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Informe

Convocatoria de presentaciones – Informe sobre violencia contra mujeres y niñas indígenas

Publicado por

Relatora Especial violencia contra las mujeres y las niñas

Publicado

21 abril 2022

presentado a

50th session of the Human Rights Council

Informe

Publicado por Procedimientos Especiales

Tema

Mujeres y niños

Número del símbolo

A/HRC/50/26

Antecedentes

Contexto

Desde que comenzó su mandato de tres años, en agosto de 2021, la Relatora Especial de la ONU sobre la violencia contra la mujer, la Sra. Reem Alsalem, ha identificado algunas prioridades temáticas clave y emergentes en las que pretende centrarse. La primera de ellas es la violencia contra mujeres y niñas indígenas, que será el tema de su próximo informe temático, que se presentará al Consejo de Derechos Humanos de la ONU en su 50ª sesión, en junio de 2022. 

Las mujeres y las niñas indígenas se enfrentan a formas de violencia complejas e interseccionales, vinculadas a las estructuras patriarcales, a la discriminación racial y étnica y a tipos de violaciones de los derechos humanos mutuamente relacionadas, entre otras. Pueden enfrentarse a la violencia de género, incluida la violencia doméstica, las prácticas tradicionales nocivas, la violencia sexual y el feminicidio; ya sea originada en sus propias comunidades, como formas de control o castigo, o perpetrada por otros en el contexto de la violencia estructural a la que se enfrentan. Por ejemplo, se ha informado de que las mujeres indígenas tienen muchas más probabilidades de sufrir violaciones y violencia sexual que las mujeres no indígenas, en gran parte por parte de hombres no indígenas. Las mujeres indígenas también han sufrido históricamente varios tipos de violencia perpetrada por agentes del Estado, incluidas las esterilizaciones forzadas.

Además, las mujeres y las niñas indígenas son especialmente vulnerables a la violencia en el contexto de los conflictos; y a la violencia relacionada con el acaparamiento de tierras, las actividades de las industrias extractivas e incluso los impactos del cambio climático. Experimentan tasas desproporcionadamente altas de trata de personas, violencia sexual, trabajos forzados, desapariciones forzadas y otras formas de violencia mientras migran. El Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes ha subrayado el vínculo entre la trata y la marginación social, que puede poner en riesgo a los pueblos indígenas, incluidas las mujeres y las niñas indígenas. Las mujeres indígenas también corren más riesgo de ser encarceladas que las no indígenas en muchos países.

A pesar de este mayor riesgo de violencia, las mujeres y niñas indígenas se enfrentan a importantes obstáculos para acceder a la justicia, ya sea dentro de su comunidad o en las instituciones del Estado, debido a la discriminación, los prejuicios, el miedo al estigma, las barreras lingüísticas y los riesgos de revictimización. Por lo tanto, la mayor parte de la violencia contra ellas queda en la impunidad de los autores, y las mujeres y niñas indígenas no reciben ninguna reparación por la violencia que han sufrido. También sufren las consecuencias del trauma intergeneracional que, si no se aborda, se transmite a las siguientes generaciones.

Las normas y estándares internacionales de derechos humanos reconocen claramente la necesidad de un enfoque interseccional para la prevención y la eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas indígenas. El artículo 22(2) de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas estipula que los Estados adoptarán medidas, conjuntamente con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de plena protección y garantías contra toda forma de violencia y discriminación. Además, la Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de 1993 destaca que los Estados deben condenar y adoptar medidas para eliminar la violencia contra la mujer y deben evitar invocar la tradición o consideraciones religiosas para eludir sus obligaciones al respecto.

En su Recomendación General n.º 35 (2017) y en su jurisprudencia, el Comité de la CEDAW ha confirmado que la discriminación contra las mujeres estaba inextricablemente vinculada a otros factores que afectaban a sus vidas, como el hecho de ser indígena, solicitar asilo, ser refugiada, desplazada interna o apátrida o su situación migratoria. El Comité también reconoció que la violencia de género podía afectar a algunas mujeres en diferentes grados o de diferentes maneras, lo que requería respuestas legales y políticas adecuadas. Asimismo, la Relatora Especial sobre los pueblos indígenas ha señalado la violencia estructural a la que se enfrentan las mujeres y las niñas indígenas, que está interrelacionada y se refuerza mutuamente con otras formas de violencia, y ha recomendado a los Estados miembros que desarrollen un enfoque holístico de la violencia contra las mujeres, basado en la indivisibilidad y la universalidad de todos los derechos humanos, que aborde las formas múltiples e interrelacionadas de discriminación.

Además, en su resolución sobre la violencia contra las mujeres y las niñas indígenas (A/HRC/32/L.28/Rev.1), el Consejo de Derechos Humanos ha expresado que la violencia contra las mujeres y las niñas indígenas debe entenderse en el contexto más amplio de la discriminación y la exclusión a la que están expuestos los pueblos indígenas. El Consejo instó a los Estados a condenar enérgicamente y eliminar la violencia contra mujeres y niñas indígenas, incluso en las prácticas nocivas, y a adoptar medidas eficaces para responder a la violencia contra las mujeres y las niñas, incluidas las mujeres y las niñas indígenas.

Objectivos

Con este informe, la Relatora Especial pretende arrojar luz sobre las manifestaciones específicas de la violencia contra las mujeres y las niñas indígenas que, en la mayoría de los casos, se han extendido a lo largo de varias generaciones; explorar sus conexiones con otras violaciones de los derechos humanos que afectan a los pueblos indígenas y a las mujeres y las niñas en particular, incluidas las relacionadas con la migración, la trata de personas y las actividades de las industrias extractivas; y proporcionar orientación a los Estados y a otras partes interesadas sobre las medidas necesarias para seguir previniendo y combatiendo la violencia contra las mujeres y las niñas indígenas.

Pretende examinar la violencia perpetrada por diferentes actores, ya sean estatales o no, incluyendo el sector privado, las parejas íntimas, las fuerzas del orden y los grupos armados, entre otros.

La Relatora Especial solicita amablemente el apoyo de los Estados, las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, los actores de la sociedad civil, las organizaciones internacionales, los académicos y otras partes interesadas para proporcionar información actualizada sobre:

  1. Las diferentes manifestaciones de violencia que experimentan las mujeres y las niñas indígenas, ya sea perpetrada por miembros de su comunidad o por personas que no lo son, incluyendo pero no limitándose a la violencia doméstica; el acoso sexual y la violencia en el lugar de trabajo (incluyendo el trabajo doméstico); la violencia sexual; las prácticas nocivas; la violencia en el contexto de los conflictos; la trata de personas; la violencia en el contexto de la migración; la violencia relacionada con el acaparamiento de tierras y las violaciones de los derechos a la tierra; la violencia contra las mujeres indígenas defensoras de los derechos humanos o de los derechos a la tierra; la violencia obstétrica y las violaciones de la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las niñas indígenas.
  2. Buenas prácticas y desafíos para aumentar el acceso de las mujeres y niñas indígenas a mecanismos eficaces para prevenir su exposición a la violencia, así como para asistir y proteger a las víctimas de la violencia de manera integral.
  3. Buenas prácticas y desafíos en cuanto a la participación efectiva de las mujeres y niñas que están en riesgo de violencia o que han sido sometidas a ella en los procesos que afectan a sus vidas, incluyendo aquellos que buscan protegerlas contra la violencia.
  4. Buenas prácticas y desafíos sobre la participación de las mujeres indígenas en los procesos de justicia transicional que abordan la violencia infligida contra ellas, o en los sistemas judiciales comunales o estatales en general, así como su acceso a reparaciones efectivas por los crímenes cometidos contra ellas en el pasado.
  5. Datos desglosados sobre la violencia contra las mujeres y las niñas indígenas, incluidos sobre los autores y su relación con las víctimas.
  6. Cualquier otra cuestión de relevancia.

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