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En 2008, la resolución 9/14 del Consejo de Derechos Humanos encomendó al Grupo de Trabajo:

a) Estudiar los problemas de discriminación racial a que hacen frente las personas de ascendencia africana que viven en la diáspora y, a tal fin, reunir toda la información pertinente de los gobiernos, las organizaciones no gubernamentales y otras fuentes apropiadas, incluso mediante la celebración de reuniones públicas con esas entidades; 

b) Proponer medidas encaminadas a garantizar el acceso pleno y efectivo de las personas de ascendencia africana al sistema judicial; 

c) Presentar recomendaciones sobre la formulación, aplicación y vigilancia del cumplimiento de disposiciones eficaces para suprimir el establecimiento de perfiles raciales de las personas de ascendencia africana; 

d) Formular propuestas relativas a la eliminación de la discriminación racial contra los africanos y las personas de ascendencia africana en todas partes del mundo; 

e) Examinar todas las cuestiones relacionadas con el bienestar de los africanos y las personas de ascendencia africana que figuran en la Declaración y el Programa de Acción de Durban; 

f) Elaborar propuestas a corto, mediano y largo plazo para la eliminación de la discriminación racial contra las personas de ascendencia africana, teniendo presente la necesidad de colaborar estrechamente con las instituciones internacionales y de desarrollo y con los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas a fin de promover los derechos humanos de las personas de ascendencia africana mediante, entre otras cosas: 

  • i) El mejoramiento de la situación de las personas de ascendencia africana en relación con los derechos humanos prestando especial atención a sus necesidades, entre otras cosas mediante la preparación de programas de acción específicos; 
  • ii) La elaboración de proyectos especiales, en colaboración con personas de ascendencia africana, a fin de respaldar sus iniciativas comunitarias y facilitar el intercambio de información y conocimientos técnicos entre esas poblaciones y los expertos en estas esferas; 
  • iii) El enlace con los programas institucionales y operacionales de financiación y desarrollo y los organismos especializados de las Naciones Unidas con miras a contribuir a la elaboración de programas destinados a las personas de ascendencia africana en los que se asignen inversiones adicionales a los sistemas de salud, la educación, la vivienda, la electricidad, el agua potable y las medidas de control del medio ambiente y la promoción de la igualdad de oportunidades en el empleo, así como otras medidas y estrategias de acción afirmativa o positiva en el marco de los derechos humanos.

En 2017, con la resolución 36/23, el Consejo de Derechos Humanos volvió a prorrogar el mandato del Grupo de Trabajo por tres años.

Métodos de trabajo

En cumplimiento de su mandato, el Grupo de Trabajo:

Informes al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y a la Asamblea General sobre las actividades relacionadas con el mandato.