Declaraciones y discursos Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Reunión de la Comisión de Consolidación de la Paz sobre la justicia de transición y las experiencias de Colombia, Gambia y Timor-Leste
28 abril 2023
Pronunciado por
Ilze Brands Kehris, Subsecretaria General para los Derechos Humanos, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH)
En
Reunión de la Comisión de Consolidación de la Paz sobre la justicia de transición y las experiencias de Colombia, Gambia y Timor-Leste
Desde
Sala de conferencias 3
Lugar
Nueva York
Excelencias,
Amigos y colegas:
Quiero agradecer al Presidente de la Comisión de Consolidación de la Paz, el Excmo. Sr. Ivan Šimonović, que me haya invitado a este encuentro, tan interesante como oportuno.
Las ideas y experiencias que los ponentes van a intercambiar hoy, y su debate posterior, constituirán una importante contribución que ayudará a impulsar los procesos presentes y futuros de justicia de transición. En este sentido, permítanme recordar que nuestra Oficina está orgullosa del apoyo continuo que brinda a Colombia, Gambia y Timor-Leste en el desarrollo de sus procesos respectivos.
Por razones de tiempo, voy a centrar mi intervención en unos pocos asuntos de especial importancia, vistos desde la perspectiva de la Oficina del ACNUDH.
En primer lugar, la justicia de transición es un instrumento práctico orientado a la solución de problemas y basado en los derechos humanos. ¿Qué significa esto en términos concretos? Que es una herramienta de probada utilidad para los países que realizan una transición desde una situación de conflicto o proclive al conflicto, hacia una sociedad basada en el Estado de Derecho, en la cual toda la población puede beneficiarse de las reformas. Estas reformas deben generar más transparencia, participación eficaz y consultas, e igualmente deben reforzar las instituciones del Estado de Derecho. La justicia de transición es un proceso que, si se concibe y aplica de manera adecuada, puede generar sociedades más prósperas y seguras para todos.
En segundo lugar, el objetivo subyacente de los procesos de justicia de transición tiene un cuádruple propósito. Primero, la justicia de transición trata de empoderar a las personas en tanto que derechohabientes. Sus postulados confirman la condición de derechohabientes de las víctimas que han padecido las peores violaciones posibles de derechos humanos como consecuencia del conflicto o la represión. Segundo, la justicia de transición tiene por objeto aumentar los niveles de confianza cívica e institucional. Se esfuerza por insuflar nueva confianza entre las personas, las comunidades y las instituciones del Estado. Los países que han atravesado por etapas de conflicto o represión padecen un importante déficit de confianza, debido en parte a las vulneraciones cometidas. La reparación de la confianza social es un proceso muy largo y complejo. Tercero, la justicia de transición contribye a restablecer el Estado de Derecho, un componente esencial para prevenir y mitigar las amenazas derivadas de los conflictos, el abuso y la represión, mientras respalda los derechos humanos. Por último, la justicia de transición contribuye a la reconciliación y a la edificación de una sociedad cohesionada e integradora. A menudo este empeño tarda decenios en fructificar y exige compromiso, visión y perseverancia. Y lo que es igualmente importante, requiere el apoyo permanente de la comunidad internacional, de la cual esta Comisión es un pilar fundamental.
Sin embargo, por desgracia a menudo se pasa por alto la capacidad potencial de la justicia de transición para contribuir a que las sociedades elaboren estrategias preventivas o de pacificación eficaces. Al tiempo que tratan de dilucidar la verdad, la justicia penal y las reparaciones tienen efectos preventivos; el cuarto pilar de la justicia de transición - las “garantías de no repetición” – está orientado al futuro y es especialmente importante para los esfuerzos de consolidación de la paz.
Estas medidas pueden contribuir a definir y abordar los agravios y las causas profundas de conflictos y abusos, incluso mediante el análisis de los esquemas previos de discriminación, exclusión, y violencia, y de los estereotipos de género. Y un aspecto de suma importancia: las garantías de no repetición no solo se refieren a las reformas institucionales, tales como las reformas o las modificaciones en los sectores de seguridad y justicia, sino también a iniciativas en las esferas sociales, culturales e individuales. Cualquiera que sea la forma que adopten, es fundamental que esos cambios sean a la vez sensibles a los hechos pasados y estén orientados al porvenir.
Y una observación final: la capacidad preventiva de la justicia de transición solo será realmente útil si las víctimas participan plenamente en su aplicación. Los Estados deben buscar activamente la participación de las víctimas de la sociedad civil desde el inicio del proceso y a todo lo largo del mismo. Las consultas públicas de amplio espectro, inclusivas y significativas, son uno de los elementos claves de todo proceso de justicia de transición. Una sociedad solo puede tener éxito en la construcción de la paz y el desarrollo sostenible cuando todos los sectores que la componen pueden participar en ese proceso en plano de igualdad.
Muchas gracias por su atención.
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