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Declaraciones Procedimientos Especiales

Declaración del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre libertad de religión y de creencias, Heiner Bielefeldt, al concluir su visita al Paraguay

31 marzo 2011

Asunción, 30 de marzo de 2011

“Del 23 al 30 de marzo de 2011 he realizado una visita de país en mi calidad de Relator Especial de las Naciones Unidas sobre libertad de religión o de creencias.  El propósito de esta visita ha sido identificar buenas prácticas y posibles obstáculos existentes o emergentes vinculados con el disfrute de la libertad de religión o de creencias en Paraguay.

Antes que nada quisiera expresar mi agradecimiento al Gobierno del Paraguay por haberme invitado como parte de la invitación permanente a todos los Relatores Especiales de las Naciones Unidas sobre derechos humanos.  También estoy muy agradecido por el excelente apoyo provisto a lo largo de la visita por el sistema de las Naciones Unidas en Paraguay, en particular por el equipo de la Asesora en  Derechos Humanos de la Oficina del Alto Comisionado para Derechos Humanos, así como por el personal del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

Durante esta visita me reuní con representantes del Gobierno, incluyendo funcionarios de alto nivel de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Justicia, Educación, Defensa y del Interior; con la Red de Derechos Humanos del Ejecutivo; con el Fiscal General; con la Presidenta del Instituto Nacional del Indígena (INDI); con el Defensor del Pueblo, así como con autoridades departamentales en Ciudad del Este y Filadelfia.  Las reuniones con organizaciones de la sociedad civil incluyeron a una amplia gama de ONGs, miembros de diferentes grupos religiosos y representantes de pueblos indígenas.  En todas las reuniones y discusiones experimenté un alto grado de diálogo abierto y franco en entornos diversos, el cual valoré especialmente.  Estoy agradecido por las valiosas contribuciones aportadas por todos estos interlocutores.

Visión general de las discusiones durante la visita

Los debates con las diferentes contrapartes revelaron un alto grado de consenso en torno a muchos temas pero, naturalmente, también algunos puntos polémicos. Los representantes del Gobierno y de una serie de comunidades, desde la predominante Iglesia Católica hasta comunidades de minorías religiosas y ONGs laicas,  estuvieron en general de acuerdo en que Paraguay es una sociedad pluralista.  A pesar de la tradicional hegemonía del catolicismo, las manifestaciones públicas de diversidad religiosa suelen llevarse a cabo en un entorno abierto y tolerante. En general el pluralismo  es considerado como un hecho bastante normal al cual la población responde de manera más bien relajada.  Adicionalmente, en general el Gobierno ha incentivado, y en parte facilitado, la comunicación interreligiosa entre diferentes religiones y creencias.

Sin embargo, en ciertas ocasiones las conversaciones sostenidas durante la visita abordaron temas más controversiales.  Un tema polémico se refería al Estado laico establecido en la Constitución de 1992.  Algunos interlocutores expresaron la opinión de que el catolicismo continúa permeando las instituciones estatales, tales como el ejército, la policía o las escuelas públicas, con posible impacto negativo sobre miembros de minorías.  Otros, por su parte, expresaron el temor de que el Estado laico podría impulsar una agenda antirreligiosa abogando por los llamados “valores laicos”, especialmente en el ámbito de la educación.  Una tercera postura valoraba las disposiciones constitucionales existentes y señalaba la necesidad de que el Estado fuese laico a fin de ser justo e inclusivo con las personas de diferentes religiones o creencias.  Algunos consideraron el hecho de que las denominaciones no-católicas deban inscribirse y luego renovar su inscripción cada año ante el Ministerio de Educación, siendo que no se impone tal carga a la Iglesia Católica, como una forma de discriminación.

Durante los debates, un tema que repetidamente provocó fuertes emociones está vinculado con la educación escolar. He observado tensiones entre los defensores de valores religiosos más tradicionales y aquellos que promueven el derecho a tener acceso a información sobre salud sexual y reproductiva, así como la inclusión de principios contra la discriminación en el plan de estudios escolar. Esta cuestión parece haber creado tensiones no solamente entre sectores religiosos y sectores menos religiosos, sino también dentro de algunas comunidades religiosas.  También hubo polémica sobre si los miembros de minorías religiosas o de creencias cuentan con suficiente acceso, en todo el país, a una educación escolar de calidad que respete sus convicciones.  En este contexto, los miembros de grupos evangélicos manifestaron su disconformidad con el hecho de que una universidad privada evangélica recientemente establecida que no recibe subsidios estatales, mientras que la Universidad Católica goza del apoyo financiero del Estado.

Por último las conversaciones sobre la situación de los pueblos indígenas mostraron una amplia gama de puntos de vista y valoraciones.  Si bien la mayoría de los interlocutores estuvo de acuerdo en que hubo un avance considerable en los últimos tiempos, sigue cuestionándose si se superaron completamente las formas de imposición autoritaria de doctrinas religiosas a través de actividades misioneras  así como cual debe ser el rol que el Gobierno debería desempeñar para garantizar mejor los derechos de los pueblos indígenas, incluyendo en materia de libertad de religión o de creencias.

Conclusiones y valoraciones preliminares

En general me ha impresionado mucho el alto grado de tolerancia religiosa en la sociedad, así como en las leyes y políticas formuladas por el Gobierno.  A nivel normativo, la Constitución de 1992 establece la protección integral de la libertad de religión o de creencias, un derecho humano que está también garantizado en una serie de tratados internacionales que Paraguay ha ratificado.  Con miras a proveer libertad de religión o de creencias para todas las personas de manera no discriminatoria, oficialmente el Estado se considera como un Estado laico en el sentido de que ya no se identifica con una religión a expensas del trato igualitario para miembros de otras denominaciones.  La Constitución también contiene disposiciones sustanciales relacionadas con los pueblos indígenas y sus derechos humanos.  Este compromiso se ve aún más fortalecido por la ratificación de Paraguay de la Convención No. 169 de la OIT que reconoce los derechos de los pueblos indígenas a nivel internacional.

Estas disposiciones normativas no constituyen promesas vanas. De hecho, tengo la clara impresión que el Estado no impone restricciones sobre las manifestaciones públicas de las diferentes convicciones religiosas y no religiosas. Adicionalmente, recientemente el Gobierno estableció un Foro Interreligioso proveyendo un espacio para el diálogo entre grupos de diferentes orientaciones religiosas y filosóficas. Además está garantizada la posibilidad de objeción de conciencia  al servicio militar obligatorio, tanto constitucionalmente como en la práctica, tal como es evidenciado por el número relativamente alto de objetores de conciencia en Paraguay. 

Sin embargo, si bien he observado un claro compromiso con los derechos humanos por parte del Gobierno del Paraguay, una legislación crucial contra la discriminación ha sido repetidamente pospuesta por el Congreso.  Por otra parte, la debilidad de los mecanismos de implementación parece ser un importante problema que afecta a los derechos humanos en general. Debido a las enormes desigualdades en la sociedad en términos de distribución de la riqueza, acceso a educación pública o privada, influencia política, condición de minoría étnica o lingüística, etc., la débil presencia y capacidad de las instituciones estatales hace que ciertos sectores de la población sean estructuralmente más vulnerables a posibles violaciones de los derechos humanos, incluyendo en el campo de la libertad de religión o de creencias.  Este problema es particularmente tangible en la región del Chaco.

Los pueblos indígenas son un grupo con una larga historia de discriminación, abandono, acoso y explotación económica.  La información recibida así como las discusiones con representantes de diferentes comunidades indígenas revelaron que la imposición de doctrinas y prácticas religiosas, posiblemente contra su voluntad, no es cuestión del pasado sino que, en cierta medida, persiste hasta el día de hoy.  La mayoría de los interlocutores de los pueblos indígenas estuvo de acuerdo en que la actitud general hacia sus creencias y prácticas tradicionales se ha vuelto más respetuosa.  Si bien en el pasado sus prácticas tradicionales, tales como los rituales chamanistas de sanación, eran denunciadas como “satánicas” por ciertos misioneros cristianos, afortunadamente ahora tales actitudes son más bien la excepción.  Además, hoy en día, algunas iglesias, en particular la Iglesia Católica, proveen apoyo práctico a esfuerzos para fortalecer y recuperar el legado cultural, lingüístico y espiritual de los pueblos indígenas. 

Sin embargo, a pesar de estos aspectos alentadores, los interlocutores de los pueblos indígenas informaron sobre situaciones en las que aparentemente los beneficios materiales o empleos dados a indígenas siguen dependiendo de su cumplimiento de normas religiosas.  Miembros de la minoría menonita, quienes después de una larga historia de persecución religiosa se han convertido en una comunidad social y económicamente poderosa en partes del Chaco, expresaron el punto de vista que la confiabilidad desde el punto de vista moral, que algunos vinculan directamente con el cumplimiento de valores cristianos, podría ser un criterio legítimo para emplear -o no emplear- a un indígena.  Además se ha denunciado repetidamente a nuevos grupos misioneros, tales como el “Pueblo de Dios”, de ejercer presión sicológica sobre los miembros de comunidades indígenas para que abandonen totalmente sus rituales tradicionales amenazando con duros castigos en el más allá. En este contexto, quisiera enfatizar que observé diferencias sustanciales entre y al interior de las denominaciones cristianas en torno a estos temas delicados.

Si bien muchos temas relacionados con la posible imposición de doctrinas y prácticas religiosas siguen siendo polémicos, me parece evidente que la debilidad de presencia y capacidad del Estado, particularmente en zonas de la región del Chaco, genera serias lagunas en la protección de los derechos humanos en general y de la libertad de religión o de creencias en particular.

Adicionalmente, la intersección de la pobreza económica y la condición de minoría religiosa puede también afectar a otras partes de la población con valores y estructuras patriarcales muy arraigados y acentúan aún más los patrones de discriminación contra la mujer o basados en la orientación sexual.  Los miembros de minorías religiosas, especialmente de los sectores marginados de la sociedad, pueden sentirse en ocasiones presionados a asistir a ceremonias religiosas, por ejemplo en escuelas públicas u otras instituciones estatales, que no coinciden con sus propias convicciones.

 

Recomendaciones

Según el derecho internacional de los derechos humanos, el Estado está obligado a garantizar los derechos humanos de forma integral.  Las obligaciones del Estado incluyen tres niveles: (1) respetar los derechos humanos en el marco de las políticas e instituciones del Estado; (2) proteger los derechos de posibles violaciones por terceros; y (3) promover el disfrute real de los derechos humanos contribuyendo a una cultura de derechos humanos sostenible en  toda la sociedad. 

(1) Con referencia a la obligación del Estado de respetar el derecho humano a la libertad de religión o de creencias, ciertamente Paraguay constituye un ejemplo positivo, tal como indicado arriba.  Igualmente el Gobierno podría considerar una revisión de los requisitos de inscripción y renovación anual de la inscripción para grupos religiosos no católicos que, según algunos miembros de estos grupos, son requisitos cada vez más numerosos e innecesariamente burocráticos.

(2) Las falencias más importantes se relacionan con la obligación de proteger eficazmente los derechos humanos en toda la sociedad, debido a la situación general de debilidad de los mecanismos de implementación en Paraguay.  El ejemplo más obvio es la falta de presencia del Estado en zonas como la región del Chaco donde viven muchos indígenas.  Si bien el tema de si y hasta qué punto los indígenas siguen sufriendo de imposiciones indebidas de doctrinas religiosas contra su voluntad sigue causando controversia, no cabe la menor duda de que su vulnerabilidad estructural debería generar la intervención proactiva del Estado. 

Desde el punto de vista de los derechos humanos, , es evidente que la posibilidad de llevar a cabo actividades misioneras está dentro del  ámbito de la libertad de religión o de creencias, que naturalmente incluye el derecho de diseminar las creencias propias públicamente y tratar de convencer a otros.  Sin embargo, es igualmente  evidente que nunca se deben aprovechar las situaciones de vulnerabilidad estructural en el contexto de las actividades misioneras. Independientemente de si y hasta qué punto se practica tal explotación en la realidad, lo cual actualmente parece constituir un tema muy polémico, el Estado está obligado a hacer todo lo que esté en su poder para reducir las situaciones de riesgo, por ejemplo proveyendo información, mediación y posibilidades de resarcimiento judicial y llegando especialmente a la población indígena.  También quisiera alentar al Gobierno a que avance en su legislación contra la discriminación, lo cual podría constituir un paso crucial para la protección de los derechos humanos de posibles violaciones por terceros. 

(3) El tercer nivel de la obligación del Estado se refiere a la promoción de una cultura de derechos humanos en la sociedad.  Es indudable que la educación en derechos humanos, con el propósito de disipar estereotipos contra  minorías, tales como minorías religiosas o de creencias, pero también contra la mujer y otras minorías, desempeña un rol primordial en este sentido.  Otra posibilidad para promover una cultura de derechos humanos es la facilitación de la comunicación entre religiones y creencias. Quisiera alentar al Gobierno a que siga apoyando el Foro Interreligioso iniciado hace dos años, así como a que asegure que haya una participación abierta y transparente de todos los grupos interesados y sectores de la sociedad.

Valoro especialmente el impulso de los dos Planes de Acción Nacionales.  Mientras que el Gobierno de Paraguay ha recientemente decidido establecer un Plan Nacional de Acción sobre Derechos Humanos, otro Plan Nacional de Acción sobre educación en derechos humanos ya avanzado hacia la fase de consulta pública.  En general, los Planes Nacionales de Acción proveen excelentes oportunidades para reunir a todas las partes interesadas con el propósito de identificar con perspectiva crítica objetivos en común y falencias existentes, así como  fortalecer los mecanismos de  implementación. Esto también proveerá un espacio para discutir temas relacionados con la libertad de religión o de creencias. Evidentemente queda mucho por hacer respecto de una implementación más efectiva de los derechos humanos, particularmente en cuanto a la no-discriminación.  Al mismo tiempo, el ambiente abierto que he experimentado, tanto a niveles del Gobierno como de la sociedad, me hacen confiar que los Planes Nacionales de Acción serán un éxito.”

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El Sr. Heiner Bielefeldt es Profesor de Derechos Humanos y Política de Derechos Humanos de la Universidad de Erlangen-Nürnberg, Alemania. Fue designado por el Consejo de Derechos Humanos como Relator Especial sobre libertad de religión o de creencias el 1 de agosto de 2010. El mandato fue creado en 1986 por la Comisión de Derechos Humanos y recientemente extendido en 2011 por el Consejo de Derechos Humanos por un periodo de tres años. Un Digesto sobre libertad de religión o de creencias, que resume 25 años de pensamiento por cuatro Relatores Especiales de las Naciones Unidas, está disponible en línea en http://www.ohchr.org/en/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=10832&LangID=E

Para más información sobre el mandato y labor del Relator Especial visite http://www2.ohchr.org/english/issues/religion/

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