Declaraciones Procedimientos Especiales
En el Día Internacional del Migrante de las Naciones Unidas Martes, 18 de diciembre 2012
Los migrantes como sujetos de derecho
18 diciembre 2012
Declaración conjunta de Expertos de las Naciones Unidas*, el Relator sobre los Derechos de los Migrantes de la CIDH** y la Relatora Especial sobre los Refugiados, los Solicitantes de Asilo, los Desplazados Internos y los Migrantes de la CADHP***
"Los migrantes merecen pleno reconocimiento como sujetos de derecho"
GINEBRA, BANJUL, WASHINGTON D.C. (18 de diciembre de 2012) - "En un día como hoy, unimos nuestras voces para reconocer las invaluables contribuciones que a diario hacen millones de migrantes en todo el mundo para crear mejores condiciones de vida para todos. A pesar de participar en nuestras sociedades, el otro lado de la historia es que por el simple hecho de ser migrantes, millones de personas son víctimas de discriminación, xenofobia y diversas violaciones a sus derechos humanos. Es por eso que hoy, en el Día Internacional del Migrante, reafirmamos que los derechos humanos son derechos de todas las personas. Un compromiso real de los Estados en relación con los derechos humanos de los migrantes requiere del pleno reconocimiento de los migrantes como sujetos de derecho. Los derechos humanos derivan de la dignidad humana y no del origen nacional o de la situación migratoria de las personas.
En el contexto actual, reiteramos nuestra preocupación por la tendencia de algunos Estados a criminalizar la migración irregular. Cruzar una frontera sin la documentación requerida o permanecer más allá del tiempo que autoriza un visado no es per se un crimen, sino a lo sumo, una infracción administrativa. Las medidas que criminalizan la migración irregular comprenden la promulgación de leyes que penalizan a los migrantes en situación migratoria irregular y a las personas que les asisten, el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza durante operativos de control migratorio, la detención de migrantes en situación migratoria irregular; deportaciones sin apego a las garantías del debido proceso, y también declaraciones xenófobas en las que autoridades y medios de comunicación fomentan la estigmatización en contra de los migrantes. Además de ser contrarias a los derechos humanos y aumentar la vulnerabilidad de los migrantes, estas medidas no han demostrado ser eficaces para disuadir la migración irregular.
En este sentido, expresamos nuestra profunda preocupación por el creciente uso de la detención de los migrantes en situación irregular por parte de algunos Estados. Esta situación es aún más preocupante porque la detención a menudo también se aplica a niños, niñas y adolescentes. El respeto del derecho a lalibertad y a la seguridad personales implica que la libertad es la regla y la detención la excepción. En este orden de ideas, los Estados tienen la obligación de establecer una presunción a favor de la libertad en su derecho interno. El uso automático, obligatorio o punitivo de la detención de migrantes no sólo viola el derecho de los migrantes a la libertad personal, sino que también afecta otros de sus derechos humanos. La excepcionalidad de la detención administrativa de migrantes también se aplica a los solicitantes de asilo, refugiados, apátridas y otras personas necesitadas de protección internacional. Hacemos un llamado a los Estados a abolir gradualmente la detención administrativa de los migrantes y establecer medidas alternativas a la detención, cuya aplicación esté basada en un enfoque de derechos humanos.
Al celebrar el Día Internacional del Migrante, reafirmamos que la protección de los derechos humanos de los migrantes requiere la adopción de diversas medidas por parte de los Estados. En este contexto, hacemos un llamado a los Estados a ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, así como otros tratados internacionales y regionales de derechos humanos. En paralelo a la ratificación de estos instrumentos, los Estados deben garantizar que sus políticas, leyes y prácticas en materia migratoria estén conforme con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos."
Esta declaración conjunta ha sido suscrita el 18 de diciembre de 2012, en el Día Internacional del Migrante por el Sr. François Crépeau, Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); el Sr. Abdelhamid El Jamri, Presidente del Comité de Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); el Sr. Felipe González, Relator sobre los Derechos de los Migrantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA); y la Sra. Maya Sahli Fadel, Relatora Especial sobre los Refugiados, los Solicitantes de Asilo, los Desplazados Internos y los Migrantes de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) de la Unión Africana (UA).
FIN
(*) François Crépeau (Canadá) fue designado Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes, en junio de 2011 por el Consejo de Derechos Humanos, por un período inicial de tres años. Como Relator Especial es independiente de cualquier gobierno u organización y trabaja a título personal. El señor Crépeau también es Profesor Titular de la Facultad de Derecho de la Universidad McGill, en Montreal, donde ocupa la cátedra Hans y Tamar Oppenheimer en Derecho Internacional Público.
Visite: http://www2.ohchr.org/spanish/issues/migration/rapporteur/index.htm
Para obtener más información acerca del Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes de las Naciones Unidas, por favor póngase en contacto con:
Christel Mobech (+41 22 917 9995 / cmobech@ohchr.org) o escriba a migrant@ohchr.org.
(*) Abdelhamid El Jamri (Marruecos) fue elegido como miembro del Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares en 2004 y es Presidente del Comité desde 2008. Como experto del Comité es independiente de cualquier gobierno u organización y trabaja a título personal. El señor El Jamri también es consultor internacional en el diseño de proyectos de desarrollo y es especialista en migración internacional. También es el Director del “Institut Supérieur de Développement et de Formation” y miembro del Consejo Económico y Social de Marruecos.
Visite: http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/cmw/index.htm
Conozca la Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares:
http://www2.ohchr.org/spanish/law/cmw.htm
Para obtener más información acerca del Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de las Naciones, por favor póngase en contacto con:
Harumi Fuentes (+41 22 917 9699 / hfuentes@ohchr.org) o escriba a cmw@ohchr.org
(**) Felipe González (Chile) fue elegido como comisionado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) en 2008 y reelegido en 2011.
Visite: http://www.cidh.org/migrantes/
Para obtener más información acerca de la Relatoría sobre los Derechos de los Migrantes de la CIDH, póngase en contacto con Álvaro Botero Navarro (+1 202 458 3831 / abotero@oas.org) o escriba a cidhmigrantes@oas.org.
(***) Maya Sahli Fadel (Argelia) fue elegida como comisionada de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) de la Unión Africana (UA) en 2011.
Visite: http://www.achpr.org/mechanisms/refugees-and-internally-displaced-persons/
Para obtener más información sobre la Relatora Especial sobre los Refugiados, los Solicitantes de Asilo, los Desplazados Internos y los Migrantes de la CADHP, llame a escriba a +220 441 0505 / +220 441 0506 o escriba a au-banjul@africa-union.org.