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Comunicados de prensa Órganos de tratados

España violó el derecho a la educación de un niño que vive en Melilla, según el comité de la ONU

14 junio 2021

GINEBRA (14 de junio de 2021) – El Comité de los Derechos del Niño (CDN) decidió que España violó el derecho a la educación de un niño marroquí de ocho años en Melilla por no admitirlo inmediatamente en la escuela pública después de que se confirmara su residencia en el territorio español.

De madre marroquí, A.E.A. nació en Melilla en 2013 y vive desde entonces en el enclave español. Cuando tenía seis años, la madre de A.E.A. intentó matricularlo en la escuela, pero las autoridades no reconocieron su residencia. A pesar de varios procedimientos judiciales, las autoridades administrativas y judiciales locales se negaron a permitir que A.E.A. asistiera a la escuela pública.

Su madre presentó una denuncia ante el CDN en marzo de 2020. Ocho meses después, la policía confirmó que A.E.A y su familia vivían en Melilla. A pesar de que la legislación nacional reconoce que los niños residentes tienen derecho a la educación, las autoridades locales se negaron a que el niño asistiera a la escuela, argumentando que no había pruebas de que tuviera un permiso de residencia legal.

El conflicto se resolvió en marzo de este año, cuando el Ministerio de Educación español ordenó a las autoridades locales que permitieran a A.E.A. asistir a la escuela. Para entonces, había perdido cas i dos años de educación formal.

"Celebramos la decisión de admitir a A.E.A. en la escuela. Sin embargo, ha llegado demasiado tarde y no repara totalmente el daño causado por su prolongada ausencia de la escuela", dijo el miembro del Comité, Luis Pedernera. "Todos los niños tienen derecho a ir a la escuela, independientemente de su situación legal o la de sus padres. A.E.A debería haber podido aprender en un aula y hacer amigos con otros niños y niñas de su edad, aunque no tenga la nacionalidad española", añadió.

El CDN consideró que España había violado los derechos de A.E.A. al no tomar medidas rápidas para verificar su residencia en Melilla y al no admitirlo en el sistema educativo público inmediatamente después de que se confirmara que efectivamente vivía en Melilla.

El Comité instó al Estado parte a proporcionar a A.E.A. una compensación adecuada y a que adoptara medidas proactivas para asistirlo en ponerse al día en la escuela.

"A pesar de que la legislación española garantiza la educación a todos los niños residentes, independientemente de su situación administrativa, A.E.A. y la mayoría de los demás niños sin permiso de residencia legal en Melilla se enfrentan a obstáculos de facto que impiden su escolarización. Esto supone una discriminación que viola la Convención sobre los Derechos del Niño", añadió Pedernera.

El año pasado, el Comité recibió con satisfacción la rápida decisión de España la rápida decisión de España de permitir que una niña marroquí de 12 años se matriculara en una escuela local. Hasta ahora, seis niños y niñas que han presentado quejas ante el Comité han sido admitidos en la escuela. Sin embargo, se calcula que más de 150 niños sin un permiso de residencia legal en Melilla siguen excluidos del sistema educativo público. 

Para evitar violaciones similares, el Comité pidió a España que garantice que las autoridades administrativas y judiciales locales tomen medidas eficaces y rápidas para confirmar la residencia de niños y niñas para admitirles en el sistema escolar público sin demora.

La decisión completa del Comité ya está disponible en línea aquí.

FIN

Para obtener más información y solicitudes de medios de comunicación,
póngase en contacto con Vivian Kwok at +41 22 917 9362/ 
vkwok@ohchr.org

Contexto:
El Comité de los Derechos del Niño supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño por los Estados Partes y la aplicación de sus dos Protocolos Facultativos, relativos a la participación de los niños en conflictos armados (OPAC) y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (OPSC). La Convención tiene hasta la fecha 196 Estados partes. El Comité está compuesto por 18 expertos independientes en el ámbito de los derechos humanos que se desempeñan en su capacidad personal y no como representantes de los Estados partes. El Protocolo Facultativo a la Convención relativo al procedimiento de comunicaciones (OPIC), permite que el Comité reciba y examine denuncias presentadas por individuos o grupos de individuos que aleguen violaciones específicas de sus derechos por parte de los Estados que hayan ratificado el Protocolo Facultativo. Hasta la fecha, 48 Estados han ratificado o accedido al OPIC. Las decisiones del Comité son análisis independientes del cumplimiento de los Estados de sus obligaciones de derechos humanos bajo la Convención y sus dos Protocolos Facultativos sustantivos.

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