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Declaraciones Múltiples mecanismos

Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de Tortura - 26 de junio de 2011

El Fondo voluntario

24 junio 2011

Los Estados deben asegurarse de que todas las víctimas de tortura reciban reparación, incluido apoyo humanitario a través del Fondo de la ONU de contribuciones voluntarias

El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, el Subcomité para la Prevención de la Tortura, el Relator Especial sobre la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y la Junta de Síndicos del Fondo de la ONU de contribuciones voluntarias observan el Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de Tortura y el 30° aniversario del Fondo, con la siguiente declaración:

GINEBRA – “Hemos visto en recientes manifestaciones públicas en varios países en todo el mundo cómo la tortura y el maltrato continúan practicándose extensamente. Es fundamental que reiteremos que es obligación de los Estados prevenir, prohibir, investigar y castigar todo acto de tortura y otras formas de tratos crueles, inhumanos o degradantes. Es obligación de los Estados respetar la integridad física y mental de todas las personas, garantizar justicia y rendición de cuentas para las víctimas y para la comunidad como un todo, así como llevar a los responsables de tales violaciones ante la justicia.

Por otra parte, los Estados deben asegurarse de que las víctimas de torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes reciban reparación, incluyendo una compensación, que se les conceda una indemnización justa y adecuada, y que reciban servicios de rehabilitación que sean apropiados y completos. En este contexto, mientras el derecho internacional y la práctica requieren de ciertos estándares mínimos y principios en cuanto a reparaciones y compensaciones para las víctimas de tortura, estamos consternados, pues algunos Estados únicamente conceden derechos formales que a menudo son modestos y tangenciales a los sistemas de justicia.

Estamos igualmente decepcionados por la falta de progreso en la institucionalización de los principios básicos y las directrices que buscan proveer los estándares mínimos para reparar e indemnizar a las víctimas. Es nuestra convicción que las víctimas deben desempeñar un papel principal al hacer que los torturadores rindan cuentas de sus actos. Nos gustaría recalcar las funciones preventivas que tienen la reparación e indemnización de las víctimas de tortura como parte de una obligación legal para prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. Por lo tanto, continuamos apoyando a los Estados, organizaciones y otros órganos de sociedad civil que están comprometidos a erradicar la tortura y asegurar indemnización para todas las víctimas de ésta.

Este año, el Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo a las Víctimas de Tortura coincide con el 30 aniversario del Fondo de las Naciones Unidas de contribuciones voluntarias para las víctimas de tortura. En los últimos 30 años, el Fondo ha distribuido alrededor de $120 millones de dólares para proyectos que proporcionan asistencia médica, psicológica, legal, social y financiera a víctimas de tortura y a los miembros de su familia, permitiendo a las víctimas obtener una indemnización y ejercer su derecho a una compensación justa y adecuada, incluyendo una rehabilitación lo más completa posible. Gracias al apoyo del Fondo, médicos, psicólogos, expertos forenses, trabajadores sociales, abogados y otros individuos o grupos relacionados han empleado un enfoque orientado a las víctimas para ayudar a sus clientes durante años, en el largo camino para reconstruir sus vidas, al tiempo que se documentan los uso y los efectos de la tortura.

Expresamos nuestro agradecimiento a todos los donantes del Fondo de las Naciones Unidas de contribuciones voluntarias para las víctimas de tortura, que actualmente apoya el trabajo de cerca de 300 organizaciones en más de 70 países, y esperamos que las contribuciones al Fondo continúen aumentando para hacer posible que las víctimas de tortura y sus familiares reciban la ayuda que necesitan. Hacemos un llamado a los Estados para que contribuyan generosamente con Fondo como parte de un compromiso universal para la rehabilitación de las víctimas de tortura y sus familias, y así hagan posible proporcionar fondos a las organizaciones que ofrecen asistencia médica, psicológica, social, legal, y económica. De igual manera, hacemos un llamado a los Estados para apoyar financieramente, y a través de otros medios, el trabajo de las organizaciones nacionales, así como para crear un ambiente favorable que permita a las organizaciones proporcionar indemnización y rehabilitación para las víctimas de tortura.

Asimismo, instamos a los Estados a que se hagan parte de la Convención contra la Tortura y hagan las declaraciones estipuladas bajo los artículos 21° y 22° de la Convención sobre quejas interestatales y de individuos. Los exhortamos también a unirse al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura para potenciar al máximo la transparencia y la rendición de cuentas en su lucha contra la tortura.”

Nota: traducción no oficial elaborada por el Centro de Información de las Naciones Unidas en la Ciudad de México

El Comité contra la Tortura: http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/cat/index.htm

El Subcomité para la Prevención de la Tortura (en inglés): http://www2.ohchr.org/english/bodies/cat/opcat/index.htm

El Relator Especial sobre la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (en inglés): http://www2.ohchr.org/english/issues/torture/rapporteur/index.htm

El Fondo de las Naciones Unidas de contribuciones voluntarias para víctimas de la tortura: http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/TortureFundMain.aspx

La Convención contra la Tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes (en inglés): http://www2.ohchr.org/spanish/law/cat.htm

El Protocolo Facultativo para la Convención contra la Tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes (en inglés): http://www2.ohchr.org/english/law/cat-one.htm

Para más información y solicitudes de los medios de información, favor de contactar a Ennio Boati (Tel.: +41 22 917 9497 / email: eboati@ohchr.org).

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