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Declaraciones Procedimientos Especiales

Grupo de Trabajo de la ONU sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en el legislación y en la práctica finaliza su misión en España

19 diciembre 2014

MADRID (19 de diciembre de 2014) - Al finalizar la misión de 10 días a España, en la que la delegación del Grupo de Trabajo compuesto por Frances Raday y Eleonora Zielinska, visitó las ciudades de Madrid, Sevilla, Bilbao Vitoria y Pamplona, Frances Raday pronunció la siguiente declaración:

“Nos gustaría expresar nuestro sincero agradecimiento al Gobierno de España por habernos invitado a realizar esta visita al país y por su organización eficiente. Estamos muy agradecidos a todos nuestros interlocutores, incluidos los funcionarios del Estado a nivel central y regional, representantes de organizaciones de la sociedad civil y representantes de organismos de las Naciones Unidas. También quisiéramos agradecer a las diversas asociaciones de mujeres que compartieron sus experiencias con nosotras.

El Grupo de Expertas aprecia el impresionante marco legislativo e institucional de gran alcance que existe en España en el ámbito de la igualdad, incluidas las disposiciones constitucionales de 1978, la Ley contra la Violencia de Género de 2004, la Ley del matrimonio entre personas del mismo sexo de 2005, la Ley Orgánica 3/2007 sobre igualdad efectiva, la creación del Ministerio de Igualdad en 2008, la Ley Orgánica de 2010 sobre la salud sexual y reproductiva y el aborto, y la Ley del 2013 sobre asistencia jurídica gratuita a las víctimas de violencia. Se crearon mecanismos institucionales específicos para la aplicación de la igualdad de género: el Instituto de la Mujer en 1983, un comité interministerial sobre la igualdad entre mujeres y hombres, las unidades de género en todos los ministerios, el consejo de participación de mujeres y los institutos de la mujer a nivel autonómico.

Se han introducido numerosos planes y políticas de igualdad de género, tanto a nivel nacional como autonómico, incluidos sucesivos planes estratégicos en materia de igualdad, estrategias en materia de violencia contra la mujer, un Plan de Acción Nacional para la Aplicación de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad, y una propuesta para aprobar el Estatuto de la Víctima que proporcionará una mejor protección de los derechos de las víctimas de delitos en los procesos judiciales.

No obstante, estos instrumentos legislativos y los diversos planes y políticas no han logrado hacer mella en la cultura machista ni en la influencia social de las actitudes religiosas patriarcales, que siguen siendo poderosas a pesar de la retórica de la igualdad. Tampoco han reducido el nivel de violencia contra las mujeres, en todas sus formas, que sigue siendo motivo de grave preocupación para todos los actores.

Por otra parte, en 2010, el Ministerio de Igualdad fue disuelto y sus funciones fueron asignadas al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. En 2014, el Instituto de la Mujer se convirtió en un órgano cuyo mandato abarca todas las formas de discriminación, lo cual redujo la visibilidad, el enfoque y la especialización en materia de género de las instituciones.

Además, en el contexto de la crisis económica, se han tomado medidas que afectan negativamente el disfrute de los derechos económicos y sociales por parte de las mujeres. Las percepciones de los actores están polarizadas respecto a las repercusiones que dichas medidas tienen sobre la situación de las mujeres en relación con la de los hombres.

Muchos interlocutores, incluidos representantes de los gobiernos regionales, han señalado un retroceso preocupante en el empoderamiento social y económico de las mujeres. Según algunos interlocutores, esta regresión es el resultado no sólo de la crisis económica, sino también de la política del gobierno y de las medidas de austeridad, que no están plenamente explicadas ni justificadas por la crisis económica. Señalan recortes presupuestarios en los servicios sociales de muchas comunidades autónomas, lo que conlleva el debilitamiento o el cierre de las instituciones que prestan servicios a las mujeres, a sus hijos y a sus dependientes.

Otros actores indican que no sólo se ha mantenido los gastos sociales a nivel nacional, sino que éste se ha incrementado entre los años 2007 y 2012. No obstante, convienen en que estos niveles presupuestarios no fueron suficientes para mantener el nivel de los servicios que precisan las personas necesitadas en una situación de creciente demanda de asistencia social.

Los presupuestos institucionales para las fuerzas y cuerpos de la seguridad del Estado y las instituciones de igualdad de género se han mantenido e incrementado por primera vez en esta legislatura en 2014.

La participación y el empoderamiento económico y social de las mujeres

Las mujeres están en una posición de desventaja en el mercado laboral. En lo que se refiere al trabajo a jornada completo, las mujeres tienen un nivel más bajo de participación que la media de la UE. De las personas con trabajo a tiempo parcial, el 70% son mujeres y, de éstas, el 58,2% dicen que esta situación se debe a la imposibilidad de encontrar un empleo a jornada completa. Por otra parte, los empleadores han reducido el número de trabajos a jornada completa, convirtiéndolos en trabajos a tiempo parcial con horas extraordinarias para así reducir los costes laborales. Las mujeres son las principales víctimas de esta práctica.

La brecha salarial persiste, siendo ésta del 21,5% en el sector privado y del 13,4% en el público. Existe una desconexión entre los niveles educativos más altos de las mujeres respecto de los hombres y su remuneración inferior. En cuanto al empleo, la promoción de las mujeres a puestos de dirección es inferior a la media de la UE, a pesar de que las mujeres españolas han logrado un nivel mayor en educación superior. Existe una segregación horizontal, por lo que la presencia de las mujeres se concentra en el sector de servicios con bajos salarios.

El desempleo femenino se ha duplicado desde 2008. Sin embargo, la brecha de desempleo entre hombres y mujeres se ha reducido del 8% al 2%. Por otra parte, las mujeres constituyen el 59,9% de los desempleados de larga duración. El desempleo entre las mujeres jóvenes se sitúa en el 54,96%. Según la información recibida, las medidas implantadas tras la crisis económica para aumentar el empleo se han centrado principalmente en los sectores de empleo masculino.

Las condiciones de las empleadas de hogar internas, que en su mayoría son mujeres migrantes, son duras. Los empleadores pueden deducir un 30% en concepto de manutención y alojamiento, aunque no se reduzca de su suelda que nunca será debajo del salario mínimo. A pesar de las mejoras introducidas por la Ley 1620/2011 sobre Empleadas del Hogar, lamentamos que estas trabajadoras aún estén excluidas del seguro de desempleo. En este sentido, alentamos al Gobierno español a ratificar el Convenio de la OIT 189 para la Protección de las Empleadas del Hogar.

La Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva ofrece un sólido marco jurídico para la igualdad de oportunidades en el empleo, incluida la prohibición de la discriminación directa e indirecta, la igualdad de acceso al empleo y la promoción profesional, la conciliación de la vida personal, familiar y la vida laboral, la formación, el equilibrio entre hombres y mujeres en los comités de selección y evaluación, y un salario igual por un trabajo de igual valor. La ley también obliga a elaborar planes de igualdad con medidas de acción positiva en empresas con más de 250 empleados. No obstante, nos indicaron repetidamente que las mujeres no se sienten empoderadas por esta legislación para hacer valer sus derechos de igualdad de oportunidades laborales.

La Inspección de Trabajo y el Instituto de la Mujer son los responsables de la aplicación efectiva del principio de no discriminación, tanto en el sector público como en el privado. No obstante, existe escasa conciencia social sobre esta vía de denuncia. Los actores afirman que el recurso ante los tribunales, por parte de individuos o por las organizaciones de la sociedad civil, para hacer cumplir los derechos de igualdad de oportunidades laborales no se considera una opción viable, ya que estiman que existen pocas posibilidades de éxito, y porque en condiciones de altos niveles de desempleo, el riesgo de perder el empleo es demasiado alto. Se nos informó, por parte de funcionarios estatales responsables del seguimiento en materia de igualdad, que no existe discriminación en el empleo público. Ellos atribuyen el número escaso de mujeres en altos cargos a su ingreso tardío a la carrera profesional (a finales de los años 70). Sin embargo, este argumento no se sostiene a la luz de los datos longitudinales. La brecha salarial del 13,4% en el empleo público sigue sin tener explicación.

La carga asistencial no remunerada de las mujeres constituye una barrera estructural grave y adicional a la igualdad de oportunidades laborales. El Grupo de Expertas aprecia que, de acuerdo con las normas internacionales, la mujer tiene derecho a la baja remunerada por maternidad, y los padres tienen derecho a un permiso para el cuidado de los hijos. También expresamos nuestra apreciación en cuanto a la extensión de las horas laborales reducidas para los padres de niños de hasta 12 años (antes 8 años) y la extensión de los derechos a pensiones para los trabajadores a tiempo parcial. Sin embargo, las medidas de austeridad en ciertas comunidades autonómicas han reducido la subvencionabilidad de los cuidados de dependientes y de los servicios para niños y niñas como guarderías y comedores escolares, de manera que se ha privatizado la carga asistencial. Estas medidas han aumentado la barrera asistencial para la participación y la promoción de la mano de obra femenina. Entre las medidas esenciales para las mujeres y la recuperación sostenible de la economía se incluyen un nivel mínimo garantizado de protección social para la atención, en especial para los padres que trabajan a jornada completa, y la sincronización de la jornada escolar y las vacaciones con el horario laboral.

Educación, Cultura y estereotipos

La desconexión entre los logros educativos de las mujeres y el acceso a las oportunidades económicas debe abordarse a nivel de la educación escolar, mediante la eliminación de los estereotipos en el sistema educativo y la prestación de servicios de orientación profesional para las niñas. Los actores señalaron que los libros de texto siguen sin revisarse a pesar de las recomendaciones del CEDAW de 2009.

Muchos actores consideran contraproducente para la erradicación de los estereotipos discriminatorios de género y el empoderamiento de la mujer el cambio introducido en el currículo educativo, por el cual la asignatura de ciudadanía, con su componente educativo en materia de ética cívica y derechos humanos, se ha convertido una optativa alternativa a la religión. La enseñanza de la temática de género de manera transversal en las asignaturas de ciencias sociales y naturales no rectifica esta situación. La enseñanza religiosa no incorpora la teología feminista. Representantes de la Conferencia Episcopal afirmaron que la teología feminista no existe. La asignatura de ciudadanía es una herramienta esencial y necesaria para educar a los niños y las niñas para que entiendan que los valores universales de los derechos humanos y los derechos humanos de las mujeres son una parte inalienable de la ética cívica de todos los estados, y que la violencia de género es una grave violación de los derechos humanos de las mujeres, y está prohibida tanto por el derecho internacional como el español. Como ya han señalado los relatores especiales de la ONU y los órganos de tratados de derechos humanos, la libertad de religión no puede aducirse para justificar la discriminación contra las mujeres y, por lo tanto, no puede considerarse como una razón justificable para marginar la enseñanza del derecho de la mujer a la igualdad.

El desafío que entraña mejorar el nivel educativo y la empleabilidad de las niñas romaníes es urgente. Tan sólo el 40% de las niñas romaníes se matriculan en la enseñanza secundaria y el 2% en la enseñanza superior. Además, la tasa de participación laboral de las mujeres gitanas es extremadamente baja. El Grupo de Expertas aprecia las políticas de integración adoptadas en algunas Comunidades Autónomas. Sin embargo, la comunidad gitana afirma que en muchos lugares los colegios están aislados y segregados en guetos. Instamos a que se implique aún más a la comunidad romaní en el diseño de las políticas de integración para la educación de las niñas y evitar la creación de guetos.

Los estereotipos negativos de género contribuyen a situaciones de desventaja para las mujeres en todos los ámbitos de la vida. Varios interlocutores lamentaron el uso de lenguaje discriminatorio en los tribunales, la imposición de un papel secundario en la iglesia, la menor representación de las mujeres artistas en exposiciones y premios, y una escasísima representación de las mujeres en la Academia de las Ciencias. En cuanto a los medios de comunicación, existen papeles tradicionalistas y sexistas, publicidad sexista y resistencia a informar sobre los éxitos de las mujeres deportistas. El Instituto de la Mujer obtuvo una orden judicial para la publicidad sexista de una línea aérea comercial fuese retirada. En Andalucía, el Instituto de la Mujer ha creado un observatorio de publicidad anti-sexista en colaboración con el Observatorio Audiovisual.

Hemos observado con preocupación que las mujeres en situación de vulnerabilidad, como las mujeres rurales, las mujeres con discapacidad, las mujeres pobres, las mujeres migrantes y las lesbianas, siguen estando expuestas a múltiples estereotipos discriminatorios.

Violencia contra las Mujeres

La Ley Integral de Medidas de Protección contra la Violencia de Género de 2004 establece un sólido marco jurídico para la prevención, protección, procesamiento y sanción de la violencia por parte de la pareja. La ley establece también un tribunal penal especializado para la resolución de los delitos contemplados en las disposiciones de la misma. El Ministerio del Interior ha desarrollado el sistema VioGen, una base de datos sofisticada e innovadora a nivel nacional que está a disposición de las fuerzas y cuerpos de la seguridad del Estado. Este sistema de supervisión y seguimiento de la violencia doméstica es una herramienta poderosa para la evaluación de riesgos para la protección de las víctimas. Esperamos que el ámbito de aplicación de la Ley y del sistema VioGen sea ampliado para abarcar todas las otras formas de violencia de género contra las mujeres, incluida la violencia por parte de los cuidadores, la violencia policial, la violencia en los espacios públicos, en los lugares de trabajo y en las escuelas. Asimismo, esperamos que el sistema siga centrado exclusivamente en la violencia de género en el sentido de la Convención de Estambul.

Todos los actores expresaron su profunda preocupación por el alto nivel de violencia doméstica. En 2013 se denunciaron 124.894 casos de violencia de género por parte de una pareja o ex pareja. Se siguen produciendo casos en los que las mujeres o los niños y las niñas son asesinados, en algunos casos después de reiteradas denuncias ante la policía. En 2013, 54 mujeres fueron asesinadas por sus parejas. Por otra parte, dos mujeres fueron asesinadas por sus parejas durante nuestra visita. Al menos una de ellas había denunciado anteriormente a la policía que sufría violencia. Varios actores señalaron que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, incluidos los trabajadores sociales, la policía y los jueces, fracasan a menudo debido a una formación no adecuada con perspectiva de género, a la valoración inadecuada del testimonio de las mujeres con respecto al riesgo de violencia que existe contra ellas y sus hijos, y a la falta de prestación de las medidas para proteger las necesidades de las mujeres víctimas en el sistema de justicia penal. Esto puede afectar el dictado de órdenes de protección, que sólo se aprueban en el 59% de la solicitudes que llegan a los tribunales. Además, numerosos actores nos informaron que, a menudo, los padres tienen derechos de visita, a pesar de haber cometido actos de violencia doméstica.

Los fallos en la diligencia debida en estos casos quedaron reflejados en la decisión emblemático del Comité de la CEDAW sobre el caso González, en el que, entre otras cosas, recomienda que los jueces y el personal administrativo reciban una formación obligatoria, que no se permita el ejercicio de la custodia y de los derechos de visita cuando exista peligro para la seguridad de las víctimas de la violencia, incluidos los niños y las niñas, y que el interés superior del niñas prevalezca. Esperamos con interés la aplicación de las recomendaciones y la respuesta del gobierno a la CEDAW. La capacitación y la formación de calidad en género deben ser obligatorias para los agentes responsables de hacer cumplir la ley y los miembros del poder judicial, de todos los niveles, y para los trabajadores psicosociales y sanitarios.

La situación de los servicios de protección prestados a las mujeres víctimas de violencia doméstica se está deteriorando en todo el país, incluida la menor disponibilidad de refugios para mujeres y niños. La decisión de reducir el número de refugios es lamentable a la vista de las excepciones que hemos visto en nuestra visita a Andalucía, donde el número de centros de acogida y la calidad de la protección se mantiene a pesar de los recortes presupuestarios en todos los ámbitos.

Todos los actores consideran que la trata de mujeres con fines de explotación sexual es un problema social trágico, y expresan su preocupación por la falta de implementación de métodos existentes para identificar a las víctimas de trata, sobre todo en los casos de expulsión.

Salud y seguridad

El Grupo de Expertas reconoce que el anteproyecto de ley de 2013, por el cual se restringe el derecho al aborto establecido en la Ley Orgánica 2/2010 sobre la salud sexual y reproductiva y el aborto, fue retirado a la luz de la oposición popular. Sin embargo, nos preocupa que, incluso en la presente ley, la objeción de conciencia de los profesionales médicos pueda impedir el acceso de las mujeres al aborto legal, como ha ocurrido en Navarra, donde no se ha realizado ningún aborto desde 1986. Somos conscientes de que una nueva propuesta legislativa puede ser presentada ante el Parlamento, en la cual las niñas de 16 y 17 años deberán obtener el consentimiento de los padres para poder abortar, en lugar de la notificación a uno de los padres, a menos que esta circunstancia pueda suponer un claro y grave peligro de violencia doméstica. Esta medida restringirá aún más el acceso de las niñas a un aborto seguro y legal, y la carga de la prueba recaerá en las niñas que al notificar la situación a los padres podrán verse expuestas a un riesgo. Consideraciones similares se aplican a las niñas menores de 16 años, que en la actualidad no pueden acceder a un aborto legal sin el consentimiento parental.

Los migrantes en situación irregular ya no están cubiertos por el sistema de salud universal, con ciertas excepciones. Se nos ha señalado que esto tiene un impacto desigual sobre las mujeres migrantes, ya que aquellas que no pueden costearse el seguro se verán privados de la atención en los servicios médicos que son un medio valioso para la detección de la violencia de género.

Participación en la vida pública y política

La Ley de 2007 estableció una cuota de representación política del 40% para cada sexo, lo cual tuvo como resultado un aumento significativo de la participación de las mujeres en el Parlamento. Por otra parte, se consiguió la paridad en el gobierno nacional, pero ésta no se ha mantenido, y la proporción de mujeres se sitúa actualmente en el 30%.

Si bien es cierto que las mujeres han ido ingresando en el poder judicial desde finales de los años 70, y actualmente representan el 33% de los miembros de los niveles medio y bajo, el número de mujeres en los niveles más altos del poder judicial son apabullantemente bajos: en el Tribunal Supremo, de 70 jueces sólo 12 son mujeres; no hay mujeres presidentes de salas en la Audiencia Nacional; y de los 52 Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia sólo 6 son mujeres. El número inferior de promociones de mujeres cualificadas a embajadoras en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Más mujeres deben ser promocionadas en función de sus méritos hasta los niveles más altos de la administración pública, superando así las barreras estereotipadas.

Acceso a la justicia

Muchos actores han señalado que existe desconfianza hacia el sistema judicial en lo relativo a las cuestiones de género. Afirman que, a menudo, los jueces desestiman, con demasiada ligereza y de manera sesgada, las solicitudes presentadas por parte de las mujeres relativas a órdenes de protección, o prevención de los derechos de visita o de custodia de sus parejas violentas. Además, señalan que los jueces tienden a despreciar las pruebas presentadas por las mujeres considerándolas falsas o manipuladas. Sin embargo, están dispuestos a aceptar las acusaciones vengativas de los maridos sospechosos de violencia en las que afirman que la violencia es mutua o que la mujer ha alienado a los niños.

Numerosos actores han señalado que la Ley 10/2012, por la que se regula los costes en la administración de justicia, establece unas tasas elevadas para la presentación de demandas ante los tribunales, lo que ha supuesto un serio obstáculo que limita la posibilidad de litigar en causas civiles, familiares, laborales y administrativas.

Conclusión

Los esfuerzos de España por integrar a las mujeres en la vida pública, política y económica, y el compromiso de erradicar la violencia doméstica son innegables. Se han adoptado un conjunto impresionante de leyes, políticas y planes para lograr dichos objetivos. No obstante, las raíces de la discriminación que se encuentran en la cultura machista y en las actitudes patriarcales, y que restringen el papel de las mujeres a las funciones tradicionales en el hogar, dando pie a la violencia de género, no han sido diagnosticadas y abordadas adecuadamente. En consecuencia, la voluntad política no ha logrado garantizar que la igualdad de género tenga una posición destacada en los marcos institucionales de la educación, la formación, la sensibilización, los servicios asistenciales y el acceso a la justicia, todos ellos necesarios para lograr una igualdad transformadora.

Nuestras conclusiones preliminares se desarrollarán en el informe que presentaremos al Consejo de Derechos Humanos en el mes de junio 2015.”

FIN

El Grupo de Trabajo de la ONU sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica fue creado por el Consejo de Derechos Humanos en 2011 para identificar, promover e intercambiar opiniones, en consulta con los Estados y otros actores, sobre las buenas prácticas relacionadas con la eliminación de las leyes que discriminan a las mujeres. El Grupo también tiene la tarea de desarrollar un diálogo con los Estados y otros actores sobre las leyes que tienen un impacto discriminatorio cuando se trata de mujeres. El Grupo de Trabajo está integrado por cinco expertas independientes: la actual Presidenta-Relatora Frances Raday (Israel / Reino Unido), Alda Facio (Costa Rica), Kamala Chandrakirana (Indonesia), Emna Aouij (Túnez) y Eleonora Zielinska (Polonia).

Para mayor información, visite: http://www.ohchr.org/EN/Issues/Women/WGWomen/Pages/WGWomenIndex.aspx

Información adicional en: http://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=15005&LangID=E

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