Skip to main content

Comunicados de prensa Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

Las nuevas tecnologías deben reforzar el derecho a la protesta pacífica, no impedirlo, señala Bachelet a los Estados

25 junio 2020

English

GINEBRA (25 de junio de 2020) – La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, pidió el jueves a los Estados y las empresas que velen por que las nuevas tecnologías, comprendidas la de reconocimiento facial y las denominadas ‘armas menos letales’, se desarrollen y utilicen de modo que no interfieran o impidan la capacidad de las personas para ejercer sus derechos fundamentales a la reunión pacífica, la libertad de expresión y el derecho a participar en los asuntos públicos.

“Las redes y coaliciones pueden usar las nuevas tecnologías para movilizar y organizar protestas pacíficas y para informar mejor a la gente acerca de las manifestaciones y los motivos de su celebración, con lo que contribuyen a impulsar el cambio social”, afirmó la Alta Comisionada. “Pero, como ya hemos visto, también pueden usarse -como es el caso ahora mismo- para limitar y vulnerar los derechos de los manifestantes, vigilarlos, localizar su ubicación e invadir su privacidad”.

La Oficina del ACNUDH publicó hoy un informe* en el que se examina la repercusión de las nuevas tecnologías sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto asambleario, que abarca la celebración de protestas pacíficas.

En el informe se señala que en 2019 hubo protestas en el mundo entero, motivadas por una amplia y compleja gama de razones, entre otras como respuesta a la discriminación racial y estructural y el empeoramiento de las condiciones socioeconómicas, y que el descontento ha proseguido en el año en curso.

“Habida cuenta de la importancia que reviste para las democracias el ejercicio del derecho a la reunión pacífica y la función que pueden desempeñar las tecnologías aplicadas por conducto de Internet, es esencial que los Estados cierren la brecha digital y garanticen que el mayor número posible de personas disponga de acceso seguro y económico a la red”, dijo la Alta Comisionada.

Asimismo, los Estados deberían abstenerse de usar los cortes de Internet, también conocidos como “caídas de las redes”, “interruptores de seguridad” o “apagones”, que el informe califica de “maneras especialmente dañinas de obstruir el funcionamiento de las TIC [tecnologías de la información y la comunicación] y, por ende, de interferir en las asambleas”. Al menos 65 de esos apagones se registraron durante las protestas de 2019, con lo que se puso en peligro el derecho de reunión pacífica, tanto en las redes informáticas como fuera de ellas. Además, según los informes, esos cortes de Internet tuvieron una considerable repercusión económica.

La vigilancia por medios tecnológicos ha sido un factor importante en la reducción del espacio cívico ocurrida en numerosos países por dos razones: la primera es que los Estados recurren a la injerencia en línea y el pirateo de instrumentos de TIC y cuentas de las redes sociales que los organizadores de las manifestaciones suelen utilizar en su planificación, y, la segunda, porque las autoridades usan esos medios para vigilar directamente a quienes participan en las protestas.  

Un aspecto que el informe destaca particularmente es el uso de la tecnología de reconocimiento facial, que permite la identificación, la vigilancia y el seguimiento automáticos de los manifestantes. En el informe se señala que mucha gente pierde las ganas de manifestarse en público y expresar libremente sus ideas por temor a ser identificadas y sufrir luego consecuencias adversas. Además, la tecnología de reconocimiento facial puede también perpetuar y potenciar la discriminación, incluso en perjuicio de los afrodescendientes y otras minorías.

En el informe se recomienda a los Estados que se abstengan de utilizar la tecnología de reconocimiento facial para identificar a quienes participan en reuniones pacíficas y que no realicen grabaciones de los manifestantes, a menos de que existan indicios fiables de que los participantes llevan a cabo actividades delictivas o se disponen a hacerlo.

Debería decretarse una moratoria sobre el uso de la tecnología de reconocimiento facial en el contexto de las protestas pacíficas, hasta que los Estados cumplan con determinados requisitos, entre otros el de la diligencia debida en materia de derechos humanos, antes de instalar esos sistemas. Entre esos requisitos figuran además la supervisión eficaz e independiente de su empleo; la aplicación de leyes estrictas que protejan la privacidad y los datos; y la transparencia total en lo tocante al uso de las imágenes registradas y la tecnología de reconocimiento facial en el contexto de las manifestaciones.

“El derecho de reunión pacífica nunca ha sido más importante que ahora, cuando un número mayor de manifestantes protestan contra el racismo, incluso contra el que ejerce la policía”, declaró Bachelet. “El reconocimiento facial no debería aplicarse en este contexto de protestas pacíficas sin las salvaguardas esenciales relativas a la transparencia, la protección de datos y la supervisión”. 

En el informe se detalla también la responsabilidad de las empresas privadas en cuanto a la aplicación de la debida diligencia en materia de derechos humanos, especialmente con miras a velar por que los requisitos de protección de datos y no discriminación se incorporen a la concepción y aplicación de dichas tecnologías.

El uso de otras tecnologías de punta, tales como las armas y municiones menos letales, es también objeto de examen en el informe. Aunque las porras, el aerosol de pimienta y el gas lacrimógeno han sido utilizados durante décadas por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, los progresos tecnológicos recientes han propiciado la elaboración de nuevas armas y municiones menos letales, que también se emplean ahora para reprimir a los manifestantes. Entre esos instrumentos figuran las pistolas eléctricas, tales como las “tasers”, los proyectiles de goma o de plástico conocidos en inglés como “de impacto cinético”, las escopetas que disparan pelotas de gas pimienta, las armas acústicas y los drones con sistemas autónomos que dispersan gas lacrimógeno.    

“Estas armas, supuestamente menos letales, han causado daños terribles cuando se han empleado contra manifestantes pacíficos en el mundo entero. Aunque puedan ser necesarias en determinados contextos para mantener el orden, su uso debe ser vigilado cuidadosamente y debe estar sujeto a una aplicación rigurosa de los criterios de necesidad y proporcionalidad”, dijo Bachelet. “Un arma menos letal puede matar si se usa de manera inadecuada, tanto de forma accidental como deliberada. Es fundamental que el personal encargado de hacer cumplir la ley reciba una formación obligatoria en el empleo de ese armamento y que se garantice la rendición de cuentas en caso de violaciones de derechos humanos vinculadas a su uso indebido”.

La Alta Comisionada pidió a los Estados que cumplan estrictamente lo estipulado en el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y en los  Principios básicos sobre el empleo de la fuera y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

Bechelet instó además a los Estados a que tengan en cuenta el documento titulado United Nations Human Rights Guidance on Less-Lethal Weapons in Law Enforcement* [Guía de las Naciones Unidas sobre el uso de armas menos letales para hacer cumplir la ley], publicado recientemente por la Oficina del ACNUDH.

FIN

Para más información y solicitudes de prensa, póngase en contacto con : Rupert Colville - + 41 22 917 9767 / rcolville@ohchr.orgo Jeremy Laurence - + 41 22 917 9383 / jlaurence@ohchr.orgoLiz Throssell- + 41 22 917 9296 / ethrossell@ohchr.org o Marta Hurtado - + 41 22 917 9466 / mhurtado@ohchr.org

Etiqueta y comparte - Twitter: @UNHumanRights y Facebook: unitednationshumanrights