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España responsable por violencia obstétrica, según el Comité de derechos de las mujeres de la ONU
14 julio 2022
GINEBRA (14 de julio de 2022) - Una mujer en España que fue sometida a inducción prematura del parto y cesárea sin su consentimiento fue víctima de violencia obstétrica, según el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de la ONU.
El Comité publica su dictamen hoy tras revisar una denuncia presentada por una ciudadana española, N.A.E., que viene sufriendo un trauma físico y psicológico duradero como consecuencia de su experiencia durante el parto.
Informó al Comité que acudió a un hospital público en Donostia, España, a las 38 semanas de gestación, por haber roto aguas. El hospital ignoró el período protocolario de espera de 24 horas, y, sin proporcionarle información sobre las alternativas existentes, le indujo el parto de forma prematura y sin su consentimiento. N.A.E. fue sometida a múltiples tactos vaginales y no se le permitió comer. Luego fue sometida a una cesárea sin justificación médica, operación durante la cual tuvo los brazos atados y a la cual no pudo asistir su esposo. La cesárea fue realizada por un grupo de médicos internos residentes en formación supervisados por tutores, sin el consentimiento previo de N.A.E.
Cuando nació su bebé, no pudo tocarlo porque aún tenía los brazos atados. El bebé fue llevado de inmediato al pediatra y N.A.E. no tuvo oportunidad de tener contacto piel con piel con él. Posteriormente, N.A.E. tuvo que acudir a su médico de atención primaria por síntomas de ansiedad relacionados con su experiencia de parto. Fue diagnosticada con trastorno de estrés postraumático posparto.
Llevó su caso a los tribunales en España, pero a lo largo del proceso administrativo y judicial se encontró con estereotipos de género y discriminación. Durante el proceso en España, se afirmó que era el médico quien decidía si practicarle una cesárea y que el daño psicológico que sufría era simplemente una cuestión de percepción.
El Comité consideró que N.A.E fue víctima de violencia obstétrica, un tipo particular de violencia sufrida por las mujeres en los centros de salud durante la atención del parto, un fenómeno generalizado, sistemático y arraigado en los sistemas de salud.
“Si los médicos y las enfermeras hubieran seguido todos los estándares y protocolos aplicables, es probable que la víctima hubiera dado a luz de forma natural sin tener que pasar por todos estos procedimientos que la dejaron física y mentalmente traumatizada”, dijo Hiroko Akizuki, miembro del Comité.
“Los Estados partes tienen la obligación de adoptar medidas apropiadas a fin de modificar o abolir no solamente leyes y reglamentaciones, sino también costumbres y prácticas que constituyan violencia obstétrica”, agregó Akizuki.
El Comité instó a España a proporcionar a N.A.E. una reparación adecuada por los daños de salud física y psicológica sufridos.
El Comité también solicitó que España respete la autonomía y la capacidad de las mujeres para permitirles tomar decisiones informadas sobre su salud reproductiva, brindándoles información completa en cada etapa del parto y exigiendo que se obtenga su consentimiento libre, previo e informado para cualquier tratamiento invasivo durante la atención del parto.
Las y los expertos en derechos de las mujeres también solicitaron a España proporcionar a las y los trabajadores obstétricos y de la salud una formación profesional en materia de derechos de salud reproductiva de la mujer. Además, también se solicitó a España que impartiera capacitación especializada al personal judicial y al personal encargado de velar por el cumplimiento de la ley, así como que establezca, publicite e implemente una Carta de Derechos de los y las Pacientes.
FIN
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Contexto:
El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) supervisa la aplicación por los Estados partes de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que hasta la fecha cuenta con 189 Estados partes. El Comité está integrado por 23 miembros que son expertos independientes en derechos humanos provenientes de todo el mundo, que sirven a título personal y no como representantes de los Estados partes. El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer permite al Comité recibir y examinar denuncias de personas o grupos de personas bajo la jurisdicción de un Estado parte al Protocolo Facultativo, que aleguen ser víctimas de una violación de cualquiera de los derechos establecidos en la Convención. Hasta la fecha, 115 Estados han ratificado o se han adherido al Protocolo Facultativo. Los dictámenes y decisiones del Comité en cuanto a comunicaciones individuales son una evaluación independiente del cumplimiento por parte de los Estados de sus obligaciones de derechos humanos en virtud de la Convención.
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