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Informe

El derecho a la privacidad en la era digital: informe (2021)

Publicado por

ACNUDH

Publicado

15 septiembre 2021

presentado a

Human Rights Council - 48th session

Informe

Publicado por Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

Tema

Privacidad informática

Número del símbolo

A/HRC/48/31

Resumen

En el presente informe, encargado por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 42/15, la Alta Comisionada analiza cómo el uso generalizado de la inteligencia artificial por parte de los Estados y las empresas, en particular en la elaboración de perfiles, la adopción automatizada de decisiones y las tecnologías de aprendizaje automático, afecta al disfrute del derecho a la privacidad y los derechos conexos.

Antecedentes

Objectivos

El 26 de septiembre de 2019, el Consejo de Derechos Humanos adoptó la resolución 42/15 sobre "El derecho a la privacidad en la era digital". En el párrafo 10 de la resolución se pedía al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos "que organice, antes del 44º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, un seminario de expertos para debatir la forma en que la inteligencia artificial, incluida la elaboración de perfiles, la adopción de decisiones automatizadas y las tecnologías de aprendizaje automático pueden, sin las debidas salvaguardias, afectar al disfrute del derecho a la intimidad [y] que prepare un informe temático sobre la cuestión".

El seminario de expertos sobre el derecho a la intimidad tuvo lugar los días 27 y 28 de mayo de 2020. Una relación detallada de las actas del seminario puede encontrarse en la siguiente dirección enlace. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos invita ahora a todas las partes interesadas a realizar aportaciones para la preparación del informe temático.

Preguntas clave y tipos de aportaciones que se buscan

La siguiente lista de cuestiones, aunque no pretende ser exhaustiva, pretende ayudar a las partes interesadas a preparar su presentación:

Por favor, facilite cualquier información relevante sobre:

  1. Impactos específicos en el disfrute del derecho a la intimidad causada por el uso de la inteligencia artificial, incluidas la elaboración de perfiles, la toma de decisiones automatizada y las tecnologías de aprendizaje automático (en lo sucesivo, "IA") por parte de gobiernos, empresas, organizaciones internacionales y otros. De especial interés es la información relativa a:
    1. los avances tecnológicos pertinentes, los factores económicos, políticos y sociales que impulsan el uso de la IA y los principales agentes y beneficiarios de su despliegue y explotación (desarrolladores, comercializadores, usuarios);
    2. formas en que la IA puede ayudar a promover y proteger el derecho a la intimidad;
    3. los retos que plantea el uso de la IA para el ejercicio efectivo del derecho a la intimidad y otros derechos humanos, incluidas las características y capacidades de la IA que plantean problemas existentes o incipientes;
    4. impactos discriminatorios del uso de la IA;
    5. las interrelaciones entre la promoción y protección del derecho a la intimidad en el contexto del uso de la IA y el ejercicio de otros derechos humanos (incluidos los derechos a la salud, a la seguridad social, a un nivel de vida adecuado, al trabajo, a la libertad de reunión, a la libertad de expresión y a la libertad de circulación);
  2. Marcos legislativos y reglamentarios, incluyendo:
    1. información sobre los marcos legislativos y reglamentarios nacionales y regionales pertinentes, existentes o propuestos, y sobre los mecanismos de supervisión;
    2. análisis de las lagunas existentes en materia de protección de los derechos humanos, formas de colmar esas lagunas y obstáculos para avanzar hacia una regulación de la IA eficaz y basada en los derechos humanos;
    3. evaluaciones de la necesidad de prohibir determinadas aplicaciones o casos de uso de la IA ("líneas rojas").
  3. Otras salvaguardias y medidas prevenir las violaciones de la intimidad al utilizar la IA, y abordarlas y remediarlas, cuando se produzcan, incluyendo:
    1. enfoques de autogobierno por parte de las empresas para regular las aplicaciones de IA, que cumplen con la responsabilidad de las empresas de respetar el derecho a la privacidad;
    2. diligencia debida en materia de derechos humanos en el contexto del uso de la inteligencia artificial por parte de gobiernos, empresas y organizaciones internacionales;
    3. modelos de gobernanza de datos, como los fideicomisos de datos, que protegen eficazmente el derecho a la intimidad en entornos de uso intensivo de datos;
    4. aplicaciones tecnológicas que (podrían) ayudar a proteger adecuadamente el derecho a la intimidad al aplicar la IA y sus límites.

Tratamiento de las aportaciones/comentarios recibidos

Tenga en cuenta que, a menos que se solicite lo contrario, la información proporcionada estará disponible en el sitio web del ACNUDH.

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