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Sesiones privadas del Consejo de Derechos Humanos

Los Estados Miembros del Consejo examinan, de manera confidencial, las situaciones que le remite el Grupo de Trabajo sobre las Situaciones. Durante sus sesiones a puerta cerrada, que tienen lugar en su sesión ordinaria, el Consejo puede decidir:

  • Seguir examinando la situación y nombrar a un experto independiente y altamente cualificado para que supervise la situación e informe al Consejo;
  • Dejar de examinar el asunto en el marco del procedimiento de denuncia confidencial para pasar a examinarlo públicamente;
  • Recomendar al ACNUDH que preste cooperación técnica, asistencia para la creación de capacidad o servicios de asesoramiento al Estado de que se trate.

Todo el material facilitado por particulares y gobiernos, así como las decisiones adoptadas en las distintas fases del procedimiento, siguen siendo confidenciales y, por tanto, no se hacen públicos. Esto también se aplica a las situaciones que se han interrumpido.

El autor de una comunicación y el Estado interesado son informados del desarrollo del procedimiento en cada etapa.