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Comunicados de prensa Órganos de tratados

Suiza debe detener la deportación de una defensora indígena de derechos humanos, instan expertos de la ONU

03 diciembre 2019

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GINEBRA (19 de diciembre de 2019) - Suiza sería responsable de una violación de los derechos de una representante indígena Mapuche en caso de deportarla a Chile donde enfrentaría el riesgo de sufrir tortura, ha dictaminado el Comité de Naciones Unidas contra la Tortura.

El Comité determinó que la deportación de la autora a Chile la pondría en riesgo de ser sometida a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, como lo demuestra el trato sufrido por varios miembros de su familia.

La autora, Flor Agustina Calfunao Paillalef, es miembro de la Comunidad Juan Paillalef del pueblo indígena Mapuche, en Araucanía, Chile. Vive en Suiza desde 1996. En 2008, recibió el premio "Femme exilée, femme engagée" por su continuo trabajo de denunciación de violaciones de derechos humanos sufridas por la Comunidad Juan Paillalef, en represalias a sus esfuerzos por defender su derecho fundamental al territorio tradicional frente a terratenientes no indígenas y a concesiones hidroeléctricas, forestales y mineras.

El 11 de julio de 2018, después de un proceso de 10 años, Suiza rechazó definitivamente la solicitud de asilo de Calfunao Paillalef y ordenó su deportación a Chile. El 17 de agosto de 2018, Calfunao Paillalef presentó una queja al Comité contra la Tortura alegando una violación de sus derechos bajo el artículo 3 de la Convención por Suiza.

El Comité consideró, como fue observado anteriormente por otros Comités de la ONU, que existe un patrón de violaciones sistemáticas de los derechos del pueblo Mapuche en Chile contra los que defienden sus derechos fundamentales y tratan de mantener su estilo de vida tradicional.

El Comité también recordó que los malos tratos infligidos por particulares dan lugar a la responsabilidad de los Estados cuando las autoridades competentes no ejercen la diligencia debida para prevenir, investigar, enjuiciar y sancionar tales actos, proporcionando así su consentimiento tácito o aquiescencia.

En su decisión, el Comité instó a Suiza a reexaminar la solicitud de asilo de la autora.

La decisión completa está disponible para leer en línea aquí.

FIN

Contexto

El Comité contra la Tortura supervisa la adhesión de los Estados partes a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que hasta la fecha cuenta con 169 Estados partes. El Comité está integrado por 10 miembros que son expertos independientes en derechos humanos provenientes de todo el mundo, que sirven a título personal y no como representantes de los Estados partes.

El artículo 22 de la Convención establece el derecho de las personas a presentar una queja ante el Comité contra los Estados que violan sus derechos humanos. Los Estados partes deben cumplir de buena fe con los dictámenes del Comité. Más información sobre los procedimientos de denuncias individuales ante los Comités disponible aquí.

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