace más de una década, pero su adopción en este momento es, de hecho, muy oportuno. Estos principios podrían desempeñar un papel clave en la protección y el empoderamiento de las personas que viven en pobreza quienes son las más afectadas por la crisis económica mundial. Por lo tanto, pido a este órgano de endosar estos principios y adoptar medidas concretas para garantizar su más amplia difusión y aplicación a nivel nacional.

Sr. Presidente,

Como he subrayado en todos mis informes, erradicar la pobreza extrema no sólo requiere mejorar el nivel de ingresos y el acceso a los servicios básicos, sino también garantizar que las personas que viven en la pobreza tengan los recursos, la capacidad, las opciones, la seguridad y el poder necesarios para disfrutar de todo el espectro de los derechos humanos y reclamar reparación en caso de violaciones.

El informe que presentamos hoy analiza una de las barreras más importantes que impiden a las personas que viven en la pobreza de disfrutar sus derechos humanos y escapar del ciclo de pobreza: la falta de acceso a la justicia.

El acceso a la justicia es un derecho humano intrínseco y esencial para hacer frente a las causas estructurales de la pobreza. Sin acceso a la justicia, las personas que viven en la pobreza no pueden reclamar sus derechos o defenderse de los crímenes abusos o violaciones cometidas contra ellos, atrapándolos en un círculo vicioso de impunidad, privación y la exclusión.

Las personas que viven en la pobreza enfrentan obstáculos en cada uno de los pasos que deben seguir para obtener reparación a través del sistema de justicia formal. Estos obstáculos no se vinculan sólo a la falta de recursos financieros - que hace que sea imposible para ellos para pagar las costas judiciales o gastos de transporte o más aun contratar a un abogado – sino que se deben también a problemas sociales y estructurales mayores, a menudo relacionados con la arraigada actitud discriminatoria contra los pobres. Estos otros obstáculos son más difíciles de identificar y remediar, pero impiden u obstaculizan seriamente las posibilidades de los más pobres de acceder a la justicia. Aquí voy a presentar algunos ejemplos de estos obstáculos.

Quienes viven en zonas apartadas con una renta modesta no pueden darse el lujo de viajar horas o incluso días para llegar a juzgados distantes. En el improbable caso de que un tribunal está relativamente cerca de quienes viven en pobreza, debido a la discriminación y las privaciones que han sufrido a través de sus vidas, es muy probable que no sean conscientes de sus derechos y de cómo asegurar la asistencia que necesitan para buscar justicia. Además, muchas veces ellos no hablan la lengua oficial o se les niega personalidad jurídica, ya que no tienen un certificado de nacimiento oficial.

Los pobres también pueden desistir de la búsqueda de justicia por temor a represalias o sanción por parte de los actores más poderosos dentro o fuera de su comunidad, o pueden temer que al buscar justicia sean más estigmatizadas o discriminadas.

Muchas leyes o códigos legales son inherentemente parciales contra las personas que viven en la pobreza, pues no reconocen o no priorizan los abusos que sufren con regularidad, o tienen un impacto desproporcionadamente severo en ellos. Por ejemplo, en muchos sistemas jurídicos, las sanciones económicas son comunes y la discriminación por razón de la situación socioeconómica no se reconoce.

La inadecuada capacidad y la falta de recursos del sistema de justicia (tribunales, policía y fiscalía) tienen un impacto desproporcionado sobre los pobres, cuyos casos no son priorizados, tienden a languidecer en prisión preventiva por largo tiempo, y tienen que hacer muchos sacrificios económicos y sociales para presentar un caso. Al tiempo que los prejuicios y los estereotipos en contra de los pobres tan arraigados en la sociedad son a menudo la causa un tratamiento antipático o abusivo por parte de la policía o el personal del sector de la justicia.]

Sr. Presidente,

Permítanme referirme aquí en particular a algunas cuestiones preocupantes abordadas en el informe:
La situación de las mujeres, que están desproporcionadamente representadas entre los pobres, es especialmente crítica. Las mujeres que viven en la pobreza sufren obstáculos agravados en el acceso a la justicia, generadas por marcos jurídicos inadecuados que no reconocen las privaciones y abusos que sufren las mujeres como las mujeres, los obstáculos financieros debido a la distribución desigual de los recursos a nivel social y familiar, y fuertes limitaciones sociales y culturales a menudo impiden hablar de los abusos que sufren o de buscar justicia.

La falta o insuficiencia de asistencia letrada a las personas que viven en la pobreza es también un tema importante abordado en el informe. La prestación de asesoramiento jurídico gratuito y competente para quienes no pueden pagarlo es un requisito previo fundamental para que todos los individuos tengan un acceso justo y equitativo a los mecanismos judiciales y una judicatura. La asistencia jurídica gratuita se debe proporcionar no sólo en materia penal, sino también en asuntos civiles, donde los derechos e intereses de las personas que viven en la pobreza están en juego, por ejemplo, en controversias de arrendamiento, decisiones de desalojo, procedimientos de inmigración o asilo, apelación de beneficios sociales, casos relativos a las condiciones laborales, casos de discriminación en los lugares de trabajo o las decisiones de custodia infantil. De hecho, si se excluyen estas categorías de reclamaciones del ámbito de la asistencia jurídica gratuita se discrimina contra los pobres.

El alcance de este informe es global, incluso democracias maduras con solidas instituciones estatales y sistemas jurídicos técnicamente inclusivos y justos luchan para garantizar el acceso de facto a la justicia de las personas que viven en la pobreza. Por lo tanto, debo hacer hincapié en que cualquier necesidad de adoptar medidas de austeridad debido a limitaciones presupuestarias no legitima la adopción de leyes y políticas que disminuyan el acceso a la justicia de los sectores más pobres de la sociedad. Estas medidas no sólo socavan los derechos humanos, pero ignoran el impacto a largo plazo y los costes a nuestras sociedades de la exclusión de los más pobres de la posibilidad de defenderse de las injusticias a través del acceso al sistema judicial formal.

Distinguidos delegados, Señoras y Señores,

Dada la gran diversidad de contextos sociales, el informe no proporciona una "solución única" para garantizar el acceso a la justicia a las personas que viven en la pobreza. El éxito, en todos los contextos, sin embargo, compartirá las características de un enfoque basado en derechos humanos. Garantizar un acceso significativo a la justicia a las personas que viven en la pobreza no sólo depende de la disponibilidad de herramientas legales o el acceso a los servicios jurídicos, abogados y tribunales, sino que requiere un enfoque más holístico que tome en cuenta amplios factores estructurales, sociales y económicos. Mi informe incluye una serie de recomendaciones más específicas para los Estados que le insto a examinar de cerca.

Permítanme concluir haciendo hincapié en que cuando los pobres no pueden acceder a la justicia por igual y sin discriminación, todos perdemos. A ellos se les impide disfrutar de sus derechos humanos y se frustran sus esfuerzos para salir de la pobreza al tiempo que la marginación y la exclusión en nuestras sociedades se acentúa. Por lo tanto, no sólo los Estados tienen la obligación legal de garantizar que todos los individuos puedan acceder a una justicia competente, imparcial, en igualdad de condiciones y sin discriminación, sino que la mejora del acceso a la justicia por los pobres es una manera factible de convertir nuestra visión de sociedades más inclusivas y equitativas en realidad.

[Al terminar, me gustaría hacer hincapié en que el imperio de la ley no tiene sentido para las personas que viven en la pobreza sin acceso efectivo a la justicia. Por lo tanto, aprovecho esta oportunidad para dar la bienvenida a los compromisos concretos para mejorar el acceso a la justicia de los más pobres que muchos Estados asumieron durante la reunión de alto nivel sobre el imperio de la ley que llevo a cabo la Asamblea General el 24 de septiembre. Espero con interés seguir trabajando con estos Estados a garantizar que las promesas se convierte en una realidad e invitar a otros Estados a que adopten medidas concretas, en línea con el recomendaciones de este informe para mejorar el acceso a la justicia de los más pobres de la sociedad .]

Gracias

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