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Comunicados de prensa Procedimientos Especiales

Detención arbitraria / Venezuela: Expertos de la ONU exigen liberación inmediata de Leopoldo López 

Venezuela / Detención arbitraria

18 septiembre 2015

GINEBRA (18 de Septiembre de 2015) – El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas instó hoy al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a liberar de inmediato al dirigente de oposición Leopoldo López.

El Sr. López, Coordinador Nacional del partido político Voluntad Popular, fue sentenciado el 10 de septiembre de 2015 por una Jueza provisoria a la pena de 13 años, nueve meses, siete días y doce horas de prisión, por la presunta comisión de los delitos de instigación pública; asociación para delinquir; daños a la propiedad e incendio intencional.

“La condena fue emitida después de un proceso judicial de 19 meses a puerta cerrada marcado por graves irregularidades, en el que no se respetó el debido proceso legal ni las garantías judiciales; no se publicaron los fundamentos de las imputaciones; no se permitió al acusado ejercer su derecho a una defensa adecuada ni se admitieron las pruebas de descargo que ofreció”, afirmó Seong-Phil Hong, actual Presidente-Relator del Grupo de Trabajo.

El Grupo de Trabajo reiteró su solicitud al Gobierno venezolano de dar debida consideración a su Opinión No. 26/2014* disponiendo la inmediata libertad del Sr. Leopoldo López, y otorgarle  una reparación integral, incluida la compensación de carácter indemnizatorio y moral, así como las medidas de satisfacción correspondientes.

El Grupo de Trabajo instó también al Gobierno de Venezuela a considerar su solicitud de visitar el país en vista a contribuir a  fortalecer el Estado de Derecho mediante el respeto de  la independencia del Poder Judicial, de las garantías judiciales, del debido proceso y la sanción efectiva de  los responsables de detenciones arbitrarias. 

(*) Lea la Opinión del Grupo de Trabajo sobre el caso de Leopoldo López (A/HRC/WGAD/2014/26): http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?m=117

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU está integrado por cinco expertos independientes: El Sr. Seong-Phil Hong (República de Corea) es el actual Presidente-Relator. Los otros miembros del Grupo de Trabajo son la Sra. Leigh Toomey (Australia); el Sr. José Antonio Guevara Bermúdez (Vice-Presidente sobre Comunicaciones; México), el Sr.  Sètondji Roland Adjovi (Vice-Presidente sobre Seguimiento; Benin) y el Sr. Vladimir Tochilovsky (Ucrania). Para más información sobre el Grupo de Trabajo consulte: http://www.ohchr.org/EN/Issues/Detention/Pages/WGADIndex.aspx

Mr.
Los Grupos de Trabajo y los Relatores Especiales son parte de lo que es conocido como el sistema de los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Procedimientos Especiales, el más grande cuerpo de expertos independientes en el Sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, es el nombre que se da al sistema de investigación, recopilación de información y mecanismos de monitoreo que analizan la situación de los derechos humanos en un país determinado o la situación de un derecho humano en particular en todo el mundo. Los expertos trabajan sobre una base voluntaria; no son funcionarios de las Naciones Unidas y su labor es no remunerada. Son independientes de cualquier gobierno u organización y sirven en su capacidad individual.

ONU Derechos Humanos, página de país –  Venezuela: http://www.ohchr.org/SP/Countries/LACRegion/Pages/VEIndex.aspx

Para más información y solicitudes de medios consulte al Sr. Miguel de la Lama (+ 41 22 917 9289 / mdelalama@ohchr.org). 

Para mayor información a los medios de comunicación  sobre otros Expertos Independientes de las Naciones Unidas consulte al Sr. Xabier Celaya – Unidad de Medios  (+ 41 22 917 9383 / xcelaya@ohchr.org)  

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