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Las comunicaciones son cartas enviadas por los Procedimientos Especiales a los gobiernos y a otras entidades, como organizaciones intergubernamentales, empresas, compañías militares o de seguridad.

En estas cartas, los expertos informan sobre las denuncias de violaciones de derechos humanos que han recibido, en relación con

  • violaciones pasadas de los derechos humanos - que pueden ser objeto de una carta de denuncia;
  • violaciones de derechos humanos en curso o potenciales - que pueden ser objeto de un llamamiento urgente;
  • preocupaciones relacionadas con proyectos de ley, legislación, políticas o prácticas que no cumplen con el derecho y las normas internacionales de derechos humanos

El experto o los expertos presentarán en la carta las alegaciones y pedirán aclaraciones al respecto. Cuando sea necesario, los expertos solicitan que las autoridades implicadas tomen medidas para prevenir o poner fin a la violación, investigarla, llevar a los responsables ante la justicia y asegurarse de que las víctimas o sus familias disponen de recursos. Los expertos también recuerdan las disposiciones de derechos humanos aplicables en estas cartas.

Existen otros procedimientos aplicables al Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias; consulte sus métodos de trabajo aquí:

El procedimiento de quejas de los Procedimientos Especiales no es un procedimiento cuasi judicial, y los Procedimientos Especiales no tienen poder o autoridad para hacer cumplir sus opiniones o recomendaciones.

También hay procedimientos para las quejas que quedan fuera del sistema de los Procedimientos Especiales: a través de los procedimientos de queja ante los Órganos de Tratados y el Procedimiento de Denuncia del Consejo de Derechos Humanos.

¿Cuál es el objetivo de las comunicaciones?

El objetivo de las comunicaciones es que los Procedimientos Especiales

  • Señalar a la atención de los gobiernos y de otras entidades las presuntas violaciones de los derechos humanos.
  • solicitar que se impidan, se detengan o se investiguen las violaciones, o que se tomen medidas correctivas;
  • informar al Consejo de Derechos Humanos sobre las comunicaciones enviadas y las respuestas recibidas, para así sensibilizar a la opinión pública sobre los casos individuales y colectivos, así como sobre la evolución de la legislación y las políticas que han abordado en un período determinado.

¿De qué tratan las comunicaciones?

Las comunicaciones abordan

  • alegaciones de violación de los derechos humanos de uno o más individuos;
  • alegaciones de violación de los derechos humanos de un grupo o una comunidad
  • alegaciones de que un proyecto de ley, una ley, un decreto, una política y/o una práctica no son conformes con el derecho y las normas internacionales de derechos humanos.

¿Cuáles son los criterios aplicados para actuar sobre una presentación?

Cada experto decidirá si toma medidas sobre una presentación determinada, en función de la información recibida y del alcance de su mandato.

Esta decisión depende también de los criterios establecidos en el Código de Conducta de los expertos:

  • la comunicación no debe ser manifiestamente infundada ni tener una motivación política
  • la comunicación debe contener una descripción fáctica de las presuntas violaciones de los derechos humanos
  • el lenguaje de la comunicación no debe ser abusivo
  • la comunicación debe presentarse sobre la base de información creíble y detallada
  • la comunicación no debe basarse exclusivamente en informes difundidos por los medios de comunicación.

Los expertos no exigirán que el Estado afectado haya ratificado un tratado internacional o regional de derechos humanos, ni que la presunta víctima haya agotado los recursos internos para enviar una comunicación.

¿Quién puede presentar información y cómo?

Cualquier individuo, grupo, organización de la sociedad civil, entidad intergubernamental u organismo nacional de derechos humanos puede presentar información a los Procedimientos Especiales.

Para hacer un seguimiento de las presentaciones, se recomienda utilizar el formulario en línea de presentación de Procedimientos Especiales. Incluye campos de información que son necesarios y deseables para que los expertos puedan examinar adecuadamente un caso y tomar las medidas necesarias.

Si no puede rellenar el formulario en línea, puede enviar su presentación por correo electrónico a urgent-action@ohchr.org. Las presentaciones postales pueden enviarse al ACNUDH-UNOG, 8-14 Avenue de la Paix, 1211 Ginebra 10, Suiza.

¿Qué ocurre con mi presentación?

Consentimiento y confidencialidad

Dado que las comunicaciones tienen por objeto solicitar una respuesta sobre las medidas adoptadas para poner fin a las violaciones, investigarlas, castigar a los responsables y ofrecer reparación a las víctimas, éstas han de ser lo más completas, detalladas y precisas posible. Por lo tanto, las comunicaciones enviadas a un Gobierno o a una organización intergubernamental, a una empresa, a un ejército o a una compañía de seguridad, incluirán por defecto el nombre de la(s) presunta(s) víctima(s). Sin embargo, si la(s) víctima(s) o sus representantes dejan claro en la comunicación que existen preocupaciones relacionadas con la seguridad de la(s) presunta(s) víctima(s), los expertos pueden decidir excepcionalmente no incluir los nombres de las víctimas en la comunicación.

Las compilaciones de las comunicaciones enviadas y las respuestas recibidas se publican en un informe preparado para cada sesión del Consejo de Derechos Humanos. Estos informes contienen las cartas enviadas por los expertos, incluyendo los nombres de las presuntas víctimas - excepto las presuntas víctimas menores de 18 años o las presuntas víctimas de violencia sexual, cuyos nombres no se publican. Si de la presentación se desprende que existen preocupaciones relacionadas con la seguridad de la(s) presunta(s) víctima(s), el informe no mencionará a la(s) víctima(s) por su nombre.

Es sumamente importante que las presuntas víctimas y/o sus familiares o representantes indiquen en sus presentaciones si consienten o no que

  • los nombres de las víctimas sean revelados en las comunicaciones a gobiernos, organizaciones intergubernamentales, empresas, militares o compañías de seguridad.
  • los nombres de las víctimas aparezcan en un informe público para el Consejo de Derechos Humanos.

¿Cuánto tiempo dura el proceso?

Los expertos se esfuerzan por actuar lo más rápidamente posible ante la presentación de información, prestando atención a los casos más graves y urgentes. Los casos pueden ser tratados en las 24 horas siguientes a su presentación. Sin embargo, puede llevar más tiempo, especialmente cuando no se dispone de suficiente información en la presentación. Deberá proporcionar información detallada pero concisa y adjuntar únicamente la información clave que lo justifique.

Se recomienda encarecidamente el uso del formulario en línea.

Debido al número de presentaciones recibidas y a la naturaleza confidencial inicial de las comunicaciones, todavía no es posible proporcionar actualizaciones del estado de las presentaciones. Por lo tanto, se le anima a que compruebe periódicamente la base de datos de informes de comunicaciones para conocer las comunicaciones enviadas y las respuestas recibidas.

El formulario en línea

Cada página del formulario en línea contiene "Ayuda e información" para ayudar a los usuarios a navegar por el formulario.

Algunos campos son obligatorios y están marcados con un asterisco. Debe completar estos campos para poder enviar el formulario.

Puede guardar el formulario en cualquier momento y volver a él en un plazo de 24 horas.

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