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INDIA

CEDAW/C/IND/SP.1

A | C | E | F | R | S

Recibido en 2009

Véase CEDAW/C/IND/CO/3

E | F | S

Seguimiento de las observaciones finales del informe excepcional
[Párrafo relevante]

68. El informe de seguimiento debe incluir información sobre los efectos de la masacre de Gujarat en las mujeres. En particular, debe proporcionar información sobre: a) las aproximadamente 2.000 causas relacionadas con la matanza que se han reabierto y agresión sexual contra mujeres que se han denunciado y su resolución (datos desglosados por sexo); b) el número de casos de violencia y agresión sexual contra mujeres que se han denunciado y su resolución; c) las medidas de protección de las víctimas y otras medidas de apoyo a las víctimas que se hayan adoptado, y los efectos de dichas medidas; d) las detenciones que se hayan hecho y las condenas impuestas, incluso a funcionarios públicos que hayan sido declarados cómplices en ese tiepo de delitos: e) las medidas específicamente relacionadas con la mujer que haya adoptado el Estado Parte para rehabilitar e indemnizar a las mujeres víctimas de este tipo de delitos, y el número de mujeres que se hayan beneficiado de estas medidas; f) las indemnizaciones concedidas a las mujeres que hayan sido víctimas de delitos, en particular delitos de violencia contra la mujer; g) las aproximadamente 5.000 familias musulmanas desplazadas por los actos de violencia (datos desglosados por sexo) y las medidas adoptadas por el Gobierno para su reasentamiento y rehabilitación; y h) las medidas adoptadas para facilitar la rehabilitación económica de las comunidades afectadas y la reconstrucción de las infraestructuras básicas destruidas durante los disturbios.

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