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Informes temáticos

A/HRC/54/51: Detención arbitraria - Informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria*

Publicado

31 julio 2023

Símbolo ONU

A/HRC/54/51

Enfoque

Detención arbitraria

Resumen

En 2022, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, en el marco de su procedimiento ordinario, aprobó 88 opiniones relativas a la privación de libertad de 160 personas en 50 países. También transmitió 43 llamamientos urgentes a 22 Gobiernos y, en un caso, a otros agentes, así como 111 cartas de denuncia y otras cartas a 61 Gobiernos y, en tres casos, a otros agentes, en relación con al menos 356 personas identificadas. Algunos Estados informaron al Grupo de Trabajo de que habían adoptado medidas para remediar la situación de los detenidos y, en numerosos casos, los detenidos fueron puestos en libertad. El Grupo de Trabajo expresa su agradecimiento a los Gobiernos que respondieron a sus llamamientos y tomaron medidas para proporcionarle la información solicitada sobre la situación de las personas privadas de libertad.

El Grupo de Trabajo realizó visitas a Botswana, del 4 al 15 de julio de 2022, y a Mongolia, del 3 al 14 de octubre de 2022.

En el informe, el Grupo de Trabajo examina las siguientes cuestiones temáticas: a) la detención arbitraria y las leyes sobre la difusión de desinformación; b) la detención arbitraria y la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19); y c) la privación de libertad de los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente.

En sus recomendaciones, el Grupo de Trabajo reitera su llamamiento a los Estados para que sigan estrechando su cooperación en lo que respecta a sus respuestas en el marco del procedimiento ordinario de comunicaciones, informando mediante el procedimiento de seguimiento de la aplicación de las opiniones del Grupo de Trabajo (incluida la facilitación de recursos y reparaciones adecuados a las víctimas de la detención arbitraria) y respondiendo positivamente a las solicitudes de visitas a los países. Asimismo, insta a los Estados a que se abstengan de utilizar las leyes contra la desinformación o las leyes de redacción imprecisa o extremadamente amplia para enjuiciar a personas por difundir información en el marco del ejercicio de su trabajo; a que no practiquen la detención arbitraria de personas en el marco de la aplicación de medidas de emergencia de salud pública; y a que protejan y empoderen a los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente para que participen en actividades vinculadas con la protección y el fomento de esos derechos humanos. El Grupo de Trabajo insta además a los Estados a que proporcionen recursos humanos adecuados y previsibles para que pueda cumplir su mandato de manera eficaz y sostenible. Les pide que atiendan al llamamiento del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para que pongan fin a la detención arbitraria de una vez por todas y pongan en libertad a las personas detenidas arbitrariamente.

Publicado por:

Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria

Pronunciado por:

Consejo de Derechos Humanos 54º período de sesiones

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