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Declaraciones Procedimientos Especiales

Exposición oral del Relator Especial sobre Guinea Ecuatorial, Sr. Alejandro Artucio

12 abril 1999


Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
55 período de sesiones, Ginebra, 22 de marzo - 30 de abril de 1999

Tema 9 del orden del día:Cuestión de la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en cualquier parte del mundo


31 de Marzo de 1999
(Vease Doc. E/CN.4/1999/41 )

Gracias Señora Presidenta,


El Relator Especial contó con amplia colaboración de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, cumpliendo en el desempeño de su mandato, dos misiones a Guinea Ecuatorial, una en marzo y otra en diciembre de1998. El informe se refiere a la misión efectuada en diciembre de 1998.

Estuvo acompañado en esa oportunidad como en las anteriores, por el Consultor en Derechos Humanos, Sr. Eduardo Luis Duhalde Hubert, quien le prestó valioso apoyo; asimismo contó con la eficaz cooperación de una funcionaria de la Oficina de la Alta Comisionada.

La misión fue recibida por altas autoridades gubernamentales, que incluyeron sus Excelencias los Ministros de Estado de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional; del Interior y Corporaciones Locales; de Justicia y Culto; de Defensa Nacional; de la Seguridad Nacional; de Asuntos Sociales y Condición de la Mujer.

El Relator Especial desea agradecer y destacar muy especialmente que las autoridades de la República de Guinea Ecuatorial le dieron todas las facilidades para cumplir su misión, para trasladarse a cualquier lugar que lo deseare, y entrevistarse con quien quisiere.

La misión tomó contacto con otras autoridades y con miembros de la sociedad civil y política, tanto en la isla de Bioko como en la Región Continental. En esta última, en la ciudad de Bata se entrevistó con el Sr. Gobernador, así como también con diversas personas de la sociedad civil. Viajó luego al interior del país para mantener una extensa reunión de trabajo con las autoridades periféricas en Niefang. La visita incluyó las Cárceles Públicas de Malabo y de Bata, así como las Comisarías Generales de Policía de Malabo y de Bata, y en esta última los locales de la Gendarmería.

Se mantuvieron contactos con los representantes diplomáticos de los principales países donantes de ayuda, acreditados en Malabo; en particular con los Sres. Embajadores de España, Francia y Nigeria; con el representante de la Unión Europea; y con los representantes de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas: OMS, FAO y UNICEF. Mantuvo también permanente y prioritario contacto con la Sra. Representante Residente del PNUD en Malabo, Sra. Sylvie Kinigi, a la que desea agradecer el invalorable apoyo prestado.

Cumplimiento de los acuerdos políticos de 1993 y 1997
(párrafos 16 a 19)

El diálogo entre el Gobierno y las fuerzas políticas, que se llevó a cabo entre febrero y fines de abril de 1997, y que culminó con la aprobación de un "Documento de Evaluación del Pacto Nacional (de 1993) y Acuerdos Legislativos 1997", había abierto grandes expectativas de un avance decisivo en el proceso de democratización. Tales expectativas se enfrentan hoy día a un escepticismo creciente por gran parte de los dirigentes políticos.

Ambas partes dialogantes - Gobierno y oposición - sostienen opiniones radicalmente contrarias en cuanto a si se están cumpliendo o no dichos Acuerdos.

Autoridades gubernamentales de alto nivel señalaron al Relator que el Gobierno se estima objeto de una campaña de agresiones y desprestigio internacional, organizada por algunos partidos de oposición, y que a su juicio, se asientan únicamente en falsas informaciones. Afirmaron rotundamente que se encontraban en plena ejecución los citados Acuerdos del 26 de abril de 1997, y que con tal finalidad se habían aprobado una serie de leyes, decretos y actos de gobierno.

El Relator Especial mantuvo dos extensas reuniones de intercambio de información con representantes de la totalidad de los partidos políticos reconocidos, con la sola excepción del Partido de Gobierno, el Partido Democrático de Guinea Ecuatorial, que aunque invitado directamente prefirió no asistir.

Los partidos entrevistados - tanto los de oposición como aquellos que apoyan al Gobierno - denunciaron casi unánimemente el incumplimiento por parte del gobierno de los Acuerdos de abril de 1997, afirmando que se estaba perdiendo una importante oportunidad de consolidar la democracia en el país. A este respecto, me permitiré remitirles al párrafo 19 del informe.

De la verificación efectuada, puede afirmar el Relator que el Gobierno de Guinea Ecuatorial ha venido dando cumplimiento a dichos acuerdos - así se culminó con los trabajos de actualización del Censo Electoral , obra de una Comisión Mixta integrada por el Gobierno y los Partidos Políticos, y se celebraron elecciones Legislativas el 7 de marzo de 1999.

Elecciones legislativas 1999

Como dijimos, el 7 de marzo de 1999 se celebraron las elecciones legislativas. Prácticamente todos los partidos concurrieron a las elecciones (13 partidos polít.), disputando las 80 bancas que componen el Parlamento unicameral. Según informaciones hechas públicas por fuentes gubernamentales, la asistencia de votantes llegó al 79%. Y de acuerdo al Sr. Ministro Delegado del Interior, quien ejerce a su vez la Presidencia de la Junta Electoral Nacional, de las 80 bancas a proveer el Partido Democrático de Guinea Ecuatorial (de gobierno), obtuvo 75 de ellas. Siempre según dicho Ministro, solo consiguieron bancas opositoras en el Parlamento, la Unión popular (4 escaños) y Convergencia para la Democracia Social (1 escaño).
Dichas elecciones han sido enérgica y formalmente impugnadas por la oposición política ante la Junta Electoral Nacional, alegando diversas y variadas irregularidades. Entre ellas las referentes al período de campaña electoral, previo al voto; denunciaron que varios dirigentes de Convergencia para la Democracia Social fueron expulsados de localidades como Añisok y Nsok-Nsomo, y otros detenidos por varias horas en la ciudad de Mongomo, impidiéndoles reunirse con miembros locales de su partido. Entre los detenidos figuraron el Presidente del Partido y el Coordinador General del Partido. Además denunciaron que se produjeron numerosas irregularidades en las mesas de votación. Finalmente los 2 partidos que obtuvieron bancas parlamentarias declararon en un documento escrito que no aceptarían las 5 bancas que se les reconocían y que exigían se anularan las elecciones, para llevarse a cabo nuevamente de manera regular.

Libertad de Circulación, libertad de acción política
(párrafos 20, 42 y 43)

Persisten las dificultades para circular libremente por el territorio, debido a la existencia de barreras militares en las carreteras interiores, tanto de la región insular como de la continental, lo que fue constatado directamente por nuestra misión. El personal militar que se encuentra en las barreras suele controlar los vehículos, la documentación de sus ocupantes, y sobre todo el motivo por el cual se desplazan. El Decreto N 73 de mayo de 1997, aprobado en ejecución del Acuerdo de 1997, dispuso la prohibición a las autoridades periféricas de establecer barreras en el territorio nacional, para no obstaculizar la libre circulación de personas, bienes e incluso de material propagandístico de los partidos políticos. Tales barreras siguen siendo fuente frecuente de incidentes con miembros de la oposición.

En numerosos casos, a dirigentes y militantes de partidos políticos opositores al Gobierno, no se les ha permitido en las barreras continuar su viaje. En otros, en los mismos poblados, los militantes que pretendían reunir a sus adherentes políticos, fueron objeto de privaciones de libertad decididas por las "autoridades periféricas" (delegado gubernativo, comandante militar, comisario de policía, jefe de poblado) y aún de maltratos físicos.

Libertad de Prensa
(párrafos 21 y 22)

La Asociación de Prensa de Guinea Ecuatorial (ASOPGE), ONG reconocida por las autoridades, informó a este Relator Especial que todavía no han sido resueltas por los órganos del Gobierno las peticiones para autorizar la edición de los siguientes periódicos: "El Tiempo" (solicitud del 11/7/1996); "La Opinión" (solicitud del 22/4/98); "La Hoja del Periodista", órgano de la ASOPGE (solicitud del 6/3/98). En un caso la solicitud tiene mas de dos años de antigüedad; en otros un año.

Administración de Justicia
Integridad, Seguridad y Libertad de las Personas
(párrafos 22, 26 a 28)


El funcionamiento de la Administración de Justicia sigue presentando las carencias e irregularidades graves y evidentes que fueron señaladas en anteriores informes del Relator, lo que hace impostergable la adopción de medidas para corregir tal estado de cosas.

El juicio a los "insurrectos" del 21 de enero
(párrafos 30 a 33)

Los acusados de la "tentativa insurreccional" del 21 de enero, fueron sometidos a juicio sumario y público ante un Consejo de Guerra (tribunal militar), que se celebró en Malabo en mayo de 1998 y se conoció como el "macro juicio". Los consejos de guerra en Guinea Ecuatorial, dado su carácter sumarísimo, y la limitación que generan al derecho de defensa, suelen afectar seriamente el debido proceso legal. En opinión del Relator, confirmada por la organización Amnistía Internacional que envió dos observadores al juicio y publicó un informe al respecto, ello ha sucedido en este caso concreto.

A las limitaciones planteadas al debido proceso, se sumó la desproporción entre muchas de las conductas delictivas y las penalidades impuestas. La sentencia dictada el 29 de mayo de 1998 en el "macro juicio" impuso muy severas condenas. Entre ellas, 15 penas de muerte. Las demás condenas llegan en 37 casos a penas de 26 años de reclusión, en otros 14 casos a penas de 12 años de reclusión, y en los restantes, a penas de 6 años.

Su Excelencia el Presidente de la República por decreto No. 140/1998 de fecha 9 de setiembre, conmutó todas las penas de muerte por las de reclusión perpetua. Estas conmutaciones son valoradas por el Relator Especial - y así lo hizo saber al Gobierno - como un gesto altamente positivo, en el que el Jefe del Estado se hizo eco de las peticiones de la comunidad internacional, contribuyendo de esta manera a la pacificación de las relaciones con la etnia Bubi a la que pertenecen los condenados.

Nuevas detenciones relacionadas con los sucesos del 21 de enero-
Torturas e impunidad
(párrafo 34)

En noviembre de 1998, en la isla de Bioko, se produjeron detenciones de personas pertenecientes a la etnia Bubi, acusadas del encubrimiento y fuga de cuatro cabecillas del intento insurreccional del 21 de enero, condenados en ausencia a penas de muerte. Los detenidos en noviembre han sido sometidos a proceso penal, por haber facilitado ocultamiento a los jefes insurrectos y haber posibilitado su fuga en embarcaciones (cayucos) hacia Camerún y Nigeria.

Se trata de 23 hombres y 7 mujeres, a los que el Relator Especial pudo entrevistar en privado. La mayoría de los detenidos varones, mostraban claras señales en sus brazos y piernas de lesiones producidas por las torturas. Sin embargo, ninguna acción ha sido tomada por las autoridades competentes para investigar y castigar a los responsables de tales torturas, a pesar de que las huellas que mostraban sus cuerpos eran perfectamente visibles.

Insiste el Relator en la imperiosa necesidad de poner término a la impunidad de que benefician los agentes del Estado que cometen violaciones a derechos, constitutivas de delitos penales.

Por otra parte el Relator se complace en informar que los detenidos del mes de noviembre, habrían sido puestos en libertad a mediados de marzo de 1999.

Detenciones políticas
(párrafos 35 a 37)

Los tres casos (que comprenden 8 personas) de que dan cuenta los párrafos 35 a 37 del informe, constituyen los únicos que pueden catalogarse como de presos políticos. El Relator concluye que no puede identificar en las conductas que les son reprochadas, ninguna actividad delictiva castigada por la ley penal, sino exclusivamente el ejercicio de derechos reconocidos por la Constitución de Guinea Ecuatorial y por los tratados internacionales de los que el país es parte.

El primero concierne a dos dirigentes del nucleamiento político "Fuerza Democrática Republicana", que aún no ha sido reconocido legalmente por el Gobierno. . Ambos fueron juzgados y condenados por el delito de "acusaciones y denuncias falsas", a penas de 2 años y seis meses de prisión y al pago de una indemnización conjunta al Estado del equivalente a unos 42.000 dólares USA, con motivo de un comunicado redactado por ellos en el que denunciaban ser objeto de vigilancia y control extremo por elementos de la seguridad del Estado y temían se los involucrara en alguna acción ilegal.

El segundo caso es el del Abogado defensor en materia penal, don José Oló Obono, condenado por el delito de "injurias al Gobierno", a cinco meses de prisión y al pago de una indemnización al Estado del equivalente a unos 25.000 dólares USA. La conducta que motivó la condena del abogado consistió en una dura y fuerte crítica a las autoridades realizada en ocasión de una entrevista a la prensa, con motivo de la muerte en prisión de un ex defendido suyo (párrafo 36 del informe).

El tercer caso se refiere a cinco personas, miembros del partido Convergencia para la Democracia Social (CPDS), que pretendieron ingresar a territorio ecuatoguineano, desde Gabón, 60 ejemplares de la obra editada en España, "La encrucijada de Guinea Ecuatorial". Uno de los detenidos era el ex-candidato a la Presidencia de la República de Guinea Ecuatorial, arquitecto Amancio Gabriel Nzé, a quien el Relator entrevistó en la Comisaría de Policía de Bata. No pudo hacerlo con otros dos detenidos, los Sres. Alberto Mbé y Benjamín Mba de quienes se afirmaba habían sido torturados, porque las autoridades no pudieron dar razón de su paradero, expresándole al Relator que "habrían sido liberados". A finales de diciembre el Relator recibió una carta escrita en la prisión por los interesados, en la que explican que 30 minutos antes de que el Relator visitara la Gendarmería, fueron retirados de allí y llevados a un destacamento militar. El Relator Especial desea expresar su extremo desagrado y preocupación por el ocultamiento que las autoridades le hicieron de estos dos detenidos.

Situación económica y social
Derechos económicos, sociales y culturales
(párrafos 45 a 47)

En cuanto a los derechos económicos, sociales y culturales, poco se ha avanzado en este campo. Algunos datos ilustrativos se consignan en los párrafos 45 a 47 del informe. No se advierten modificaciones en el marco de pobreza extrema.

La tasa de analfabetismo en Guinea Ecuatorial se ubica en el 22,9 %. El acceso al agua potable y servicios sanitarios solo alcanza al 32% y 37% respectivamente de la población. Estos dos últimos porcentajes adquieren especial relevancia en tanto están directamente vinculados a la incidencia de enfermedades que causan la mayor parte de las muertes en el país.

Desde octubre de 1996, la República de Guinea Ecuatorial lleva adelante una producción significativa de petróleo; actualmente se encuentra próxima a alcanzar la cifra de 90.000 barriles día. Sin embargo, no se percibe un mejoramiento en la calidad de vida de la población (salud, educación, vivienda, obras públicas) a pesar de los mayores ingresos fiscales producto de la extracción y exportación del petróleo.

La Salud
(párrafo 48)

A pesar de los esfuerzos realizados por el Gobierno y los Organismos que le apoyan en el desarrollo del sector (principalmente la Organización Mundial de la Salud), todavía los índices y las tasas sanitarias son preocupantes, por la gran prevalencia de enfermedades infecciosas, del paludismo, el SIDA, la no accesibilidad a servicios de salud a nivel rural y las condiciones higiénicas desfavorables. Según la OMS, Los índices de mortalidad infantil son de 111 por 1000, y la esperanza de vida, que ha aumentado, ronda los 55 años.

Situación y condición de la Mujer
(párrafos 49 a 56)

El párrafo 53 del informe proporciona algunos datos significativos recopilados por el PNUD en 1997, que muestran la situación de postergación en que se encuentra la mujer en los planos educativo, profesional, social y político.

El 52 % de la población total son mujeres. Según el Censo de Población y Vivienda de1994, el 96,5 % de los hombres saben leer y escribir frente al 71,5% de las mujeres, observándose un equilibrio de sexos en la educación primaria. Sin embargo, este equilibrio se reduce drásticamente en los niveles secundarios y superior, con el 35% de mujeres en el nivel medio y sólo el 9,8 % de participación femenina en la enseñanza superior (párrafo 52 del informe).

Diversidad y conflicto étnico
(párrafos 57 y 58)

El Relator ha informado ya a la Comisión, sobre la existencia de una situación de discriminación y postergación que padecen los ecuatoguineanos pertenecientes a la etnia Bubi de la isla de Bioko e igualmente los originales de la isla de Annobon. Esta situación apareja el grave riesgo de convertirse en tensión y enfrentamientos entre el grupo dominante Fang y los Bubi.

A fin de cooperar en que no se emprenda un camino en el que las pasiones se extremen y desborden, como al que pueden conducir los conflictos inter-étnicos, el Relator Especial ha instado a las autoridades de Guinea Ecuatorial a que propicien formas de autonomía funcional que garanticen a los miembros de la etnia Bubi su participación social plena, preservando sus formas culturales, religiosas y políticas y sus legítimas tradiciones, propias de su identidad como pueblo.

Conclusiones
(párrafos 60 a 62)

Las expectativas y buenos deseos expresados en el anterior informe (E/CN 4/1998/73) de que continuara un paulatino avance que permitiera llegar a un cambio sustancial de la situación imperante, lamentablemente no se han cumplido. El Relator constata:
a) un estancamiento en el desarrollo del proceso de democratización, que solo presentó un avance con la celebración de elecciones legislativas el 7 de marzo de 1999, aun cuando como dijimos han sido impugnadas por los principales partidos de la oposición;
b) tras la tentativa insurreccional de enero de 1998, un retroceso en el respeto de los derechos humanos.

El Relator Especial reitera una vez más la debilidad de la sociedad civil ecuato-guineana para consolidar los avances democráticos, o aún para impedir involuciones. Se advierte claramente la ausencia de instituciones que constituyan un entramado social vigoroso, tales como asociaciones profesionales y culturales, barriales, sindicatos, que ocupen el espacio que les corresponde en toda sociedad, y desde allí puedan jugar un papel decisivo en el respeto a los derechos humanos.

Tampoco se advierten medidas eficaces por parte del Gobierno para ir sustituyendo los componentes autoritarios de su sistema de organización, por los principios elementales de una sociedad pluralista y democrática. Por ejemplo, no se autoriza la circulación de órganos de prensa, se controlan los desplazamientos internos de población y se ejerce una agobiante fiscalización de actividades políticas.

RECOMENDACIONES

Teniendo en cuenta lo expresado en su informe, el Relator Especial Recomienda:

I - Hacer un llamado al Gobierno de Guinea Ecuatorial para que adopte las medidas necesarias a fin de continuar el proceso de democratización, en consulta con todas las fuerzas políticas.

II. Adoptar medidas para garantizar la plena independencia e imparcialidad del Poder Judicial, limitando al mismo tiempo la jurisdicción militar al juzgamiento de delitos estrictamente militares cometidos por personal militar.

III. Hacer cesar de inmediato todo acto de tortura o de malos tratos, e investigar, juzgar y sancionar a los responsables de tales delitos, acordando reparación a las víctimas. Resulta imperioso poner término a la impunidad de los responsables de violaciones a los derechos humanos.

IV. Promover seria y firmemente formas de diálogo con todos los componentes étnicos de la sociedad, en busca de su completa integración.

V. Continuar los esfuerzos tendientes a la eliminación de toda postergación y discriminación de la que es víctima la mujer.

VI. Promover las condiciones necesarias para que toda la población pueda disfrutar de los beneficios que pueden aparejar los derechos económicos, sociales y culturales.

VII. De conformidad con la Resolución 1997/46 de la Comisión de Derechos Humanos, que alienta la cooperación entre la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, otorgar al Gobierno de Guinea Ecuatorial que lo ha reclamado, Servicios de Asesoramiento y Cooperación Técnica. Un objetivo particular a alcanzar habrá de ser el mejor funcionamiento de la Administración de Justicia. Igualmente, la asistencia debería dirigirse a fortalecer la capacidad de las ONGs y otros grupos de la sociedad civil.

VIII. Finalmente, estima el Relator Especial que la situación de los derechos humanos no permite a la Comisión de Derechos Humanos abandonar su seguimiento; por lo que resultaría aconsejable mantener la supervisión internacional, acompañada de asesoramiento y cooperación técnica.