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Las modalidades, el formato y los aspectos sustantivos y de procedimiento del Foro Permanente se describen en la resolución 75/314 de la Asamblea General. Concretamente, el Foro Permanente tiene el siguiente mandato:

  • Contribuir a la plena inclusión política, económica y social de los afrodescendientes en las sociedades en las que viven, en pie de igualdad con los demás ciudadanos y sin discriminación de ningún tipo, y contribuir a garantizar el disfrute en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos;
  • Proporcionar, en coordinación con los mecanismos existentes, asesoramiento especializado y recomendaciones al Consejo de Derechos Humanos, a las Comisiones Principales de la Asamblea General y a los órganos, programas, fondos y organismos de las Naciones Unidas, para combatir todos los flagelos del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia y todas sus formas y manifestaciones contemporáneas a las que se ven confrontad as las personas afrodescendientes y que les impiden lograr la realización y el disfrute plenos y efectivos de todos sus derechos humanos y libertades fundamentales;
  • Estudiar la posibilidad de elaborar una declaración de las Naciones Unidas sobre la promoción, la protección y el pleno respeto de los derechos humanos de los afrodescendientes;
  • Determinar cuáles son las mejores prácticas, los retos, las oportunidades y las iniciativas, y analizarlos, para abordar, según proceda, las cuestiones relacionadas con los afrodescendientes que se señalan en las disposiciones de la Declaración y el Programa de Acción de Durban;
  • Hacer un seguimiento y examen de los progresos realizados en la implementación efectiva del programa de actividades del Decenio Internacional de los Afrodescendientes y, para ello, reunir la información necesaria de los Gobiernos, los órganos y organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no gubernamentales y otras fuentes pertinentes;
  • Solicitar que el sistema de las Naciones Unidas prepare y difunda información sobre cuestiones relacionadas con los afrodescendientes y promover mayor conocimiento y respeto de la diversidad de la herencia y la cultura de los afrodescendientes y de su contribución al desarrollo de la sociedad;
  • Emprender iniciativas de sensibilización y promover la integración y coordinación de las actividades de los organismos, fondos y programas relacionados con los afrodescendientes dentro del sistema de las Naciones Unidas;
  • Prestar apoyo a la coordinación de programas dirigidos al desarrollo socioeconómico de las comunidades y las personas afrodescendientes, y abordar la urgente necesidad, a nivel mundial, de establecer canales adecuados para obtener datos desglosados por ingresos, sexo, edad, raza, etnia, estatus migratorio, discapacidad, ubicación geográfica y otras características pertinentes en los contextos nacionales, de modo que se puedan elaborar y reunir datos desglosados y estadísticas de género de buena calidad, fiables y oportunos y se pueda acceder a ellos de forma sistemática, a fin de contribuir a una mejor ejecución de políticas públicas relacionadas con los afrodescendientes;
  • Ofrecer asesoramiento y recomendaciones sobre cuestiones relativas a la protección, la promoción y el respeto de todos los derechos humanos de los afrodescendientes, y emprender cualquier tarea concreta que le solicite el Consejo de Derechos Humanos o la Asamblea General.

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) había estado trabajando para crear un Foro permanente sobre las Personas de Ascendencia Africana desde noviembre de 2014, cuando recibió el mandato de hacerlo a través de la resolución A/RES/69/16 de la Asamblea General de las Naciones Unidas titulada "Programa de actividades para la aplicación del Decenio Internacional para los Afrodescendientes".

Consulte los métodos de trabajo del Foro Permanente sobre los Afrodescendientes para obtener más información sobre las modalidades, el formato y los aspectos sustantivos y de procedimiento del Foro Permanente.