Declaraciones Procedimientos Especiales
Declaración final de misión - Visita del Experto Independiente sobre la deuda externa y los derechos humanos a Panamá
10 mayo 2017
Experto Independiente de las Naciones Unidas acerca de los efectos de la deuda externa y otras obligaciones financieras internacionales de Estados referentes al gozo total de los derechos humanos, en especial derechos económicos, sociales y culturales
Sr. Juan Pablo Bohoslavsky
Ciudad de Panamá, 10 de mayo 2017
Hoy finalizo mi visita de nueve días a la República de Panamá y me gustaría compartir algunos hallazgos y recomendaciones preliminares. Comienzo agradeciendo al Gobierno por su invitación y completa cooperación antes y durante mi misión, y por la apertura para discutir numerosos temas conmigo. Me gustaría también agradecer a mis interlocutores por compartir conmigo información, puntos de vista y perspectivas.
Comenzaré mis comentarios enmarcando los problemas complejos en cuestión a nivel global. Luego de ello, dirigiré mis observaciones preliminares hacia los problemas discutidos durante mi misión en Panamá.
El Consejo de Derechos Humanos mediante sus resoluciones 34/11 y 34/3 me solicitó estudiar, entre otras cosas, el impacto de los flujos financieros ilícitos sobre los derechos humanos. Como lo he explicado en los informes temáticos presentados ante el Consejo en el 2015 (A/HRC/28/60) y el 2016 (A/HRC/31/61), los flujos financieros ilícitos tienen implicaciones múltiples, amplias y seriamente negativas para los derechos humanos. Voy a reiterar la más obvia: le substraen a los Estados recursos públicos necesarios para la inversión en programas y políticas sociales, la administración de justicia, en escuelas, hospitales, viviendas y salud; en otras palabras, en todas aquellas áreas relacionadas con el cumplimiento de los derechos humanos, particularmente para los más vulnerables, los pobres y los desatendidos. Al mismo tiempo, los flujos financieros ilícitos afectan las balanzas de pagos de los países, limitando así su crecimiento e inversión, ya que estos requieren de importaciones; además, facilitan y amplifican las crisis financieras, la cual a su vez, golpea fuertemente a los más vulnerables.
Los flujos financieros ilícitos son un reto global que afecta a países desarrollados y en desarrollo. No son un accidente o un subproducto generado por el mercado sino que frecuentemente parecen el resultado de prácticas sancionadas por el Estado.
No cabe duda que estos flujos solamente podrán ser efectivamente atacados y contrarrestados a través de mecanismos de cooperación internacional y responsabilidad compartida. De igual forma, los esfuerzos de un solo país, sin cambios estructurales en otras jurisdicciones o sin esfuerzos internacionales para combatir la opacidad, rara vez producirán resultados significativos. Por eso es que felicito a los Estados Miembros de las Naciones Unidas por su compromisopara reducir dichos flujos substancialmente como parte del objetivo 16.4 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. También doy mérito a que este compromiso fue adquirido al mismo tiempo en que los Estados Miembros de la ONU se comprometieran a reducir la desigualdad dentro y entre los países como el Objetivo 10 de la Agenda de Desarrollo Sostenible. El reducir los flujos financieros ilícitos significaría una contribución muy sustancial a la reducción de la desigualdad nacional y global de riquezas e ingresos.
Estrechamente vinculada, la Agenda de Acción Addis Abeba1 establece que la mayor parte de los fondos necesarios para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible va a provenir de los propios países en vías de desarrollo a través de ganancias significativas en la movilización de recursos domésticos. La reducción de flujos financieros ilícitos y otros abusos fiscales, y la necesidad universalmente entendida de movilizar recursos domésticos están intrínsecamente conectadas entre ellas y, por supuesto, también a los derechos humanos.
Mientras que existe un gran número de fenómenos clasificados como flujos financieros ilícitos y otros abusos fiscales, incluyendo evasión fiscal, elusión fiscal proveniente de corporaciones transnacionales, soborno, corrupción y otras actividades delictivas tales como blanqueo de capitales, tráfico humano, de drogas, de armas o pornografía infantil, se ha estimado que la mayor parte de los flujos financieros ilícitos provienen de transacciones fiscales transfronterizas. De hecho, la idea de los movimientos internacionales de capital que transfieren activos líquidos o utilidades contables a jurisdicciones con baja (o ninguna) obligación fiscal y con estrictas leyes de confidencialidad es esencialmente reducir el pago de impuestos. El reducir estos flujos financieros ilícitos relacionados con impuestos debería minimizar la evasión de impuestos por parte de individuos con alta riqueza, y corporaciones trasnacionales que utilizan el fraude en la facturación y la transferencia de precios para evadir impuestos.
Los estimados globales muestran una cantidad significativa de riqueza mantenida off-shore beneficiándose de la confidencialidad y del uso de instrumentos financieros que han sido establecidos en un número de países, y que no se declaran correctamente.
Si se consideran las estimaciones disponibles del 2015, existen entre $24 a $36 trillones en riqueza privada no declarada depositada en el extranjero. Se ha estimado que la cantidad relativa de riquezas de países en desarrollo mantenida en el extranjero es mucho mayor que la de países desarrollados, entre el 20% al 30% para muchos países latinoamericanos y africanos. Otro hecho crucial que se debe mencionar es la tenencia desigual de riqueza off-shore. Se ha estimado que entre el 85% al 90% de las riquezas son propiedad de menos de 10 millones de individuos –solamente el 0.014% de la población mundial.2
¿Cómo podemos detener este colosal fraude global así como abordar su conexión con la desigualdad en el mundo? Lo diré frontalmente: se deben tomar tres medidas principales para superar la economía en las sombras: a) la eliminación de compañías ficticias y cuentas anónimas, con la imposición de un requisito legal de declarar públicamente toda la información del beneficiario final de todas las entidades comerciales, incluyendo sociedades, fideicomisos, fundaciones y entidades benéficas; b) el intercambio automático de información fiscal a nivel mundial; y c) el establecimiento a través de un mandato legal de informes públicos país-por-país por parte de las corporaciones transnacionales, el cual exhiba sus activos, ingresos, utilidades, impuestos pagados y número de empleados, como también su balance de situación en cada una de las jurisdicciones donde operan, en vez de presentar un balance global consolidado.3 Instrumentos societarios vacíos y de fácil manipulación, fondos ocultos a través de beneficiarios desconocidos e impunidad al diseñar estrategias corporativas globales para no pagar o casi no pagar impuestos no promueven un crecimiento inclusivo. Debe ser mencionado desde un punto de vista técnico que aquellos tres pasos no son difíciles de implementar; sin embargo, sí requieren voluntad política para hacerlo.
Habiendo compartido esta mirada general, la pregunta podría ser: ¿He visitado el país ‘incorrecto’? Algunos se preguntarán por qué estoy visitando Panamá entre todos los países del mundo. Otros se preguntarán si estoy o no señalando a un solo país por un problema que es verdaderamente internacional.
En efecto, los flujos financieros ilícitos son un problema global y yo podría visitar casi cualquier país que proporciona servicios financieros y legales o que tiene una industria bancaria significativa, usualmente países altamente desarrollados, como también muchos otros países que sufren o han sufrido la salida de flujos financieros ilícitos. De hecho este año estoy visitando tres países muy diferentes: Túnez (Febrero 2017), el cual continúa su lucha para recuperar activos que se encuentran en otras jurisdicciones y fueron robados durante el pasado régimen Ben Ali; ahora Panamá, y después en este mismo año visitaré Suiza, también un gran mercado financiero internacional. Cada uno de estos países representa un aspecto diferente de la cadena de valor global de los paraísos fiscales, por lo tanto, juegan un papel en el entendimiento y la recomposición de un sistema fiscal internacional roto.
Asimismo, estos tres informes de misión serán simultáneamente discutidos con el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en marzo de 2018, durante su 37vasesión en Ginebra, brindándome una oportunidad única para explorar aspectos comunes así como especificidades referentes a sus desafíos y respuestas.
Estoy convencido que esta visita a Panamá ha sido fructífera, ayudándome a comprender mejor y a visualizar cómo las maquinarias regulatorias complejas, los diseños institucionales, la gobernanza, la rendición de cuentas, la cooperación internacional, los mercados financieros y los impuestos están todos intrínsecamente vinculados con la desigualdad y los derechos humanos.
Mi primer objetivo en esta visita fue aprender acerca de los esfuerzos realizados en Panamá para incrementar la transparencia financiera y fiscal, y reducir los flujos financieros ilícitos y otros abusos fiscales. En concordancia con el mandato que el Consejo de Derechos Humanos me ha confiado, mi objetivo principal es evaluar in-situ los retos que Panamá todavía enfrenta en este ámbito. Mi misión también se enfocó en analizar si el impresionante crecimiento que Panamá ha experimentado se ha traducido en asegurar la realización de los derechos económicos, sociales y culturales para todos los residentes y también evaluar el papel que juegan las autoridades e instituciones financieras internacionales en la prevención de impactos negativos sobre los derechos humanos en el financiamiento y la implementación de proyectos de infraestructura a gran escala dentro del país.
Panamá ha ratificado numerosos tratados de derechos humanos, notablemente el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales4 y, por lo tanto, está legalmente forzado a lidiar con estos temas. También está obligado a utilizar el máximo de los recursos disponibles para asegurar el goce de derechos económicos, sociales y culturales conforme al artículo 2.1, y realizar esto sin discriminación por ningún motivo, de acuerdo con el artículo 2.2. A su vez, Panamá tiene la obligación de asegurar que las actividades que se realicen dentro de su jurisdicción no afecten negativamente el goce de los derechos humanos en su territorio o en el extranjero5, lo que significa que tiene la responsabilidad de asegurar que todas compañías operando dentro o desde su territorio –desde bancos, casinos, bufetes de abogados hasta inmobiliarias, aseguradoras y empresas de transporte, entre otras- respeten los derechos humanos, y aún más importante, que sus acciones y omisiones no resulten en impactos negativos en otras jurisdicciones, por ejemplo al participar en la fuga de activos y capital que deben ser debidamente declarados y gravados6.
Es dentro de este contexto donde me gustaría discutir las revelaciones del Consorcio Internacional de Periodistas Investigativos, en mayo del 2016, basadas en una fuga de documentos de un bufete de abogados ubicado en Panamá, Mossack-Fonseca. Los así llamados “Panama Papers” (junto con fugas de información de fenómenos similares7 dirigió la atención internacional a la escala y el volumen de fraude fiscal y lavado de dinero por parte de corporaciones comerciales, personas políticamente expuestas e individuos adinerados de todas partes del mundo.
Muchos de mis interlocutores durante esta visita han señalado que es desafortunado que la imagen internacional del país haya sido teñida de esa manera con el nombre de “Panama Papers”, cuando en realidad el gran número de compañías, fideicomisos y transacciones, como también el alto volumen de fondos involucrados en estas transacciones, han sido rastreadas hacia muchas jurisdicciones a través del mundo. Es cierto, los “Papers” han demostrado qué tan internacional es el problema. Personas políticamente activas, individuos acaudalados, empresas e instituciones financieras de alrededor del mundo han solicitado los servicios financieros de un bufete de abogados en Panamá para depositar activos financieros provenientes de al menos 21 jurisdicciones. Sin embargo, los cambios regulatorios que este escándalo activó y aceleró dentro del país demuestran que Panamá puede y debe incrementar la transparencia y la rendición de cuentas dentro de su plataforma de servicios financieros.
Mientras la percepción internacional es que este escándalo fue el detonante en la esfera doméstica hacia una regulación más fuerte y mayor transparencia en Panamá, durante mi visita he aprendido que ya existía un número de discusiones y reformas implementadas mucho antes de los “Papers”, y que éstas revelaciones aceleraron su implementación y les dieron un enfoque más robusto. Entre estas reformas se encuentran nuevos obstáculos para emitir acciones al portador, el establecimiento de la obligación por parte de las empresas de mantener libros contables acerca de transacciones al extranjero, el fortalecimiento de los requisitos de la diligencia-debida para agentes residentes, la cual solicita que se declare quiénes son los verdaderos dueños de los instrumentos societarios para los cuales ellos proporcionan los servicios, la regulación y supervisión de actores no financieros (tales como casinos, la Zona Libre de Colón, firmas de abogados y contadores, inmobiliarias, entre otros) los cuales ahora están obligados a reportar transacciones sospechosas.
También quisiera mencionar la reciente adopción de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en el Ámbito de la Fiscalidad. Varios tratados de intercambio de información fiscal han sido firmados8 por Panamá, incluyendo la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero de los Estados Unidos. Otro precedente y positivo desarrollo hacia una mayor transparencia y regulación de transacciones de blanqueo de capitales vino en febrero del 2016 con la salida de Panamá de la “lista gris” de GAFI (Grupo de Acción Financiera), una entidad multilateral a cargo de monitorear la efectividad de las estrategias, legislación y regulación en el campo financiero. La calificación de Panamá bajó en el 2014, y como consecuencia, un plan de acción con ciertos objetivos a alcanzar fue acordado y puesto en marcha. Celebro estos esfuerzos de Panamá y reconozco su importancia, y quisiera exhortar a las instituciones estatales en Panamá a que continúen realizando sus mejores esfuerzos para minimizar la opacidad financiera.
Aún así, estoy convencido de que Panamá necesita ampliar su entendimiento acerca de los retos en términos de opacidad financiera y fiscal. Mis razones son múltiples: primero, he aprendido que la evasión fiscal no es considerada como un delito dentro de la legislación penal panameña. Aquellos obligados a reportar transacciones sospechosas no están obligados a prestar especial atención a si los impuestos involucrados han sido pagados o no. El sistema entero de reporte de transacciones sospechosas parece no comprehender la dimensión fiscal fundamental del más amplio problema de flujos financieros ilícitos. En otras palabras, “conozca a su cliente” actualmente excluye la evaluación del cumplimiento de obligaciones y estatus fiscales en Panamá o en el extranjero. Desde mi punto de vista, esta brecha necesita ser cerrada dentro de la regulación Panameña sin dilación. De hecho, investigaciones criminales en curso en el país contra aquellos que han creado, promocionado, administrado y se han beneficiado del sistema amañado se han limitado a unos pocos de abogados y no por su rolen tal sistema, sino por su involucramiento en lavado de dinero junto con otros delitos cometidos en el exterior.
Por supuesto, establecer sanciones penales para la evasión de impuestos debe ser parte de una estrategia integral que considere este delito como un fenómeno complejo involucrando todas las dimensiones relevantes de la economía, en especial las del sector bancario, inmobiliario, los intermediarios financieros y no financieros y las Zonas Libres de Comercio, tanto para las actividades domésticas como internacionales.
En segundo lugar, creo que el sector financiero y bancario todavía necesita ser integrado a la agenda de lucha contra los fondos ilícitos en Panamá. El sector bancario en el país representa aproximadamente un 7% del PIB, con 90 bancos operando, la mayoría de ellos con licencia para llevar a cabo operaciones tanto domésticas como internacionales. Esto nos lleva a la pregunta: ¿Qué papel juegan las instituciones bancarias y financieras en los flujos de dinero que los instrumentos societarios facilitan? Si bien es cierto que muchas transacciones financieras ejecutadas por compañías formalmente creadas en Panamá se llevan a cabo en jurisdicciones extranjeras, siendo que más del 40% de los activos financieros en el sector financiero Panameño son enviados/prestados hacia el extranjero, encuentro que es absolutamente esencial que cualquier estrategia nacional para reducir los fondos ilícitos incorpore al sector bancario. Aun cuando el informe 2016 de la Comisión Independiente de Expertos establecida por el Gobierno presentó recomendaciones esenciales, en mi punto de vista, estas recomendaciones necesitan ser complementadas con medidas para asegurar la diligencia debida dentro del sector bancario.
La participación global de las instituciones financieras en las estrategias abusivas de planificación fiscal para las empresas transnacionales en todo el mundo se confirma por el número de casos en que las instituciones financieras individuales recibieron sanciones específicas o fueron objeto de investigaciones por una serie de infracciones, siendo la más común ayudar a corporaciones y clientes adinerados a cometer fraudes fiscales9. Panamá no puede considerarse una excepción, sobre todo dada su plataforma financiera altamente conectada. Por lo tanto, aliento al regulador bancario panameño a que amplíe el alcance y la naturaleza de la información disponible públicamente para ofrecer el expediente completo: incluyendo las investigaciones y sanciones impuestas a las instituciones que supervisa, así como las razones de tales investigaciones y sanciones. Este paso también puede aumentar la confianza en la rendición de cuentas de todos los actores, independientemente de su posición económica.
Panamá necesita fortalecer la dimensión fiscal de la diligencia debida en el sector bancario: más allá del volumen real del impuesto evadido al Estado panameño (dado el principio de territorialidad en que se basa su sistema tributario), existe una obligación extraterritorial de no facilitar impactos fiscales negativos en otras jurisdicciones. Además, los costos de reputación de la opacidad financiera y corporativa, que claramente han tenido múltiples ramificaciones en la economía nacional y su sociedad, también deben conducir a un debate nacional acerca del tipo de inversión que se debe atraer al país, cómo y para qué. El informe de la Comisión Independiente de Expertos ha planteado cuestiones similares en el contexto de la erosión de la base imponible, así como la transferencia de utilidades e inversión de capital. Creo que las respuestas deben ser adoptadas basadas en un amplio consenso y en los derechos humanos.
Tercero, para implementar efectivamente las reformas encaminadas a mejorar la transparencia fiscal y financiera en el país, se debe fortalecer la gobernanza. Debe establecerse una legislación clara y sólida sobre los conflictos de intereses para que se asegure la autonomía y la independencia de los supervisores sectoriales y los responsables de la toma de decisiones. También es crucial garantizar la independencia del órgano judicial, incluyendo un sistema más participativo y transparente de nombramiento de jueces basado en el mérito y mayor estabilidad en los nombramientos y la dotación de personal para mejorar la profesionalización.
No cabe duda de que la transparencia financiera y fiscal debe ser abordada por todos los países. En la economía global, la transparencia es tan fuerte como su eslabón más débil, el actor menos transparente10. Panamá puede y debe cumplir su parte como lo debe hacer el resto del mundo. Más allá de todas las cuestiones ya expuestas en los párrafos anteriores, esto significa que todos los Estados de origen deben aplicar regulaciones claras que hagan ilícito declarar de manera intencionada, incorrecta o inexacta el precio, la cantidad, la calidad u otros aspectos del comercio de bienes y servicios para trasladar capital o beneficios a otra jurisdicción o manipular, evadir o evitar cualquier tipo de gravamen. También incluye una genuina reciprocidad y buena fe por parte de todos los países en el cumplimiento de los tratados de intercambio de información fiscal.
Otro aspecto final en esta problemática a nivel mundial es el importante papel que desempeñan los periodistas y denunciantes en la investigación de la corrupción y en la generación de atención en torno al impacto negativo de los flujos financieros ilícitos sobre el Estado de Derecho, la eficacia de las instituciones y, en última instancia, en la realización de los derechos humanos. Debe prestarse especial atención a la protección de los periodistas y sus fuentes para asegurar la indispensable independencia que los periodistas necesitan para su trabajo. En estos casos, los periodistas actúan como defensores de derechos humanos, arrojando luz sobre temas críticos de nuestro tiempo; y como tales requieren garantías de protección contra amenazas y represalias11.
Permítanme ahora pasar a abordar otra dimensión de mi evaluación preliminar en Panamá. El crecimiento económico en un país con un sector financiero de clase mundial debería traer consigo reducciones sustanciales en las desigualdades económicas, sociales y políticas de su población junto con mejoras masivas en el goce de los derechos económicos, sociales y culturales para los pobres y marginados.
Panamá se enorgullece de la fortaleza de su modelo económico orientado a los servicios12 y del impresionante crecimiento con un promedio anual de 7.2% que ha logrado en la última década, más del doble que el promedio regional y entre los más altos del mundo. Se debe señalar que este crecimiento está vinculado con el período en que la administración del Canal de Panamá pasó a los panameños. El país se beneficia de su ventaja geográfica como centro de servicios bancarios y financieros, logísticos, de transporte y comunicaciones. Se estima un crecimiento de alrededor de 5.5% anual en los próximos años.
En términos absolutos, el crecimiento ha llevado a la reducción de la pobreza en especial desde 2004. Entre 2008 y 2014 la pobreza disminuyó de 26.2 a 18.7% y la pobreza extrema de 14.5 a 10.2%13. Si bien esto ha significado que ahora más personas son consideradas "de ingreso medio" en el país, he escuchado repetidamente hablar de los "cuatro Panamás": la riqueza y los ingresos continúan fuertemente estratificados e indican una profunda desigualdad y exclusión. Hay un pequeño grupo urbano rico, un grupo urbano pobre, un Panamá rural más pobre, y un grupo indígena con la peor situación en las comarcas y territorios indígenas en donde viven los ocho pueblos indígenas. La pobreza extrema urbana representa alrededor del 4%, mientras que la pobreza extrema rural representa el 27%, seis veces más. En las comarcas, la pobreza es superior al 70% y la pobreza extrema llega hasta el 40%, 4 veces el promedio nacional. En este contexto, el Plan Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas debe ser implementado con un enfoque basado en los derechos humanos y de acuerdo con las normas y principios internacionales de derechos humanos sobre los derechos de los pueblos indígenas.
El coeficiente de Gini de Panamá es más alto que el de muchos países en la región, encontrándose en 50.7 (2014)14. Se podría caer en la trampa de considerar que se trata de una simple paradoja que se corregirá con el tiempo, si no fuera por el análisis de las opciones políticas y económicas que parecen seguir favoreciendo la consolidación de las riquezas y el crecimiento en manos de unos pocos. Vale la pena señalar que Panamá tiene una de las proporciones más bajas de impuestos/PIB en la región de Latinoamérica (16.2% frente al promedio regional 22.5% en el 2015). Si bien todos los países de la región han aumentado esta proporción entre 1990 y 2015, en Panamá sigue siendo prácticamente la misma15.
El Plan Estratégico de Gobierno 2015-201916 reconoce que el desarrollo reciente se ha basado en una estructura social, económica e institucional con múltiples desequilibrios y brechas. También establece como objetivo explícito mejorar la inclusión social. Estoy de acuerdo con su diagnóstico y objetivo. En mi opinión, la falta de equilibrios y las brechas en los impuestos impiden distribuir la riqueza de manera amplia; además se necesitan cambios sistémicos para crear una sociedad más inclusiva, justa y productiva.
La política fiscal es una herramienta poderosa que los Gobiernos pueden utilizar para abordar la exclusión y la desigualdad, y para asegurar que ningún grupo acapare los beneficios del crecimiento. Más importante aún, los impuestos deben también ser entendidos como un elemento esencial en la implementación de las obligaciones internacionales de derechos humanos, notablemente para equilibrar desigualdades. Por ejemplo, en el área de rápido crecimiento de inmuebles y propiedades horizontales de alta gama en Panamá, especialmente en la Ciudad de Panamá, se está llevando a cabo un debate legislativo relacionado con reducir el impuesto a las propiedades. Mientras algunas constructoras han expresado que el gravamen actual es muy alto y que el avalúo es muy “subjetivo”, el Gobierno considera justamente que una descontinuación de este impuesto sería perjudicial para la base imponible global. Además, quisiera destacar que los impuestos sobre la propiedad y la tierra en un país que se urbaniza rápidamente, como Panamá, con la "financialización" de la vivienda como fenómeno, podrían ser un elemento esencial en la lucha contra la pobreza y la desigualdad, como así también serviría para abordar posibles flujos ilícitos en forma de transacciones inmobiliarias.
El presupuesto nacional debe ser racionalizado, con una mejor inversión pública planificada y regulada en las áreas sociales, la cual es dramáticamente necesaria en especial en las áreas pobres y marginadas. Las ventajas económicas de Panamá deberían estar enderezadas a beneficiar a su pueblo. La planificación presupuestaria y la programación deben considerar necesidades plurianuales, mecanismos de rendición de cuentas y balances actualizados de los tipos de inversiones que permitan asegurar la eliminación de la inequidad y la desigualdad como prioridad máxima.
Otra dimensión crítica de la atención desproporcionada dada al crecimiento económico en detrimento del desarrollo humano y la inclusión se puede percibir en la implementación de un número de inversiones en infraestructura, agroindustria y centrales hidroeléctricas. La capacidad económica de Panamá, el fácil acceso al crédito y su prioridad en la prestación de servicios a los mercados internacionales han captado un énfasis desigual en una serie de proyectos sin tener en cuenta los derechos humanos y la evaluación del impacto ambiental antes de llevarlos a cabo. Para ilustrar algunos, se señalaron las consecuencias de las centrales hidroeléctricas en la provincia de Chiriquí, en particular las conocidas como "La Cuchilla", "Chuspa" y “Chan 75”. En algunos de estos casos, el volumen de agua utilizada, el tipo de contratos de concesión con empresas y el impacto en el caudal de los ríos en estas áreas sugieren no sólo un impacto directo en la falta de acceso al agua para uso doméstico y personal, sino también un impacto a largo plazo en las vías fluviales, los ecosistemas y las condiciones humanas de comunidades enteras. También he recibido información referente al desplazamiento de comunidades y pobladores causado por conflictos de tierras y ventas ilícitas en el caso de Kusapín, y la situación de afro-descendientes en relación con el desplazamiento debido a un proyecto turístico en Pedro González. También expreso preocupaciones por la situación de estas comunidades.
Quisiera referirme a la compleja situación de la Planta Hidroeléctrica Barro Blanco, la cual ha sido considerada por varias instancias nacionales, así como por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y la que también fue tema de un llamamiento urgente por algunos de mis colegas, los Relatores Especiales sobre el medio ambiente y los derechos humanos, y también sobre los derechos de los pueblos indígenas, en junio de 201617>. El Gobierno respondió señalando la importancia que le otorga al diálogo y la resolución pacífica de los conflictos, así como su compromiso proactivo para asegurar que un acuerdo reciente con las comunidades sea alanzado de manera participativa y que ello sea implementado. Se ha observado que este proyecto ya está próximo a su finalización, en cuyo caso existe un aspecto esencial de reparación y compensación. En otros casos, deben garantizarse los estándares de derechos humanos de consentimiento libre, previo e informado antes de que cualquier proyecto sea desarrollado, y éstos deben ser respetados tanto por los gobiernos como por los financiadores públicos y privados.
En este campo, el Estado está obligado por el derecho internacional de los derechos humanos (que protege de manera prominente a los grupos más vulnerables) y los tratados bilaterales de inversión (protegiendo los derechos de los inversionistas).
Quisiera recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha abordado este mismo tipo de conflicto en favor de una comunidad indígena18y sus derechos humanos, lo cual no debería pasar desapercibido para los árbitros internacionales y negociadores de tratados.
Durante mi visita, muchas autoridades panameñas y otros interlocutores han mencionado la importancia dada a las percepciones y evaluaciones internacionales. Claramente, existe un interés particular en el cumplimiento de las regulaciones y mecanismos internacionales sobre transparencia, especialmente el GAFI. Es importante resaltar que Panamá debe ser igualmente consciente de la importancia de cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Respecto a esto, quisiera elogiar al país por haber tomado medidas claras en la preparación de algunos informes pendientes a los mecanismos de supervisión de tratados de las Naciones Unidas, por ejemplo, para el Comité de los Derechos del Niño y más recientemente el Documento Básico Común. También he sido informado que el Gobierno está preparando su informe en el marco del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, pendiente desde el 2004.
Para concluir, felicito al Gobierno de Panamá por su voluntad para discutir todos los temas conmigo y por su disposición a entablar un debate constructivo sobre cómo minimizar la opacidad financiera, fiscal y corporativa y garantizar condiciones bien arraigadas para el desarrollo sostenible. Considero que el Sistema de Naciones Unidas en Panamá tiene un rol que desempeñar apoyando al país en la implementación de una agenda de transparencia anclada en el derecho internacional de los derechos humanos. Este debe ser el marco para las finanzas en todos los países.
Gracias.
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Información sobre la visita
El Experto Independiente de las Naciones Unidas sobre los efectos de la deuda externa y otras obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados sobre el pleno gozo de los derechos humanos, particularmente los derechos económicos, sociales y culturales, visitó Panamá del 2 al 10 de mayo de 2017.
Se reunió con una amplia gama de partes interesadas, incluyendo autoridades y funcionarios gubernamentales de alto rango. El Sr. Bohoslavsky se reunió con los Ministros de Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas, Desarrollo Social y Salud, así como con el Viceministro de Trabajo; Medio Ambiente y con las autoridades de estos diversos ministerios, como también con el Ministerio de Obras Públicas. Tuvo la oportunidad de reunirse con la Autoridad Nacional para la Administración de Tierras (ANATI). También se reunió con representantes de CANDSIF, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), la Unidad de Análisis Financiero (UAF), varios miembros del Comité Independiente de Expertos, la Asociación Bancaria de Panamá y con varios reguladores (Superintendencia de Bancos, Valores y de Seguros y Reaseguros). El Experto Independiente también se reunió con la Autoridad del Canal de Panamá.
El Experto Independiente tuvo la oportunidad de reunirse con el Presidente de la Corte Suprema y algunos Jueces, así como con la Procuradora General y miembros de su equipo, el Defensor del Pueblo; el Colegio Nacional de Abogados y bufetes de abogados. En cuanto al financiamiento multilateral, se reunió con el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Mundial, la Corporación Financiera Internacional y la CAF-Banco de Desarrollo de América Latina.
El programa del Sr. Bohoslavsky también dio lugar a reuniones con representantes de pueblos indígenas, sindicatos, sociedad civil y organizaciones comunitarias, como también con catedráticos y expertos. Tuvo la oportunidad de reunirse con el Coordinador Residente de las Naciones Unidas y con miembros del Equipo Nacional de las Naciones Unidas.
El Experto Independiente desea agradecer a todos sus interlocutores por su tiempo y la oportunidad de mantener una discusión franca y por compartir información y puntos de vista. Expresa su gratitud a la Oficina Regional del Alto Comisionado para los Derechos Humanos para Centroamérica por su trabajo y asistencia en la preparación y realización de esta visita.
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3/ Vea una discusión actualizada y detallada de estas iniciativas en Pogge,Thomas & Metha, Krishen, Global Tax fairness, Oxford University Press, 2016.
4/ Ratificado el 8 de Marzo de 1977. Otros tratados sobre derechos humanos ratificados por Panamá incluyen el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención contra todas las formas de Discriminación Racial, la Convención para la Eliminación de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño.
5/ Véanse las referencias a la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en sus Observaciones Finales con relación a Suiza también ha interpretado la afirmación de que los Estados tienen obligaciones territoriales adicionales con respecto al secreto financiero y a los flujos financieros ilícitos (CEDAW/C/CHE/CO/4-5). Esto también está alineado con los Principios de Maastricht sobre las obligaciones extraterritoriales de los Estados en el ámbito de los derechos económicos, sociales y culturales, 2011.
6/ Véanse los Principios Rectores de las Empresas y los Derechos Humanos (A/HRC/17/31), adoptados en la resolución 17/4 (16 de junio de 2011) del Consejo de Derechos Humanos. Para estudios recientes revisados por la Comisión de Investigación del Parlamento Europeo para los Panama Papers, los cuales analizan el impacto presupuestario, económico y financiero del sistema de los paraísos fiscales y los centros financieros extraterritoriales, véase http://www.europarl.europa.eu/thinktank/en/document.html ? Reference = EPRS_STU (2017) 593803
7/ Tales como las fugas de «Suiza», «Luxemburgo» y «Bahamas».
8/ Para más detalles véase: https://dgi.mef.gob.pa/Tributación-I/C-Firmados.html
9/ Henry, James, “Let’s tax anonymous wealth!,” Pogge & Mehta, ver cita 3.
10/Stiglitz, Joseph &Pieth, Mark, “Overcoming the Shadow Economy,” Friedrich Ebert Stiftung, Berlín, 2016.
11/Ver Fitzgibbon, Will, "Journalists Hang Tough in Face of Backlash Against Panama Papers Reporting", Diciembre 2016, https://panamapapers.icij.org/20161201-journalists-face-backlash.html
12/ Como referencia, el 83% del PIB Panameño en el 2015 provino de servicios (logística y transporte, banca, seguros, telecomunicaciones).
13/ Banco Mundial-Panamá disponible en: http://www.worldbank.org/en/country/panama/overview
14/ http://data.worldbank.org/indicator/SI.POV.GINI?locations=PA
15/ Véase, por ejemplo, Estadísticas de Ingresos en América Latina y el Caribe 2017, OCDE, CIAT, BID, CEPAL, 23 de Marzo de 2017, disponible en: http://www.keepeek.com/Digital-Asset-management/oecd/taxation/revenue-statistics-in-latin-america-and-the-caribbean-2017_rev_lat_car-2017-es-fr#page46, página 45
16/ Plan Estratégico del Gobierno, 2015-19, disponible en: http://www.mef.gob.pa/es/Documents/PEG%20PLAN%20ESTRATEGICO%20DE%20GOBIERNO%202015-2019.pdf
17/ UA PA 01/2016 (23 de junio del 2016) y la respuesta del Gobierno de Panamá el 5 de agosto del 2016.
18/ Corte Interamericana de Derechos Humanos, Comunidad Indígena Sawhoyamaxa v. Paraguay, 29 de marzo 2006.
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