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La Oficina del ACNUDH publica directrices mundiales para investigar las ejecuciones arbitrarias

El Protocolo de Minnesota

24 mayo 2017

El Protocolo de Minnesota, revisado

GINEBRA (24 de mayo de 2017) – La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos presentó en Ginebra las directrices actualizadas para la investigación de las ejecuciones arbitrarias en el mundo entero.

Las directrices –conocidas como Protocolo de Minnesota- especifican que las investigaciones deben ser rápidas, eficaces y exhaustivas, así como independientes, imparciales y transparentes.

El Protocolo está dirigido a los agentes de policía, médicos, abogados, funcionarios del cuerpo judicial, ONG y otros actores que participan en la investigación de ejecuciones que pueden haber sido ilícitas. Se aplica primordialmente a las investigaciones emprendidas en contextos de paz, pero abarca también las muertes ocurridas durante un conflicto.

“La investigación adecuada de las muertes sospechosas constituye una parte integral de la protección del derecho a la vida”, afirmó el Alto Comisionado, al destacar la importancia de las directrices.

“Las investigaciones son esenciales para exigir responsabilidades. Pero con demasiada frecuencia las ejecuciones quedan impunes porque no se han realizado las investigaciones adecuadas, tanto si se trata de un individuo que aparece muerto en una alcantarilla como de toda una sección de una comunidad que ha sido víctima de ejecuciones sumarias”, destacó Zeid.
“El Protocolo revisado será una herramienta indispensable para velar por la eficacia y la equidad de los juicios y otras modalidades de rendición de cuentas”, añadió el Alto Comisionado.

La Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Agnes Callamard, saludó al Protocolo y lo calificó de “herramienta muy valiosa que ayudará a orientar las investigaciones sobre ejecuciones sospechosas, asegurar la rendición de cuentas por las violaciones del derecho a la vida y proporcionar verdad, justicia y resarcimiento a las familias de las víctimas”.

La Sra. Callamard exhortó a los agentes de policía, y a los funcionarios forenses y judiciales del mundo entero a que apliquen estas directrices. “La tarea que ahora tenemos consiste en asegurar que [estas directrices] se aceptan y se cumplen; mi equipo está listo para prestar asistencia mediante la capacitación y otras formas de apoyo técnico”, señaló.

El Protocolo estipula que en las investigaciones es preciso examinar todas las vías legítimas de indagación acerca de las muertes presuntamente ilícitas y que los funcionarios también deben tratar de determinar las causas, la manera, el lugar y el momento del fallecimiento, así como las demás circunstancias.

Las directrices también dejan claro que las investigaciones de las ejecuciones perpetradas por agentes de policía deben estar libres de toda influencia indebida que pudiera proceder de las cadenas de mando institucionales y que también deben estar libres de la influencia de los partidos políticos y los grupos sociales poderosos. Sin embargo, también se hace hincapié en que en todo momento la preservación de la vida ha de ser el valor supremo.

La versión original del Protocolo de Minnesota, conocida también con el nombre de Manual sobre la prevención e investigación eficaces de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias, fue publicada por las Naciones Unidas en 1991.

La revisión del Manual se realizó bajo el mandato del ex Relator Especial de las Naciones Unidas, el Sr. Christof Heyns, que coordinó la labor de un grupo de trabajo internacional formado por juristas y expertos técnicos. El Sr. Heyns destacó que el antiguo Protocolo había sido una “norma áurea”, en el mundo entero, especialmente en materia de medicina forense, pero que había quedado obsoleto debido a los adelantos tecnológicos en ámbitos como las pruebas de ADN y la fotografía digital.

Las nuevas directrices establecen procedimientos detallados para investigar la escena del crimen, entrevistar a testigos y sospechosos, excavar tumbas, realizar exámenes post mortem y analizar restos óseos.

Asimismo, las directrices estipulan que las investigaciones deberían distinguir entre muertes naturales y accidentales, suicidios y homicidios.

El Sr. Hayns añadió: “Más de 70 expertos de todos los ámbitos y de todas las regiones del mundo han colaborado en el nuevo Protocolo como redactores o asesores, lo que nos ha permitido elaborar un documento que debe fijar los criterios para los años venideros”.

NOTA PARA LOS EDITORES: La versión íntegra del Protocolo de Minnesota para la investigación de ejecuciones arbitrarias (2016), así como otras informaciones relativas al proceso de revisión, están disponibles aquí.

FIN

Para más información, por favor contactar:

Para el Alto Comisionado: Ravina Shamdasani (+41 22 917 9169 / rshamdasani@ohchr.org) o Rupert Colville (+41 22 917 9767 / rcolville@ohchr.org)

Para el Relator Especial: Brenda Vukovic (+41 22 917 96 35 / bvukovic@ohchr.org) o escriba a eje@ohchr.org.

Para solicitudes de prensa relacionado con otros expertos independientes de las Naciones Unidas:
Xabier Celaya, Unidad de prensa del ACNUDH (+ 41 22 917 9383 / xcelaya@ohchr.org)

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